Resolución de 16 de junio de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se deniega la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación eléctrica de alta tensión que se cita, y se ordena el archivo del expediente.
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Expediente: AT-15322/22.
ANTECEDENTES
Primero. Con fecha 22 de diciembre de 2022, don Carlos Simón Luis, en representación de la sociedad Iberian Retail Bernesga 6, S.L.U. (anteriormente Bogaris PV34 S.L.U.), presentó ante esta Delegación Territorial solicitud de autorización administrativa previa para el Parque Eólico Los Morales, en los términos municipales de El Puerto de Santa María y Jerez de la Frontera.
Segundo. Con fecha 16 de agosto de 2023, don Carlos Simón Luis, en representación de la sociedad Iberian Retail Bernesga 6. S.L.U., presenta solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y autorización ambiental unificada para la modificación del proyecto del Parque Eólico Los Morales y las líneas de evacuación, a esa fecha en los términos municipales de Sanlúcar de Barrameda, El Puerto de Santa María y Jerez de la Frontera.
Tercero. Con fecha 14 de mayo de 2024, don Carlos Simón Luis, en representación de la sociedad Iberian Retail Bernesga 6, S.L.U., presenta solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y autorización ambiental unificada para una nueva modificación del proyecto del Parque Eólico Los Morales y las líneas de evacuación, en los términos municipales de Sanlúcar de Barrameda, El Puerto de Santa María y Jerez de la Frontera.
Cuarto. Con fecha 7 de abril de 2025, se emite informe vinculante de la Delegación Territorial en Cádiz de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul relativo a la solicitud de autorización ambiental unificada presentada por Iberian Retail Bernesga 6, S.L.U., con NIF B90409533, para el proyecto de «Parque Eólico Los Morales e infraestructura de evacuación», en los términos municipales de El Puerto de Santa María-Jerez de la Frontera-Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) por parte de la Delegación Territorial en Cádiz, de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente en el que se informa no otorgar la autorización ambiental unificada solicitada por Iberian Retail Bernesga 6, S.L.U., para el proyecto de instalación Parque Eólico Los Morales e infraestructura de evacuación.
Quinto. Con fecha 6 de mayo de 2025, esta Delegación Territorial da al titular audiencia previa a resolución por incompatibilidad ambiental, adjuntando el informe al que se refiere el punto anterior.
Sexto. Con fecha 12 de mayo de 2025, se recibe en esta Delegación Territorial escrito por parte de don Carlos Simón Luis, en representación de la sociedad Iberian Retail Bernesga 6, S.L.U., en el que se indica que, a la vista de las conclusiones ambientales alcanzadas en el informe vinculante, a pesar de no ser compartidas por dicha parte, procede dictar por esa Delegación resolución denegatoria sin necesidad de más trámites, reservándose el derecho de presentar el recurso pertinente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
• Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
• Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
• Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
• Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
• Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
• Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
• Instrucción 1/2016, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre la tramitación y resolución de los procedimientos de autorización de las instalaciones de energía eléctrica competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
• Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
• Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
• Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Cuarto. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; en el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía; y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Como consecuencia del informe desfavorable emitido por la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, informando que no otorga la autorización ambiental unificada solicitada por Iberian Retail Bernesga 6, S.L.U., esta Delegación Territorial, ante la imposibilidad que prospere el acuerdo entre promotor y la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, no puede separarse de lo que otra Administración haya dictado en el ámbito de sus competencias, y vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, en particular los artículos 21 y 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a propuesta del Servicio de Energía,
RESUELVE
Primero. Denegar la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a Iberian Retail Bernesga 6, S.L.U., para la instalación eléctrica de alta tensión Parque Eólico Los Morales AT-15322/22 y su línea de evacuación, en los términos municipales de El Puerto de Santa María, Jerez de la Frontera y Sanlúcar de Barrrameda (Cádiz), poniendo fin al procedimiento y ordenando el archivo del expediente.
El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente, al gestor de red, a la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cádiz, 16 de junio de 2025.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.
Descargar PDFBOJA nº 132 de 11/07/2025