Orden de 17 de julio de 2025, por la que se aprueban los precios públicos que han de regir el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y sus bienes adscritos.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 145 de la Ley 4/1988, de 5 de julio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma Andaluza, derogada parcialmente por la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el Acuerdo de 10 de enero de 1989, del Consejo de Gobierno, por el que se determinan bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos, se autorizó la percepción por el Patronato de la Alhambra y Generalife de precios públicos por los servicios y actividades que realice para facilitar visitas, rodajes de películas, obtención de fotografías y celebración de actos culturales, relativo todo ello al recinto monumental y a sus bienes adscritos encomendados a dicho Patronato. En el momento actual, teniendo en cuenta la trayectoria inflacionista de estos últimos años y el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la Orden de 9 de noviembre de 2022, se hace necesario actualizar los precios públicos que regirán para el Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife y sus bienes adscritos.
La actualización del precio de la entrada en sus distintas modalidades, junto a la ordenación del régimen de entradas reducidas y gratuitas, así como otras medidas de fomento de la visita dan forma a esta norma dotando al Patronato de la Alhambra y Generalife de una regulación más acorde tanto con sus exigencias financieras como con su compromiso de servicio público.
En su virtud, en aplicación de lo previsto en el artículo 25.2 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Patronato de la Alhambra y Generalife, previo informe preceptivo de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto.
1. La presente Orden tiene por objeto la aprobación de los precios públicos que han de regir en el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y sus bienes adscritos para los servicios que se indican en la presente orden y en los anexos.
2. Los precios públicos a los que se refiere la presente orden se incrementarán en el impuesto sobre el valor añadido según la legislación aplicable.
Artículo 2. Incremento del precio de visita en la venta anticipada y en la venta directa con tarjeta bancaria.
Las entradas de visita pública, cuando se adquieran anticipadamente, se incrementarán con la comisión de gestión establecida en el contrato de servicio que esté en vigor.
Asimismo, el precio de la entrada de venta directa podrá verse incrementado por la comisión que resulte de aplicación por el uso de tarjeta bancaria.
Artículo 3. Devoluciones.
Las entradas adquiridas y otros precios recogidos en esta solo podrán ser devueltos en los supuestos establecidos en la normativa general reguladora de la devolución de precios públicos.
Artículo 4. Precio establecido para entradas y actividades en colaboración con otras entidades.
Los precios establecidos para las actividades realizadas en colaboración con otras entidades hacen referencia exclusivamente a la parte correspondiente al Patronato de la Alhambra y Generalife, a la que podrán aplicarse los precios reducidos contemplados en la presente Orden. El precio final del producto se determinará mediante la adición a dichos precios de las cuantías correspondientes a las entidades colaboradoras, conforme a lo estipulado en el convenio que regule la actividad específica.
Artículo 5. Entrada ordinaria.
1. La adquisición de una entrada da derecho al disfrute en el día y en el horario establecido en la misma a una única visita, a cada uno de los espacios incluidos según la modalidad de visita adquirida. Para cada modalidad existe un precio público.
a) Modalidades de visitas a la Alhambra y el Generalife:
1º. Visita diurna general: 21 €.
2º. Visita diurna Jardines, Generalife, Partal y Alcazaba: 12 €.
3º. Visita nocturna a los Palacios Nazaríes: 12 €.
4º. Visita nocturna al Palacio del Generalife: 8 €.
5º. Alhambra Experiencias: incluye visita a la Alhambra y el Generalife en dos días consecutivos (una visita nocturna a los Palacios Nazaríes y una visita diurna de Jardines, Generalife, Partal y Alcazaba): 21 €.
b) Visitas a los monumentos andalusíes (Corral del Carbón, Bañuelo, Palacio de Dar-al-Horra, Casa Morisca del horno de Oro y Maristán):
1.º Visita completa: 8 €.
2.º Visita de cada monumento de forma individual (Corral del Carbón gratuito): 2 €.
