Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 18/07/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 13 de junio de 2025, por la que se modifica la autorización de enseñanzas de la escuela autorizada de música «Maestro E. Cebrián», de Jaén. (PP. 1422/2025).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00323140.

Visto el expediente tramitado a instancia de doña Cristina García de la Torre, como titular de la escuela autorizada de música «Maestro E. Cebrián», con domicilio en Paseo de España, núm. 8, de Jaén, solicitando modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta, por ampliación de las enseñanzas elementales básicas de música en la especialidad de guitarra flamenca, según lo dispuesto en los Decretos 233/1997, de 7 de octubre, y 17/2009, de 20 de enero.

Primero. Resultando que la citada escuela, con código 23710031, tiene autorización para impartir enseñanzas elementales de iniciación a la música en los ámbitos de música y movimiento, práctica instrumental (clarinete, guitarra, percusión, saxofón, violín, violonchello, flauta travesera, canto, piano y trompeta), formación musical complementaria a la práctica de la música y actividades de grupo, así como enseñanzas elementales básicas de música para 300 puestos escolares en la especialidades de clarinete, guitarra, percusión, saxofón, violín, piano, violonchello, educación vocal, trompeta y flauta travesera.

Segundo. Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Jaén y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistas la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE de 28), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas artísticas; el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA de 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 17/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la ordenación y el currículo de las enseñanzas elementales de música en Andalucía; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones complementarias.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada, a la escuela autorizada de música «Maestro E. Cebrián», con código 237100031 y domicilio en Paseo de España, núm. 8 de Jaén, cuyo titular es doña Cristina García de la Torre, quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación para impartir en turno de tarde:

a) Enseñanzas elementales de iniciación a la música:

Música y movimiento.

Práctica instrumental: clarinete, guitarra, percusión, saxofón, violín, piano, violonchello, flauta travesera, canto y trompeta.

Formación musical complementaria a la práctica de la música.

Actividades de grupo.

b) Enseñanzas elementales básicas de música para 300 puestos escolares:

Especialidades: clarinete, guitarra, percusión, saxofón, violín, piano, trompeta, violonchello, educación vocal, flauta travesera y guitarra flamenca.

Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. El Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Jaén velará por la adecuación de la escuela a lo establecido en los Decretos 233/1997, de 7 de octubre, y 17/2009, de 20 de enero, asesorando a la escuela para un mejor cumplimiento de sus fines.

Cuarto. La escuela autorizada de música queda obligada al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión en caso de producirse alguna modificación de los datos que se señalan en la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de junio de 2025

MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
Descargar PDF