Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 04/07/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 27 de junio de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se rectifican los errores materiales detectados en los listados definitivos de los procesos de certificación de Carrera Profesional aprobados mediante las siguientes resoluciones de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud: Resolución de 25 de agosto de 2022 del Proceso de Apertura; Resolución de 7 de junio de 2023 del Segundo Proceso de certificación de 2022; así como, Resolución de 27 de junio de 2024 del primer listado del Primer Proceso de 2023.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se dictan instrucciones sobre la apertura de los plazos para la certificación en los distintos niveles de la carrera profesional del Servicio Andaluz de Salud en los niveles I y II para personal sanitario y de Gestión y Servicios y niveles I, II y III para el personal funcionario del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias y el personal estatutario de Gestión y Servicios de las categorías de Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales y Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, en las especialidades de Ergonomía y Psicosociología, Higiene Industrial y Seguridad en el Trabajo, se abre un plazo de presentación de solicitudes separado del correspondiente al Segundo Proceso Permanente de certificación de 2022.

Segundo. Al amparo de la misma, mediante Resolución de 25 de agosto de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, se aprueban, a propuesta de las correspondientes Comisiones Centrales de Valoración, los primeros Listados Definitivos de profesionales que han participado en la apertura de los plazos para la certificación en los distintos niveles de la carrera profesional del Servicio Andaluz de Salud en los niveles I y II para personal sanitario y de Gestión y Servicios y niveles I, II y III para el personal funcionario del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias y el personal estatutario de Gestión y Servicios de las categorías de Técnico Intermedio en Prevención de Riesgos Laborales y Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, en las especialidades de Ergonomía y Psicosociología, Higiene Industrial y Seguridad en el Trabajo.

Tercero. Por otra parte, con fecha de 13 de junio de 2023 se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, BOJA núm. 111, la Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban, a propuesta de las correspondientes Comisiones Centrales de Valoración, los listados definitivos de profesionales certificados, a excluir y a no certificar del Segundo Proceso de Certificación de 2022 en los distintos niveles de Carrera Profesional.

Cuarto. Posteriormente, con fecha 2 de julio de 2024, se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, BOJA núm. 127, la Resolución de 27 de junio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban, a propuesta de la Comisión Central de Valoración, un primer listado de profesionales certificados, a excluir y a no certificar definitivo del Primer Proceso de certificación de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud de 2023; así como un listado de desistimientos; un listado provisional de solicitudes que cambian de causa de exclusión o no certificación, y un tercer listado de requerimiento de documentación.

Quinto. Con posterioridad a la publicación de los citados listados, se han advertido diversos errores materiales, tanto en la consignación del nivel de carrera profesional reconocido, como en el de la categoría profesional que correspondería; ambos cuales han generado incidencias en el Módulo de Pago de Carrera Profesional que han impedido el abono de la misma a varios profesionales, lo cual los ha puesto de manifiesto.

Además, también se ha detectado que, por error, dos profesionales están incluidos en los Segundos Listados Definitivos cuando sus solicitudes ya habían sido resueltas en los Primeros Listados Definitivos.

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, reconoce, por primera vez, el Desarrollo Profesional como uno de los aspectos básicos para la modernización del Sistema Nacional de Salud, definiendo la carrera profesional en su artículo 41, como el derecho de los profesionales a progresar, de forma individualizada, como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a conocimientos, experiencia en las tareas asistenciales, investigación y cumplimiento de los objetivos de la organización en la cual prestan sus servicios. El derecho al desarrollo y carrera profesional del personal estatutario.

En su virtud, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 18 de julio de 2006, por el que se aprueba el Acuerdo de 16 de mayo de 2006, de la Mesa Sectorial de Negociación de la Sanidad, sobre política de personal para el período 2006 a 2008, se aprueba un modelo de Desarrollo y Carrera Profesional del personal del Servicio Andaluz de Salud.

Segundo. Mediante Acuerdo de 19 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, de fecha 18 de abril de 2022, por el que se adoptan tres aspectos retributivos estratégicos: revisión del modelo de carrera incluyendo las categorías que actualmente no la tienen desarrollada, subida retributiva para el Grupo A2 sanitario y la implementación del concepto retributivo de continuidad asistencial en atención primaria para el personal médico (BOJA núm. 78, de 26 de abril de 2022), se modifica sustancialmente el Acuerdo de 16 de mayo de 2006, en tanto que extiende la carrera profesional a todas las categorías del Servicio Andaluz de Salud, y procede a dar una novedosa redacción al Anexo V del anterior, que establece y regula el modelo de carrera profesional, determinando su ámbito de aplicación, los requisitos, la definición, niveles y proceso de ascenso del sistema de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud.

Tercero. Mediante Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, se regula el procedimiento de certificación de los distintos niveles de carrera profesional y de promoción y de los niveles de carrera profesional reconocidos para personal sanitario y de gestión y servicios (BOJA núm. 100, de 27 de mayo), y se convoca, con carácter abierto y permanente, el proceso de acceso al modelo de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud, y de promoción y mantenimiento de niveles de Carrera Profesional reconocidos, para el personal sanitario y de Gestión y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, se publica el baremo que regirá en las convocatorias, se establece el plazo de presentación de solicitudes en cada uno de los procesos de certificación semestrales, entre otras cuestiones relativas al procedimiento de certificación.

Cuarto. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.

Por otra parte, el artículo 110 de la misma dispone que las facultades de revisión no podrán ser ejercidas cuando por prescripción de acciones, por el tiempo transcurrido o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o a las leyes.

Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho expuestos, en uso de las atribuciones conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 28, de 11.8.2022), esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Aprobar un listado de correcciones a los listados definitivos correspondientes a los procesos de certificación aprobados mediante las siguientes Resoluciones de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud: Resolución de 25 de agosto de 2022 del Proceso de Apertura; Resolución de 7 de junio de 2023 del Segundo Proceso de Certificación de 2022; Resolución de 27 de junio de 2024 del primer listado del Primer Proceso de 2023, iniciados todos al amparo de la Resolución, de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud por la que se regula el procedimiento de certificación de los distintos niveles de carrera profesional y de promoción y de los niveles de carrera profesional reconocidos para personal sanitario y de Gestión y Servicios.

Segundo. Ordenar la publicación del citado listado de correcciones en la página web del Servicio Andaluz de Salud http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud, así como la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas que figuran en dicho listado de correcciones podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal en el plazo de un mes desde el día siguiente de su publicación, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación, ante el órgano jurisdiccional competente de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de junio de 2025.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.

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