Orden de 3 de julio de 2025, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía modalidad 2. Escuelas de verano para personas menores de edad (Línea 7), para programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones modalidad gestión centros de recursos (Línea 12), y para la realización de programas en materia de voluntariado en el ámbito universitario público (Línea 15), convocadas para el ejercicio 2025 mediante Orden de 21 de mayo de 2025.
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Mediante Orden de 21 de mayo de 2025, de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (BOJA núm. 101, de 29 de mayo de 2025), se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería para el ejercicio 2025, para las Líneas de subvenciones que en la misma se detallan, entre ellas la Línea 7. Subvenciones a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, la Línea 12. Subvenciones destinadas a programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones, y la Línea 15. Subvenciones destinadas a la realización de programas en materia de voluntariado en el ámbito universitario público, con los importes que a continuación se especifican, y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican:
DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA | PARTIDAS PRESUPUESTARIAS | CUANTÍA MÁXIMA (en euros) |
---|---|---|
Línea 7. Subvenciones a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía. | 1800010000 G/31G/48500/00 01 1800180000 G/31G/48500/00 S0717 | 4.810.644,41 436.197,62 Total: 5.246.842,03 |
Línea 12. Subvenciones destinadas a programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones. | 1800020000 G/31H/48800/00 01 1800010000 G/31H/48800/00 01 | 246.360,00 366.824,84 Total: 613.184,84 |
Línea 15. Subvenciones destinadas a la realización de programas en materia de voluntariado en el ámbito universitario público. | 1800010000 G/31H/44101/00 01 1800010000 G/31H/44101/00 01 2026 | 26.000,00 20.400,00 Total: 46.400,00 |
No obstante, la referida Orden de 21 de mayo de 2025, recoge en su dispositivo decimonoveno que la presente convocatoria podrá ser ampliada con una cuantía adicional máxima de 4.763.803,00 euros en la Línea 7 para la Modalidad 2 Escuelas de verano para personas menores de edad, de 9.000,00 euros en la Línea 12 para la Modalidad gestión centros de recursos y de 5.600,00 euros en la Línea 15, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de estas cuantías adicionales queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención. La declaración de créditos disponibles, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, no implicará la apertura de un plazo para la presentación de nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo del plazo para adoptar y notificar la resolución.
Una vez aprobadas las modificaciones de crédito destinadas a ampliar con una cuantía adicional la convocatoria de estas líneas de subvenciones con carácter previo a la emisión de las respectivas propuestas provisionales de resolución, procede la declaración del nuevo crédito disponible con objeto de incrementar las dotaciones presupuestarias destinadas a las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable.
Por otro lado, en los dispositivos noveno y decimotercero de la referida orden se distribuye el crédito disponible en atención a los ámbitos territoriales y funcionales de actuación correspondientes a las Líneas 7 y 12 respectivamente.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en el dispositivo decimonoveno de la Orden de 21 de mayo de 2025 y en el artículo 58.5 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
DISPONGO
Primero. Dar publicidad, con carácter previo a las resoluciones de concesión de las ayudas y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible en las Líneas, importes y ámbitos de competitividad que a continuación se detallan, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni de publicación de la resolución correspondiente:
DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA | PARTIDAS PRESUPUESTARIAS | INCREMENTO DE CRÉDITO (en euros) |
---|---|---|
Línea 7. Subvenciones a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía. (Modalidad 2. Escuelas de verano para personas menores de edad). | 1800010000 G/31G/48500/00 01 1800180000 G/31G/48500/00 S0717 | 1.300.000,00 3.263.802,38 Total: 4.563.802,38 |
Línea 12. Subvenciones destinadas a programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones (Modalidad centros de recursos). | 1800010000 G/31H/48800/00 01 | 9.000,00 |
Línea 15. Subvenciones destinadas a la realización de programas en materia de voluntariado en el ámbito universitario público. | 1800010000 G/31H/44101/00 01 2026 | 5.600,00 |
En cuanto al crédito adicional de la Línea 7. Subvenciones a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, Modalidad 2. Escuelas de verano para personas menores de edad, a continuación se detalla la distribución territorial del mismo:
Almería | 410.742,21 |
Cádiz | 908.398,50 |
Córdoba | 273.828,14 |
Granada | 680.208,38 |
Huelva | 502.018,26 |
Jaén | 365.104,19 |
Málaga | 775.846,40 |
Sevilla | 647.656,30 |
TOTAL | 4.563.802,38 |
(Cifras en euros)
Con todo ello, las nuevas dotaciones máximas resultante para estas líneas de subvención pasan a ser las siguientes:
DENOMINACIÓN DE LA LÍNEA | PARTIDAS PRESUPUESTARIAS | CUANTÍA MÁXIMA (en euros) |
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Línea 7. Subvenciones a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía. | 1800010000 G/31G/48500/00 01 1800180000 G/31G/48500/00 S0717 | 6.110.644,41 3.700.000,00 Total: 9.810.644,41 |
Línea 12. Subvenciones destinadas a programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones. | 1800020000 G/31H/48800/00 01 1800010000 G/31H/48800/00 01 | 246.360,00 375.824,84 Total: 622.184,84 |
Línea 15. Subvenciones destinadas a la realización de programas en materia de voluntariado en el ámbito universitario público. | 1800010000 G/31H/44101/00 01 1800010000 G/31H/44101/00 01 2026 | 26.000,00 26.000,00 Total: 52.000,00 |
Segundo. La dotación máxima de la Línea 7 para la Modalidad 2 «Escuelas de verano para personas menores de edad, preferentemente en zonas desfavorecidas» ascenderá, por tanto, a la cuantía de 5.000.000,00 euros, con la siguiente distribución territorial, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2025:
Almería | 450.000,00 |
Cádiz | 1.000.000,00 |
Córdoba | 300.000,00 |
Granada | 750.000,00 |
Huelva | 550.000,00 |
Jaén | 400.000,00 |
Málaga | 850.000,00 |
Sevilla | 700.000,00 |
TOTAL | 5.000.000,00 |
(Cifras en euros)
Tercero. La dotación máxima de la Línea 12 ascenderá, por tanto, a la cuantía de 622.184,84 euros, con la siguiente distribución territorial y funcional, imputándose el gasto exclusivamente al ejercicio presupuestario 2025:
Almería | 26.705,42 |
Cádiz | 24.414,28 |
Córdoba | 31.410,90 |
Granada | 31.410,90 |
Huelva | 31.410,90 |
Jaén | 31.410,90 |
Málaga | 25.867,80 |
Sevilla | 43.728,90 |
Suma provincial | 246.360,00 |
Autonómico – Programas | 216.824,84 |
Autonómico – Centros de recursos | 159.000,00 |
Suma autonómico | 375.824,84 |
TOTAL | 622.184,84 |
(Cifras en euros)
Cuarto. La dotación máxima de la Línea 15 ascenderá, por tanto, a la cuantía de 52.000,00 euros, imputándose el gasto a los ejercicios presupuestarios 2025 y 2026, a gestionar en su totalidad desde servicios centrales.
2025 | 2026 | ||
---|---|---|---|
Autonómico | 26.000,00 | ||
26.000,00 | TOTAL | 52.000,00 |
(Cifras en euros)
Sevilla, 3 de julio de 2025
MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO | |
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad |
BOJA nº 130 de 09/07/2025