La incorporación de un nuevo monumento a esta modalidad de visita implicará un aumento de 2 € en la visita completa y un precio de 2 € para su visita de forma individual.
2. El Patronato de la Alhambra y Generalife podrá establecer visitas combinadas que incorporen a las modalidades ya expuestas, visitas de los siguientes espacios diferenciados visitables con los siguientes precios:
a) Visita diurna Jardines, Partal y Palacio del Generalife: 8 €.
b) Visita diurna Alcazaba: 8 €.
c) Visita Torres Bermejas: 2 €.
d) Visita Carmen de los Porcel: 2 €.
Artículo 6. Entrada reducida.
1. Para las distintas modalidades de visita se establece el precio público reducido siguiente:
a) Modalidades de visitas a la Alhambra y el Generalife:
1.º Visita diurna general: 14 €.
2.º Visita diurna Jardines, Generalife, Partal y Alcazaba: 8 €.
3.º Visita nocturna a los Palacios Nazaríes: 8 €.
4.º Visita nocturna al Palacio del Generalife: 6 €.
5.º Alhambra Experiencias: visita la Alhambra y el Generalife en dos días consecutivos (una visita nocturna a los Palacios Nazaríes y una visita diurna de Jardines, Generalife, Partal y Alcazaba): 14 €.
b) Espacios diferenciados visitables, cuando se incorporen a visitas combinadas, conforme al punto 2 del artículo anterior:
1.º Visita diurna jardines, Partal y Palacio del Generalife: 6 €.
2.º Visita diurna Alcazaba: 6 €.
2. Podrán acceder a la visita pública con entrada reducida, las personas que pertenezcan a los colectivos que a continuación se detallan, previa presentación en los lugares y a las personas establecidas al efecto, del documento oficial acreditativo correspondiente válido y vigente. La reserva previa, en su caso, no exime de esta presentación. Si una vez realizada la comprobación de la citada acreditación no se cumplieran los requisitos exigidos habrán de abonar la diferencia hasta completar la tarifa general que le correspondiera.
a) Titulares del Carné Joven Europeo.
b) Ciudadanos de la Unión Europea mayores de 65 años.
c) Personas con discapacidad igual o superior al 33% (de acuerdo con la definición que realiza el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social).
d) Miembros de familias numerosas (según dispone el artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas, y Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, que desarrolla la citada ley).
e) Menores entre 12 y 15 años de edad, ambos incluidos, cuando su visita pública o actividad cultural no se incluya en programas específicos establecidos por el Patronato de la Alhambra y Generalife para este colectivo.
f) Grupos vinculados a instituciones de carácter cultural o educativo previa autorización.
Artículo 7. Programas Especiales.
1. Programa la Alhambra más cerca:
a) Visitas de familia: 7 € (menores de 12 años gratis).
b) Visitas guiadas por especialistas: 12 €.
c) Actividades para residentes en la provincia de Granada: Gratuito.
2. Programa la Alhambra Educa:
a) Visitas guiadas para centros educativos:
1.º Conjunto Monumental: 5 €.
2.º Monumentos Andalusíes: 3 €.
b) Visitas autoguiadas: Gratuito.
c) Programa «Verano en la Alhambra»: 75 € (5 días por semana, de lunes a viernes).
Si en dicho período coincidiesen días sin actividad por festividad o circunstancias similares, se reducirá el precio de manera proporcional).
Artículo 8. Programas en colaboración con otras entidades.
1. Visita Alhambra «Bono Turístico», «Granada Card» o producto turístico cultural de similares características:
a) Con modalidad visita diurna general: 14 €.
b) Con otras modalidades de visita: se aplicará el precio correspondiente a la entrada de dicha modalidad.
2. Visita combinada (Alhambra + Fundación Rodríguez Acosta):
a) Con modalidad visita diurna general: 19 €.
b) Con otras modalidades de visita: se aplicará el precio correspondiente a la entrada de dicha modalidad.
