Acuerdo de 9 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la extinción de la licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónico privado de carácter comercial y ámbito local en la localidad de Peñarroya-Pueblonuevo en la frecuencia 90.2 MHz.
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Mediante Acuerdo de 6 de julio de 1993, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, se otorgó a don Luis Miguel Recober García la concesión definitiva para el funcionamiento de una emisora de FM en la localidad de Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba) en la frecuencia 90.2 MHz.
Posteriormente, por Resolución de 20 de julio de 2010, de la Dirección General de Comunicación Social, y en aplicación de la disposición transitoria segunda de la entonces vigente Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, se acordó la transformación de dicha concesión en la correspondiente licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual, con una validez de quince años a contar desde la fecha de la mencionada resolución, por lo que esa licencia continúa en vigor en la actualidad, disponiéndose que dicha licencia quedaba «sujeta a la normativa reguladora de la Ley General de la Comunicación Audiovisual».
Por otra parte, se recibe en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía escrito dirigido a la Dirección General de Comunicación Social, remitido por el Registro Civil de Peñarroya-Pueblonuevo por el que se presenta certificado literal de defunción de don Luis Miguel Recober García.
El artículo 51.1 del Decreto 90/2025, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía, en conexión con el artículo 31.c) de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, que a su vez, en lo concerniente a esta cuestión, mantiene la misma redacción que la recogida en el artículo 30.1 de su antecesora, la ya derogada Ley 7/2010, de 31 de marzo, contempla como causa de extinción de la licencia la muerte o incapacidad sobrevenida de su titular. Asimismo, el artículo 50 de dicho decreto atribuye al Consejo de Gobierno la competencia para declarar, mediante acuerdo, esa extinción.
En virtud de cuanto antecede, a propuesta del Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de julio de 2025,
ACUERDA
Primero. Declarar, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 50 y 51.1 del Decreto 90/2025, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 10/2018, de 9 de octubre, Audiovisual de Andalucía, y en el artículo 31.c) de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, la extinción de la licencia para la prestación del servicio de comunicación audiovisual radiofónico privado de carácter comercial y ámbito local en la localidad de Peñarroya-Pueblonuevo en la frecuencia 90.2 MHz, otorgada a don Luis Miguel Recober García, por muerte de su titular.
Segundo. La extinción de la licencia lleva aparejada la pérdida de la condición de persona prestadora de dicho servicio y comporta el cese de la prestación del mismo.
Tercero. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente acuerdo.
Cuarto. Facultar a la Dirección General de Comunicación Social para practicar las actuaciones administrativas precisas para la efectividad material del cumplimiento del presente acuerdo.
Contra el presente acuerdo cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos de este orden jurisdiccional, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 9 de julio de 2025
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
ANTONIO SANZ CABELLO | |
Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa |
BOJA nº 134 de 15/07/2025