Anuncio de 23 de enero de 2025, del Consorcio Parque de las Ciencias, por el que se hace pública la Resolución de 17 de enero de 2025, de la Presidencia del Consorcio Parque de las Ciencias, por la que se aprueban las bases de selección y se efectúa convocatoria para la contratación de personal directivo.
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Mediante Resolución de la Presidencia del Consorcio, de 23 de enero de 2025, se han aprobado las bases y la convocatoria del procedimiento de selección para el personal directivo de la entidad que se indica en las mismas.
En consecuencia, se hace pública esta resolución así como las bases por la que se regirá el proceso de selección:
«Doña María del Carmen Castillo Mena, en calidad de Presidenta del Consorcio Parque de las Ciencias, en virtud de nombramiento efectuado por Acuerdo del Consejo Rector de 17 de septiembre de 2024 conforme a lo establecido en el artículo 22 de los Estatutos del Consorcio, aprobados mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 215, de 7 de noviembre), en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 23 de los mencionados Estatutos,
RESUELVE
Primero. Convocar el proceso para la selección, con arreglo a los principios de mérito, capacidad, profesionalidad e idoneidad, de la persona que debe desempeñar el puesto de la Dirección Gerencia del Consorcio mediante contrato de alta dirección, en las condiciones establecidas en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, y en el artículo 25 de los Estatutos del Consorcio.
Segundo. Aprobar las bases que regirán la convocatoria, que serán las contenidas en el Anexo I y II de la presente resolución.
Tercero. El modelo de solicitud de participación se incluye en el Anexo III de la presente resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia de la entidad.
Sevilla, 17 de enero de 2025. La Presidenta, María del Carmen Castillo Mena.
ANEXO I
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DEL CONSORCIO PARQUE DE LAS CIENCIAS
Primera. Objeto.
El objeto de las presentes bases es establecer las normas para la provisión del puesto de trabajo en régimen laboral especial de alta dirección, con dedicación exclusiva y carácter indefinido, de la Dirección Gerencia del Consorcio Parque de las Ciencias (en adelante el Consorcio), cuyo perfil profesional se indica seguidamente.
1. Denominación.
Dirección Gerencia del Consorcio Parque de las Ciencias.
2. Descripción del puesto y atribuciones principales.
Conforme a lo establecido en el artículo 25.2 de los Estatutos de la entidad, la persona responsable de la Dirección Gerencia del Consorcio ejercerá las tareas de dirección y gestión del ámbito de actividad propio de la entidad, desempeñando las funciones ejecutivas de máximo nivel. El mismo precepto dispone que su designación atenderá a los principios de mérito y capacidad y al criterio de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia.
Asumirá la representación ordinaria del Consorcio, siendo responsable de la gestión, de la administración y de los contenidos del mismo de acuerdo con las directrices establecidas por el Consejo Rector y la Presidencia.
Sus funciones serán las establecidas en el artículo 26 de los Estatutos de la entidad, publicados en el BOJA núm. 215, de 7 de noviembre de 2018.
Segunda. Condiciones básicas de la contratación.
1. Régimen jurídico.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 25.2 de los Estatutos del Consorcio, la Dirección Gerencia tendrá un contrato de alta dirección.
La contratación estará sometida a la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección regulada en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto. Su régimen jurídico será el previsto en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 25 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025, los estatutos del Consorcio y demás normativa que resulte aplicable con carácter general o particular.
2. Duración del contrato.
Sin perjuicio de la aplicación cuando proceda de las causas de cese legalmente establecidas, el contrato se suscribirá por tiempo indefinido, con un período de prueba de nueve meses, según lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.
3. Retribuciones.
Percibirá la retribución de acuerdo con el régimen retributivo aprobado para la entidad y dentro del marco que establece la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025. Incluirá las retribuciones básicas, así como otros conceptos que pudieran ser de aplicación según la normativa de desarrollo citada por la Comunidad Autónoma de Andalucía. La información de estas retribuciones se encuentra publicada en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, sección Transparencia Entidades Instrumentales.
4. Centro de trabajo.
El centro de trabajo está en la ciudad de Granada, sito en Avda. de la Ciencia, Parque de las Ciencias, 18006.
Tercera. Requisitos de admisión.
Para ser admitidas al proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, los siguientes requisitos mínimos, que deberán ser acreditados documentalmente:
1. Cumplir los requisitos generales de participación en procesos selectivos para acceso al empleo público previstos en el artículo 56.1 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
2. Estar en posesión de titulación universitaria oficial que se corresponda con el nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), Licenciatura o Grado + Máster, debiendo acreditar la homologación en caso de titulación obtenida en el extranjero.
