Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 05/08/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Orden de 31 de julio de 2025, por la que se resuelve la adjudicación de la concesión demanial de seis parcelas sitas en el Parque Tecnológico de Andalucía de Málaga a favor de la Entidad Pública Empresarial Sociedad Española para la Transformación Tecnológica (SETT E.P.E.), para la implantación del proyecto I+D+I de microelectrónica y semiconductores (IMEC).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Acuerdo de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General de Patrimonio, de conformidad con lo establecido en los artículos 76 y 100 del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre (RPCAA), se inicia expediente patrimonial para otorgar una concesión demanial del uso de las seis parcelas relacionadas en el anexo de esta orden, de forma directa y gratuita en favor de la Entidad Pública Empresarial Sociedad Española para la Transformación Tecnológica (SETT E.P.E.), conforme a lo previsto en el artículo 89 del mencionado Reglamento.

Constan anotadas en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con los números 2025000211 y 2025000213 al 2025000217, carácter demanial y adscripción a esta Dirección General de Patrimonio.

Segundo. Dicho expediente trae causa del Convenio Patrimonial formalizado al efecto el 17 de enero de 2025 entre la Junta de Andalucía y la mencionada Entidad Pública para materializar los compromisos establecidos en el Acuerdo de 16 de julio de 2024 que se suscribe entre el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Málaga, un Acuerdo General de Actuación para impulsar la ejecución del denominado «Proyecto para la construcción, equipamiento, gestión y operación de una infraestructura de I+D+I en la que desarrollar un Proyecto de I+D+I de Microelectrónica y Semiconductores en España» (en adelante, el «Proyecto»).

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La utilización del dominio público al que se refiere la concesión que se otorga se regirá por su Documento administrativo de formalización, y para todo lo no previsto en él, por la normativa vigente en materia de utilización de los bienes de dominio y uso público, especialmente la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía (LPCAA), y su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), y el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Segundo. La concesión sobre el bien de dominio público objeto de la presente orden queda excluida del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), de conformidad con lo establecido en su artículo 9.1, siendo la legislación aplicable la citada en el párrafo anterior, sin perjuicio de la aplicación de los principios de la LCSP para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, conforme establece el artículo 4 del citado texto legal.

Por todo ello, visto el informe AJ-CEHFE 2025/88, de 2 de julio de 2025, de la Asesoría Jurídica de esta Consejería sobre el Documento administrativo de formalización de la concesión que ha de regir la concesión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, y en el 95 de su Reglamento de aplicación, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 1.2.ñ) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, en relación con lo preceptuado en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Adjudicar la concesión demanial de las seis parcelas relacionadas en el anexo de esta orden de forma directa y gratuita en favor de la Entidad Pública Empresarial Sociedad Española para la Transformación Tecnológica, conforme a lo previsto en el artículo 89 del citado Reglamento, para su destino a la ejecución de un proyecto consistente en la implantación en España de una infraestructura de sala blanca para la investigación y el desarrollo de semiconductores (chips) que sea un centro de I+D+i de referencia en el ámbito de la microelectrónica.

La concesión demanial se mantendrá en vigor mientras las parcelas sean destinadas al fin para el que fueron concesionadas, con un plazo máximo, en todo caso, de 75 años.

No obstante lo anterior, se extinguirá cuando se aporte, por parte de la Junta de Andalucía la plena propiedad de las parcelas, y por parte de SETT las obras en ejecución o ejecutadas sobre las mismas, a la futura entidad que se constituya (consorcio, fundación u otro), en los términos y condiciones que se pacten entre las partes, o en caso de resolución anticipada del Convenio Patrimonial de 17 de enero de 2025 citado en los antecedentes, del que trae causa, acordada igualmente por las partes.

Segundo. Notificar la presente orden al adjudicatario, y requerirle para que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del RPCAA, proceda, dentro del plazo de un mes a partir de dicha notificación, a formalizar la concesión en documento administrativo, que constituirá título suficiente para la inscripción registral del derecho concesional en favor de la SETT, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.2 de la LPCAA.

Tercero. En cumplimiento de lo regulado por el artículo 14 de la LPCAA, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía del otorgamiento de la concesión administrativa objeto de la presente orden.

Cuarto. De lo acordado en la presente orden se dará publicidad en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 del RPCAA.