3. Entrada combinada cultural (cualquier modalidad de visita + actividad teatral, musical u otra de tipo cultural en colaboración con otras instituciones u organizada por el propio Patronato de la Alhambra y Generalife).
a) Con modalidad visita diurna general: 19 €.
b) Con otras modalidades de visita: se aplicará el precio correspondiente a la entrada de dicha modalidad.
c) Entrada combinada cultural infantil (menores de 12 años): 5 €.
4. Entrada combinada Dobla de Oro*:
a) Visita Dobla de Oro General (Diurna General + Monumentos Andalusíes): 23 €.
b) Visita Dobla de Oro Jardines (Diurna Jardines, Generalife, Partal y Alcazaba + Monumentos Andalusíes): 16 €.
c) Visita Dobla de Oro Nocturna (Nocturna a los Palacios Nazaríes + Monumentos Andalusíes): 16 €.
* El Patronato de la Alhambra y Generalife podrá ofrecer la presente modalidad de entrada combinada «Dobla de Oro» como producto individual o en colaboración con otras entidades.
Artículo 9. Entrada gratuita.
1. Todos los visitantes podrán acceder gratuitamente durante el horario de apertura al Museo de la Alhambra y al monumento El Corral del Carbón.
2. Podrán acceder a la visita pública con entrada gratuita las personas que a continuación se enumeran, previa presentación, en su caso, en los lugares y a las personas establecidas al efecto, del documento oficial acreditativo correspondiente, válido y vigente. En caso de reserva previa, la misma no exime de esta presentación. Si una vez realizada la comprobación de la citada acreditación no se cumplieran los requisitos exigidos habrán de abonar la diferencia hasta completar la tarifa general que le corresponda.
a) Personas menores de 12 años en cualquiera de las modalidades y tipos de acceso de visita, así como canales de venta, excepto cuando por circunstancias excepcionales el Patronato establezca un precio público para una visita y/o una actividad que por sus especiales circunstancias así lo requieran.
b) Miembros de ICOMOS (Consejo Internacional de Monumentos y sitios) e ICOM (Consejo Internacional de Museos). Las tarjetas institucionales deberán acompañarse de la acreditación personal de pertenencia a dicha institución.
c) Todos los visitantes, en el día o días de la semana no festivos y en el horario de visita pública que determine el Patronato, de conformidad con lo establecido en la legislación de patrimonio histórico.
d) Todos los visitantes, durante el Día Internacional del Patrimonio Mundial el 16 de noviembre de cada año, en los espacios del Conjunto Monumental y sus bienes adscritos que determine el Patronato durante todo el horario de su apertura.
e) Todos los visitantes, durante otras posibles celebraciones de carácter nacional, autonómico, local o cultural en las que el Patronato participe, en los espacios del Conjunto Monumental y sus bienes adscritos y en el horario que determine el Patronato al efecto.
f) Residentes en la localidad o provincia de Granada el día de la semana y la franja horaria que determine el Patronato.
g) Empleados públicos del Patronato como medida de acción social y promoción cultural, en las condiciones que determine el Patronato.
h) Profesorado o monitores/as adscritos a los centros educativos y/o sociales oficiales de la UE en acompañamiento de su alumnado o integrantes en visitas y actividades educativas y/o culturales.
i) Guías oficiales de turismo en el ejercicio de su actividad profesional.
j) Periodistas y profesionales de medios de comunicación en el ejercicio de su actividad profesional y previa autorización del Patronato.
k) Visitantes que se vean afectados por incidencias derivadas y debidamente justificadas del habitual funcionamiento de la visita pública.
l) Visitas docentes de carácter universitario que tengan como fin reforzar o ampliar los conocimientos del alumnado y su aprendizaje, sobre aquellas materias específicas y técnicas, en las que el conjunto monumental de la Alhambra y Generalife y sus bienes adscritos representen un ejemplo singular de las mismas.
m) Visitas institucionales o de carácter protocolario o representativo, previa autorización del Patronato.
Artículo 10. Tarjetas especiales.
