Resolución de 23 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2020.
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Propuesto por la correspondiente Comisión de selección el listado definitivo de personas seleccionadas que han superado el proceso selectivo para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía (A1.6000), convocadas por Resolución de 20 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (BOJA núm. 226, de 24 de noviembre), se procede a dar cumplimiento a la base octava de la misma.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, corresponde a la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública realizar la oferta de vacantes a los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo. No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, de fecha 26 de noviembre de 2019, publicitada en el BOJA núm. 29, de 12 de febrero de 2020, por lo que en uso de la delegación efectuada, esta Dirección General,
RESUELVE
Primero. 1. Ofertar vacantes al personal aspirante que figura en el listado definitivo de personas seleccionadas en el proceso selectivo de referencia.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y en el apartado 2 de la base octava de la resolución de convocatoria, a fin de favorecer la celeridad en la gestión del proceso, los trámites de presentación de documentación preceptiva y petición de destinos se sustituirán por un acto único, con comparecencia telemática por videoconferencia que garantice la verificación de la identidad de las personas participantes, en los términos de la convocatoria que se publicará en la Web de Empled@ público, que se celebrará el día 5 de febrero de 2025, a las 10:00 horas.
3. En la comparecencia, el personal aspirante, deberá acudir provisto de la petición de destino, así como de la documentación relacionada en el apartado 4 de la base octava contenida en la resolución de convocatoria.
Segundo. En atención a las prioridades funcionales de los servicios de esta Administración, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente resolución.
Tercero. 1. De acuerdo con el Decreto 208/2020, de 9 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2020 y con el apartado 3 de la base octava de la resolución de convocatoria, la petición de destino habrá de realizarse de manera exclusivamente electrónica, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de Función Pública de Andalucía, de acuerdo con el modelo que se publica como Anexo II de la presente resolución, debidamente firmado y cumplimentado.
2. Junto al formulario de petición de destino, las personas aspirantes deberán aportar, la documentación a la que se refiere el apartado 4 de la base octava contenida en la Resolución de la convocatoria.
2.1. Respecto a las declaraciones responsables a la que hacen referencia las letras b) y c), contenidas en la base octava de la resolución de convocatoria, deberá cumplimentarse conforme al modelo que figura en el Anexo II-A de la presente resolución.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados, siempre que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.
4. La presentación electrónica se realizará en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la página Web del Empleado Público de Andalucía, a través de la dirección https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/, desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el día 4 de febrero de 2025.
Para ello se deberá disponer de un certificado electrónico vigente y reconocido que sea válido, expedido por la FNMT-RCM, si se accede fuera de la red corporativa, pudiendo utilizarse usuario y clave si se accede desde dicha red.
La solicitud y documentación presentada ante el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía no podrá ser modificada, en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.
Cuarto. 1. Los destinos se adjudicarán al personal aspirante seleccionado, siempre que reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la Relación de Puestos de Trabajo, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido, sin perjuicio de que éste pueda verse alterado como consecuencia del cumplimiento de una resolución administrativa o judicial derivada del proceso selectivo, y conforme al orden de preferencia establecido en el Anexo II de la presente resolución.
2. Conforme dispone el artículo 25 del precitado Reglamento General, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo de ocupación si se trata de puestos de trabajo del nivel básico del Cuerpo, o carácter provisional si se trata de puestos de trabajo de nivel no básico.
3. Al personal aspirante que no haya solicitado suficientes puestos de trabajo en relación con el número de orden obtenido en el proceso selectivo, le será adjudicado de oficio alguno de los que resulten vacantes, una vez atendidas las demás peticiones del personal aspirante.
Quinto. El personal funcionario de carrera que ocupe con carácter definitivo puestos de doble adscripción podrá solicitar la adjudicación del mismo, con el mismo carácter de ocupación, siempre y cuando en la Consejería o Agencia en la que esté desempeñando el puesto de doble adscripción exista el cuerpo/especialidad/opción al que se accede por promoción interna y el área funcional, relacional o agrupación de áreas del puesto que ocupa coincida con al área funcional o agrupación de áreas de los puestos de acceso del cuerpo, opción y/o subopción al que se promociona y además se cumplan los requisitos de la Relación de Puestos de Trabajo. En tal caso, quedarán excluidas del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
En caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como personal funcionario de carrera del nuevo Cuerpo y la declaración en la situación de excedencia prevista en el artículo 155 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.
Sexto. Las personas seleccionadas que dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditado, no comparezcan, o no presentasen la documentación a que se refiere el apartado primero de la presente resolución, o bien del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la Resolución de convocatoria, no podrán ser nombrados personal funcionario de carrera, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Sevilla, 23 de enero de 2025.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.
Descargar PDFBOJA nº 18 de 28/01/2025