Quinto. Por la Dirección General de Patrimonio se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone la presente orden.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo dispuesto en los artículos 10.1.a), 14.1.regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, ante esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 31 de julio de 2025

CAROLINA ESPAÑA REINA
Consejera de Economía, Hacienda 
y Fondos Europeos

ANEXO

Relación de parcelas objeto de la concesión demanial

Parcela núm. 1, con número de IGBDCAA 2025000211.

«Urbana: Finca PS-D1 del Proyecto de Reparcelación SUP.CA-10 ‟Ampliación Parque Tecnológico de Andalucía, Fase 1.ª” del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga que sitúa al Norte del actual Parque Tecnológico de Andalucía, separado ambos por el Arroyo de los Pilones y el Carril de la Bodega del término municipal de Málaga.- Tiene forma irregular y linda al Norte con Vial 4, al Sur, con parcela VF-8; al Oeste, con Vial 4 y parcela VF-8; al Este, con Vial 9. Tiene una extensión superficial de cuatro mil quinientos sesenta y cuatro metros setenta y ocho decímetros cuadrados -4.564,78 m²-. Tiene asignada una Edificabilidad de tres mil seiscientos cincuenta y un metros ochenta y dos decímetros cuadrados de techo y su uso y destino es público y social.»

Finca Registral de sección 4.ª núm. 59.182 en el Registro de la Propiedad núm. 8 de Málaga, al Tomo 3.241; Libro 1.120, Folio 152.

Referencia catastral 1279902UF6617N0001BG.

Situación urbanística: Uso pormenorizado productivo.

Valoración, según informe complementario al informe de 30 de enero de 2024, emitido por el Servicio de Valoraciones de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructuras del Ayuntamiento de Málaga, de fecha 23 de septiembre de 2024: 1.050.555,58 euros.

Parcela núm. 2, con número de IGBDCAA 2025000213.

Urbana: Parcela I+DR5 del Proyecto de Reparcelación SUP.CA-10 «Ampliación Parque Tecnológico de Andalucía, Fase 1.ª» del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga que sitúa al Norte del actual Parque Tecnológico de Andalucía, separado ambos por el Arroyo de los Pilones y el Carril de la Bodega del término municipal de Málaga.- Tiene forma irregular y linda al Norte, con Vial 4; al Sur, con parcela VF-8; al Oeste, aparcamientos P-2 y parcela VF-8, al Este, con Vial 2; y mide una extensión superficial de veintisiete mil veintinueve metros con sesenta decímetros cuadrados –27.029,60 m²–.Tiene asignada una Edificabilidad de dieciocho mil seiscientos cincuenta metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados de techo –18.650,42 m²t– y su uso y destino es Investigación y Desarrollo.

Finca registral de sección 4.ª núm. 59.112 de Málaga del Registro de la Propiedad de Málaga núm. 8, tomo 3241, libro 1120, folio 59.

Referencia catastral: 1279903UF6617N0001YG.

Situación urbanística: Uso pormenorizado productivo.

Valoración, según tasación a valor de mercado de fecha 23 de julio de 2024: 4.757.348,75 euros.

Parcela núm. 3, con número de IGBDCAA 2025000214.

Urbana: Parcela I+DP-1 del Proyecto de Reparcelación SUP.CA-10 «Ampliación Parque Tecnológico de Andalucía, Fase 1.ª» del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga que sitúa al Norte del actual Parque Tecnológico de Andalucía, separado ambos por el Arroyo de los Pilones y el Carril de la Bodega del término municipal de Málaga. Tiene forma cuasi rectangular y linda al Noroeste, con límite del Sector, al Sur y Suroeste, con Vial 4; al Noreste, con límite del sector y parcela I+DP-2, y al Sureste, Vial 4; y mide una extensión superficial de cuatro mil noventa y un metros con sesenta y cuatro decímetros cuadrados 4.091,64.-m². Tiene asignada una Edificabilidad de dos mil setecientos cuarenta y cinco metros cuarenta y nueve decímetros cuadrados de techo –2.745,49 m²t– y su uso y destino es Investigación, Desarrollo y Producción.

Finca registral de sección 4.ª núm. 59.114 de Málaga del Registro de la Propiedad de Málaga núm. 8, tomo 3241, libro 1120, folio 62.

Referencia catastral: 0882701UF6608S0001AD.