3. Estar en posesión de, al menos, el Título B2 en inglés, de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCREL).
4. Experiencia acreditada de al menos 3 años en funciones directivas de gestión de alta responsabilidad o de dirección en entidades u organizaciones de similares características.
5. Presentación de una Memoria descriptiva de los proyectos de gestión o dirección más relevantes que se hayan desarrollado a lo largo de su experiencia profesional, especialmente aquellos que puedan tener relación con el puesto de Dirección Gerencia al que aspira. En la Memoria se ha de detallar la experiencia desarrollada y los aspectos relativos a la dirección, coordinación y administración de proyectos y tendrá una extensión máxima de diez folios.
6. No estar incurso/a en ninguna incompatibilidad que determine la legislación vigente.
Cuarta. Méritos valorables.
Serán tenidos en cuenta los méritos acreditados documentalmente que se relacionan a continuación, siempre que no hayan sido alegados como los requisitos mínimos previstos en la base tercera, según lo previsto en el Anexo II:
- Experiencia superior a los tres años exigidos como requisito mínimo en el desempeño de funciones directivas en el sector público o privado.
- Experiencia en la gestión de equipos multidisciplinares.
- Experiencia en el desarrollo y gestión de proyectos de colaboración a nivel local, nacional e internacional.
- Formación y experiencia en los campos científico y educativo.
- Conocimientos y experiencia en el campo expositivo, de planetarios, equipamientos zoológicos y botánicos, museología, comunicación y divulgación científica, turismo cultural y actividades de formación general, informal y superior.
- Experiencia en actividades de innovación, incluidas las de carácter empresarial.
- Formación impartida en centros académicos, organismos públicos dedicados a formación o centros de enseñanza habilitados legalmente, relacionada con con las características del puesto convocado.
- Formación de Post Grado o Máster.
- Conocimiento de otros idiomas extranjeros o de inglés superior al B2, acreditado de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCREL).
Quinta. Entrevista personal.
Se celebrará una entrevista personal con cada aspirante admitido, basada en evidencias objetivas relacionadas con el perfil del puesto de trabajo definido en la convocatoria. En la entrevista se determinará el ajuste del/de la candidato/a al puesto ofertado, la capacidad y la idoneidad de la persona aspirante al mismo, valorándose las competencias personales y la adaptación al puesto. La entrevista podrá realizarse parcialmente en inglés.
A tal efecto, de acuerdo con lo establecido en la Base Octava, apartado 3, deberá presentar un proyecto de gestión, para la promoción y puesta en valor del Consorcio, que incluya las líneas estratégicas principales dirigidas al impulso y puesta en valor del Consorcio a nivel autonómico, nacional e internacional, potenciando su visibilidad, con una extensión máxima de veinte folios.
Sexta. Solicitudes y comunicaciones.
1. Solicitudes.
1.1. Las solicitudes se ajustarán al modelo publicado como Anexo III de la Resolución, el cual podrá ser fotocopiado o descargado por las personas aspirantes. Además, el citado modelo de solicitud se publicará en la página web del Consorcio www.parqueciencias.com, y en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía. En la web del Consorcio se harán públicas las comunicaciones necesarias y demás trámites del proceso.
La presentación de solicitudes se realizará preferentemente a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, y se dirigirán a la Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en su calidad de Presidenta de la entidad.
Asimismo, podrá presentarse en el Registro General del Consorcio Parque de las Ciencias, con domicilio en Avenida de la Ciencia, s/n, en horario de oficina, o bien a través de los medios previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y se dirigirán a la Presidencia de la entidad.
En el supuesto de presentación de documentación en una Administración o entidad distinta a la convocante, esta circunstancia deberá comunicarse al Consorcio a través de la siguiente dirección de correo electrónico seleccion.direccion-gerencia@parqueciencias.com dentro del mismo plazo de presentación de solicitudes de participación que se indica en el párrafo siguiente.
1.2. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión de la persona solicitante.
Será causa de exclusión del proceso de selección cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en los datos o documentos aportados, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación o en los documentos presentados.
Únicamente se tendrán en cuenta los méritos acreditables que puedan ser justificados como máximo a la fecha en que expire el plazo de presentación de las solicitudes.