Podrán solicitar tarjetas especiales:
a) Los participantes, voluntarios e invitados en actos y actividades culturales propias del Patronato o en colaboración con otros entes e instituciones.
b) Pintores que deseen ejercer su actividad en los lugares habilitados para ello, previo pago de 4 € al día y un máximo de 30 días (no necesariamente consecutivos).
Artículo 11. Apertura de espacios y tarifas por visitas especiales.
1. La apertura de espacios fuera del horario ordinario de apertura al público puede conllevar la realización de visitas de carácter especial enfocadas a instituciones académicas, congresos, cruceros y similares, empresas así como a reuniones con la particularidad de ofrecer a sus miembros una aproximación más íntima y particular a la Alhambra.
2. Se establece un precio fijo en función del espacio del monumento que requiera de su apertura con el correspondiente incremento del impuesto sobre el valor añadido según la legislación aplicable y un precio de entrada para la visita realizada por cada persona (menores de 12 años gratuito):
a) Palacios Nazaríes: Apertura 5.855 € y entrada por persona 12 €.
b) Palacio del Generalife y Jardines: Apertura 4.684 € y entrada por persona: 8 €.
c) Palacios Nazaríes, Jardines y Palacio del Generalife: Apertura 8.197 € y entrada por persona 19 €.
d) Espacio adicional a los anteriores cerrado habitualmente a la visita, previa autorización y en la forma y condiciones que determine el Patronato: 1.171 € adicionales.
Artículo 12. Otros precios públicos.
Los precios públicos por el uso de espacios para celebración de actos o actividades culturales, producciones audiovisuales y sesiones fotográficas en el conjunto monumental, reproducciones de uso personal o de investigación y reproducciones para uso de comercialización, se establecen en los anexos de la presente orden los cuales deberán de ser incrementados con el impuesto sobre el valor añadido.
No se generará la obligación del pago de los precios públicos referidos en este artículo cuando se trate de actos, actividades o producciones propias del Patronato o en colaboración con otras entidades o instituciones.
Disposición derogatoria. Derogación normativa.
Queda derogada la Orden de 9 noviembre de 2022, por la que se aprueban los precios públicos que han de regir el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife y sus bienes adscritos.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el 1 de agosto de 2025. Los precios públicos establecidos para las entradas en sus distintas modalidades serán de aplicación para las compras que se realicen a partir de la entrada en vigor, con independencia de la fecha de la visita.