Situación urbanística: Uso pormenorizado productivo.

Valoración, según tasación a valor de mercado de fecha 23 de julio de 2024: 700.319,52 euros.

Parcela núm. 4, con número de IGBDCAA 2025000215.

Urbana: Parcela I+DP-2 del Proyecto de Reparcelación SUP.CA-10 «Ampliación Parque Tecnológico de Andalucía, Fase 1.ª» del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga que sitúa al Norte del actual Parque Tecnológico de Andalucía, separado ambos por el Arroyo de los Pilones y el Carril de la Bodega del término municipal de Málaga. Tiene forma cuasi rectangular y linda al Noroeste, con límite del Sector, al Sur y Suroeste, con I+DP-1 y con Vial 4; al Norte y Noreste, parcela I+DP-3 y al Sureste, Vial 4; y mide una extensión superficial de cuatro mil novecientos setenta y un metros con setenta decímetros cuadrados - 4.971,70 m²-.- Tiene asignada una Edificabilidad de tres mil trescientos treinta y seis metros un decímetros cuadrados de techo –3.336,01 m²t– y su uso y destino es Investigación, Desarrollo y Producción.

Finca registral de sección 4.ª núm. 59.116 de Málaga del Registro de la Propiedad de Málaga núm. 8, tomo 3241, libro 1120, folio 65.

Referencia catastral: 0882702UF6608S0001BD.

Situación urbanística: Uso pormenorizado productivo.

Valoración, según tasación a valor de mercado de fecha 23 de julio de 2024: 850.949,66 euros.

Parcela núm. 5, con número de IGBDCAA 2025000216.

Urbana: Parcela I+DP-3 del Proyecto de Reparcelación SUP.CA-10 «Ampliación Parque Tecnológico de Andalucía, Fase 1.ª» del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga que sitúa al Norte del actual Parque Tecnológico de Andalucía, separado ambos por el Arroyo de los Pilones y el Carril de la Bodega del término municipal de Málaga. Tiene forma cuasi rectangular y linda al Noroeste, con límite del Sector, al Suroeste, con parcela I+DP-2; al Norte y Noreste, con límite del sector y parcela I+DP-4, y al Sur y Sureste, Vial 4; y mide una extensión superficial de cinco mil ochocientos treinta y tres metros con noventa y seis decímetros cuadrados –5.833,96.-m²–. Tiene asignada una Edificabilidad de tres mil novecientos catorce metros cincuenta y nueve decímetros cuadrados de techo –914,59 m²t– y su uso y destino es Investigación, Desarrollo y Producción.

Finca registral de sección 4.ª núm. 59.118 de Málaga del Registro de la Propiedad de Málaga núm. 8, tomo 3241, libro 1120, folio 68.

Referencia catastral: 0882703UF6608S0001YD.

Situación urbanística: Uso pormenorizado productivo.

Valoración, según tasación a valor de mercado de fecha 23 de julio de 2024: 998.533,49 euros.

Parcela núm. 6, con número de IGBDCAA 2025000217.

Urbana: Parcela I+DP-4 del Proyecto de Reparcelación SUP.CA-10 «Ampliación Parque Tecnológico de Andalucía, Fase 1.ª» del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga que sitúa al Norte del actual Parque Tecnológico de Andalucía, separado ambos por el Arroyo de los Pilones y el Carril de la Bodega del término municipal de Málaga. Tiene forma irregular y linda al Norte, con límite del Sector y parcela RV-1; al Sur, con vial 4; al Oeste, con parcela I+DP-3; al Este, con parcela RV-1; y mide una extensión superficial de cuatro mil ochocientos siete metros con cincuenta decímetros cuadrados –4.807,50 m²–. Tiene asignada una Edificabilidad de tres mil doscientos veinticinco metros ochenta y tres decímetros cuadrados de techo –3.225,83 m²t– y su uso y destino es Investigación, Desarrollo y Producción.

Finca registral de sección 4.ª núm. 59.120 de Málaga del Registro de la Propiedad de Málaga núm. 8, tomo 3241, libro 1120, folio 71.

Referencia catastral: 0882704UF6608S0001GD.

Situación urbanística: Uso pormenorizado productivo.

Valoración, según tasación a valor de mercado de fecha 23 de julio de 2024: 822.845,07 euros.

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