1.3. Junto con la solicitud se acompañará:
a) Copia del DNI o documento que acredite la nacionalidad.
b) Declaración responsable en la que se indique que el candidato posee las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para el desempeño de las funciones propias del puesto.
c) Las personas candidatas con grado de discapacidad reconocido, igual o superior al 33% deberán aportar certificado de grado de discapacidad donde se especifique el porcentaje reconocido, e informe de Adecuación al Puesto de Trabajo expedido por los Centros de Valoración y Orientación.
d) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni de otras entidades vinculadas o dependientes de tales Administraciones, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de ser nacional de otro estado de la UE, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida el acceso al empleo público.
e) Copia del título alegado como requisito o, en su defecto, certificación académica oficial junto con la acreditación del abono de los derechos de expedición del mismo.
f) Currículum vitae, presentado en el modelo Europass.
g) Memoria descriptiva de los proyectos de gestión o dirección desarrollados más relevantes, de acuerdo con lo establecido en la base tercera.
h) Documentación acreditativa de la experiencia: Se acreditará mediante nombramiento, contrato de trabajo, informe de vida laboral actualizado, certificado de empresa detallando las funciones desempeñadas o cualquier otro medio admitido en Derecho. Deberá justificarse de forma pormenorizada en la que se describa la actividad profesional y los méritos que puedan concurrir en el aspirante, no valorándose aquella experiencia que no tenga relación con el puesto y las competencias requeridas.
i) Documentación acreditativa de la formación y otros méritos mediante certificación o título. En el caso de seminarios, cursos y otro tipo de formación deberá de incluir la denominación, el contenido de la formación recibida, el número de horas, así como el centro, organismo o institución que lo ha impartido.
j) Relación numerada de la documentación aportada a la solicitud.
La documentación original acreditativa podrá ser requerida en cualquier momento del procedimiento.
2. Comunicaciones.
Toda la información relativa a este proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se publicará por medios electrónicos en la página web del Consorcio surtiendo esta publicación los efectos de la notificación, sin perjuicio de los supuestos en que, de acuerdo con estas bases, se requiera expresamente la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Séptima. Comité Calificador.
De conformidad con lo previsto en el artículo 25.1 de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2025, la valoración de la idoneidad de los aspirantes a personal directivo profesional ha de corresponder exclusivamente a comités calificadores compuestos por personal o titulares de órganos de la Consejería de adscripción del ente, así como por un representante del propio ente, seleccionados conforme a los principios de profesionalidad e idoneidad.
De conformidad con lo expuesto, las personas que componen el Comité Calificador de la presente convocatoria son las siguientes:
1. Presidencia: La persona titular de la Viceconsejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, don Pablo Quesada Ruiz.
Suplente: La persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, don Carlos Muñoz Morales.
2. Vocalía 1: La persona titular de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, don Manuel Jesús Sánchez Hermosilla.
Suplente: La persona titular del puesto de Coordinadora General de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, doña Carmen Pilar García Montes.
3. Vocalía 2: La persona titular de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada, doña María José Martín Gómez.
Suplente: La persona titular de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, doña María Estela Villalba Valdayo.
4. Vocalía 3: Director Gerente del Consorcio, en representación del Consorcio Parque de las Ciencias, Don Luis Alcalá Martínez.
Suplente: Jefe del Servicio Jurídico y de la Secretaría Técnica del Consorcio, en representación del Consorcio Parque de las Ciencias, Don Fernando Vélez Fernández.
5. Secretario: Actuará como tal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la persona titular de la Secretaría General de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada, don Luis Carrasco Robles.
Suplente: El Jefe del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada, Don Ricardo de la Blanca Moreno.
El Comité Calificador estará facultado para resolver cuantas dudas se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo del proceso selectivo.
Este Comité funcionará conforme al régimen de los órganos colegiados contemplado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, teniendo voto de calidad la Presidencia.
Octava. Proceso de selección.
El proceso de selección constará de las siguientes fases:
1. Preselección.
Se realizará por la unidad o dependencia del Consorcio con competencias en materia de personal. En esta fase se realizarán las siguientes actuaciones:
a) Comprobación de las solicitudes recibidas y de la documentación aportada con las mismas.
b) Comprobación del cumplimiento por las candidaturas de los requisitos establecidos en la base tercera de esta convocatoria. A tal efecto, se podrá solicitar a las personas candidatas la acreditación documental de los datos, documentos y méritos invocados.
c) Redacción del informe de preselección, al que se adjuntará la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados y de los méritos alegados, y remisión al Comité Calificador.
2. Baremación de méritos.
En la valoración de las candidaturas admitidas se tendrán en cuenta los méritos académicos y profesionales de las candidaturas, así como la entrevista de competencias según el baremo establecido en el Anexo II de esta convocatoria.