Sevilla, 17 de julio de 2025
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ | |
Consejera de Cultura y Deporte |
ANEXO I
ESPACIOS SUSCEPTIBLES DE USO
PARA LA CELEBRACIÓN DE ACTOS Y ACTIVIDADES CULTURALES
ESPACIOS | TARIFA POR DÍA DE UTILIZACIÓN O FRACCIÓN |
---|---|
Patio de los Arrayanes | 5.270 € |
Palacio de Carlos V (patio y galería) | 4.684 € |
Plaza de los Aljibes | 1.757 € |
Auditorio del Generalife | 5.855 € |
Jardines bajos del Generalife | 1.757 € |
Paseo de los Nogales | 1.757 € |
Jardines del edificio Arquitecto Prieto Moreno | 1.171€ |
Jardines de la Alamedilla | 1.171 € |
Jardines del Carmen de Bellavista | 1.757 € |
Jardines del Carmen de Los Porcel | 1.757 € |
Corral del Carbón (patio) | 1.757 € |
Bañuelo | 1.171 € |
Palacio de Dar-al-Horra | 1.171 € |
Casa Morisca del horno de Oro | 1.171 € |
Maristán | 1.171 € |
Castillo de Santa Elena (Silla del Moro) | 1.171 € |
Torres Bermejas | 1.171 € |
Carmen de los Porcel | 1.171 € |
ANEXO II
PRODUCCIONES AUDIOVISUALES Y SESIONES FOTOGRÁFICAS
EN EL CONJUNTO MONUMENTAL Y BIENES ADSCRITOS
1. Usos de carácter editorial, publicitario o comercial previa autorización del Patronato de la Alhambra y Generalife.
ZONAS | HORARIOS | Precio por hora de trabajo o fracción |
---|---|---|
Zonas y espacios incluidos en el itinerario de la visita | Dentro del horario ordinario | 1.000 € |
Fuera del horario ordinario | 1.200 € | |
Zonas y espacios abiertos al público no incluidos en el itinerario de visita | Dentro del horario ordinario | 800 € |
Fuera del horario ordinario | 1.200 € | |
Zonas y espacios cerrados al público | Dentro del horario ordinario | 1.500 € |
Fuera del horario ordinario | 1.800 € | |
Zonas exteriores del Conjunto Monumental | Cualquier horario | 400 € |
Zonas exteriores con uso de dron (solo zonas autorizadas) | Cualquier horario | 1.000 € |
A efectos del presente anexo, se entiende incluido en el itinerario de la visita las zonas o espacios que requieren de entrada para su acceso.
2. Reportajes de bodas o celebraciones similares que se estimen pertinentes, en horario y zonas autorizadas para ello, según normativa.
Precio único por reportaje: 141 €.
ANEXO III
ARCHIVO Y BIBLIOTECA DE LA ALHAMBRA
1. Reproducción de uso personal o de investigación.
SERVICIO DE REPROGRAFÍA (FOTOCOPIAS EN PAPEL) | |||
---|---|---|---|
CONCEPTO | FORMATO | COLOR | PRECIO DE REPRODUCCIÓN EN EUROS/UNIDAD |
Fotocopia | DIN A4 | Blanco y negro | 0,12 € |
DIN A4 | Color | 0,99 € | |
DIN A3 | Blanco y negro | 0,25 € | |
DIN A3 | Color | 1,57 € |
SERVICIO DE REPROGRAFÍA (IMPRESIÓN EN PAPEL A PARTIR DE SOPORTE DIGITAL) | |||
---|---|---|---|
CONCEPTO | FORMATO | COLOR | PRECIO DE REPRODUCCIÓN EN EUROS/UNIDAD |
Fotocopia | HOJA/DIN A4 | Blanco y negro | 0,22 € |
HOJA/DIN A4 | Color | 1,07 € | |
HOJA/DIN A3 | Blanco y negro | 0,25 € | |
HOJA/DIN A3 | Color | 1,57 € |
SERVICIO DE REPROGRAFÍA (REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS EN SOPORTE DIGITAL) | |||
---|---|---|---|
CONCEPTO | FORMATO | COLOR | PRECIO DE REPRODUCCIÓN EN EUROS/UNIDAD |
Escaneado de página de libro o folio de expediente | Blanco y negro | 0,17 € | |
Color | 0,25 € |
SERVICIO DE REPROGRAFÍA (IMAGEN EN SOPORTE DIGITAL PARA INVESTIGACIÓN) | |||
---|---|---|---|
CONCEPTO | FORMATO | COLOR | Precio de reproducción en euros/unidad |
Imagen existente | TIFF/300 ppp | Color | 19,01 € |
JPG/300 ppp | Color | 6,61 € | |
JPG/120 ppp o pdf con marca de agua | Color | 1,65 € | |
Imagen realizada ex profeso | TIFF/300 ppp | Color | 19,01 € |
JPG/300 ppp | Color | 6,61 € | |
JPG/120 ppp o pdf con marca de agua | Color | 1,65 € |
2. Reproducción para uso de comercialización.
SERVICIO DE REPROGRAFÍA (IMAGEN EN SOPORTE DIGITAL PARA USO COMERCIAL) | |||
---|---|---|---|
CONCEPTO | FORMATO | COLOR | Precio de reproducción en euros/unidad |
Imagen existente | TIFF/300 ppp | 44,63 € | |
JPG/300 ppp | 33,06 € | ||
Imagen realizada ex profeso | TIFF/300 ppp | 44,63 € | |
JPG/300 ppp | 33,06 € |
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BOJA nº 142 de 25/07/2025