En este baremo se asignará a los méritos académicos y profesionales el 45% de la puntuación total que pueda obtenerse y el 55% restante a la entrevista de competencias.
Para que una candidatura pueda ser valorada en la entrevista de competencias, deberá obtener en los méritos académicos y profesionales, al menos, el 37,5% de la puntuación asignada al mismo en el baremo (17 puntos).
3. Publicación de los listados de personas candidatas.
El Comité Calificador elaborará y publicará en el portal web del consorcio, lo siguiente:
- Un listado provisional de las personas candidatas que cumplen los requisitos mínimos, y de las personas candidatas excluidas por no cumplirlos, con indicación expresa de la causa de exclusión. Contra este listado podrán presentarse alegaciones en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su publicación y serán resueltas por el comité calificador en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su recepción por este órgano colegiado.
- Un listado definitivo de las personas candidatas que cumplen los requisitos mínimos y de las personas candidatas excluidas definitivamente, con indicación expresa de la causa de exclusión.
- Un listado ordenado de mayor a menor puntuación en la baremación provisional de méritos (Anexo II) de las candidaturas admitidas definitivamente, con indicación expresa de aquellas que pasan a la siguiente fase de Valoración de la Entrevista Competencial. Contra este listado podrán presentarse alegaciones en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su publicación y serán resueltas por el comité calificador en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su recepción por este órgano colegiado.
- Un listado ordenado de mayor a menor puntuación en la baremación definitiva de méritos (Anexo II) de las candidaturas admitidas definitivamente, con indicación expresa de aquellas que pasan a la siguiente fase de Valoración de la Entrevista, abriéndose un plazo de cinco días hábiles para la presentación del proyecto de gestión, de acuerdo con lo establecido en la base quinta. En este mismo listado se publicará el lugar, fecha y hora de la entrevista y la forma de presentación del proyecto de gestión.
4. Valoración de la entrevista personal.
La entrevista estará basada en evidencias objetivas relacionadas con el perfil del puesto de trabajo objeto de la convocatoria y en el proyecto de gestión presentado, según lo establecido en la base quinta y en el Anexo II.
En dicha entrevista se valorarán las competencias generales que se estimen necesarias para el desempeño del puesto ofertado en esta convocatoria.
5. Valoración de candidaturas.
La valoración final de las candidaturas se realizará por el comité calificador según los criterios establecidos en la presente convocatoria, quedando debidamente reflejado en el acta que se redacte al efecto y que incluirá la propuesta de la persona para cubrir la plaza convocada, la cual coincidirá con la que haya obtenido la mayor puntuación o, en su caso, la declarará desierta.
El Comité podrá en cualquier momento contrastar todos los datos, documentos y méritos aducidos por las personas interesadas, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.
6. Propuesta de selección.
En el plazo máximo de tres meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria del proceso selectivo, el Comité Calificador remitirá a la Presidencia del Consorcio la propuesta de personas seleccionada como candidata que haya obtenido la mayor puntuación o la declaración de desierto.
En caso de renuncia de la candidatura de mayor puntuación, automáticamente se procederá al nombramiento de la segunda o sucesivas candidaturas de mayor puntuación.
Novena. Resolución del procedimiento.
Sin perjuicio de los supuestos de ampliación de plazos conforme a la normativa vigente, en el plazo máximo de cuatro meses contados a partir del día hábil siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Consejo Rector del Consorcio designará a la persona seleccionada para ocupar el puesto objeto de la presente convocatoria. Los resultados del proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la página web del Consorcio y en la sección de transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, así como en todos aquellos lugares donde se haya publicado la convocatoria.
La persona designada será convocada para la firma del contrato que le vincule con el Consorcio en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el supuesto de que la persona convocada no compareciese en los plazos establecidos al efecto para la firma del contrato o posteriormente para su efectiva incorporación al Consorcio, se entenderá que renuncia a su nombramiento.
Décima. Normativa de protección de datos.
La información sobre protección de datos se encuentra incorporada en el modelo de solicitud al que se hace referencia en el apartado 1 de la base sexta.
ANEXO II
CRITERIOS DE BAREMACIÓN Y DE VALORACIÓN
Bloque 1. Baremo de méritos vinculados al perfil competencial técnico: Hasta 45 puntos entre los méritos de experiencia profesional y formación.
La puntuación mínima exigida para superar la fase de baremación será de 17 puntos computados entre el apartado de experiencia profesional y formación, en base a la documentación presentada.
1. Experiencia profesional.
Por este parámetro se podrá computar hasta 30 puntos.
Para baremar la experiencia profesional aportada por las candidaturas en relación con el puesto convocado, según lo previsto en la base cuarta, el Comité Calificador se basará en la correspondencia o similitud de las funciones desempeñadas con el desarrollo de las competencias descritas en la presente convocatoria, otorgando la siguiente puntuación por cada mes de trabajo:
- Experiencia laboral en el desempeño de funciones directivas en el sector público o privado: 0,5 puntos por cada mes de trabajo acreditado.
- Otra experiencia laboral no incluida en el apartado anterior y contemplada en la base cuarta de la convocatoria: 0,25 puntos por cada mes de trabajo acreditado.
2. Formación.
Por este parámetro se podrá computar hasta 20 puntos.
2.1. Formación recibida: Por la realización de cursos de formación impartidos por centros académicos, organismos públicos dedicados a formación o centros de enseñanza habilitados legalmente al efecto, relacionados con las características del puesto de convocado.
- Por cursos de duración mayor de 20 horas y menor de de 50 horas lectivas: 1 punto por cada curso.
- Por cursos de duración entre 50 y 100 horas lectivas: 2 puntos por cada curso.
- Por cursos de duración entre 100 y 200 horas lectivas: 3 puntos por cada curso.
- Por cursos de 200 horas lectivas o más: 4 puntos por cada curso.
- Por Doctorado, Máster o Experto de 200 horas lectivas o más: 10 puntos por cada uno.
- Por titulación universitaria diferente a la requerida para el puesto ofertado de Grado y Máster (MECES Nivel 2 y 3), Licenciatura/Diplomatura: 5 puntos por cada una. No se valorará como una titulación diferente aquella que se haya cursado para poder convalidar u homologar la titulación requerida para el puesto (cursos puentes o figuras similares).
- Por titulación de inglés superior al B2 exigido como requisito: C1, 4 puntos; C2, 5 puntos, acreditado de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCREL).
- Por titulaciones en otros idiomas extranjeros, acreditadas de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCREL): B1, 2 puntos; B2, 3 puntos; C1, 4 puntos y C2, 5 puntos. En este apartado sólo se valorará un título por idioma.
2.2. Formación impartida: 2 puntos por cada 40 horas de formación impartida en centros académicos, organismos públicos dedicados a formación o centros de enseñanza habilitados legalmente al efecto, relacionada con las características del puesto convocado.
Bloque 2. Entrevista personal.
Por este bloque se podrá computar hasta 55 puntos.
En esta fase, la persona candidata defenderá un proyecto de gestión del Consorcio Parque de las Ciencias, para la promoción y puesta en valor del Consorcio, que incluya las líneas estratégicas principales dirigidas al impulso y puesta en valor del Consorcio a nivel autonómico, nacional e internacional, potenciando su visibilidad, según lo previsto en la base quinta. A tal efecto, el documento con extensión máxima de veinte folios, incluidos anexos, portada y contraportada, en formato DIN-A4, interlineado sencillo y formato de letra tipo Arial, Times New Roman o similar, no inferior a 10 puntos sin comprimir, deberá recoger al menos los siguientes aspectos, que la persona candidata además defenderá en su exposición:
- Análisis de la situación y áreas de mejora.
- Objetivos estratégicos.
- Programas de actuación.
- Perspectiva financiera.
- Sistema de evaluación.
Para la exposición, cada persona candidata dispondrá de treinta minutos, como máximo, pudiendo utilizar los medios técnicos de comunicación e informáticos que el Comité determine para ello. Una vez finalizada la exposición los miembros del Comité Calificador podrán formular preguntas durante un máximo de sesenta minutos.
En la fase de entrevista, el Comité Calificador valorará, asimismo, las siguientes competencias generales:
a) Vocación de servicio público. La vocación de servicio público implica un compromiso con la sociedad y es una fuente de motivación enormemente potente. Supone una obligación de trabajar por el bien común a largo plazo y no por intereses particulares o partidistas.
b) Liderazgo. La persona que desempeñe un puesto directivo público debe tener capacidad de liderazgo, de persuasión hacia otras personas para hacer algo o adoptar un punto de vista, y decidir acciones basadas en sus convicciones.
c) Iniciativa. El personal directivo ha de mantener un elevado grado de actividad, establecer estándares de ejecución exigentes y persistir en su ejecución. Ha de expresar el deseo de avanzar hacia mayores cotas de desempeño.
d) Planificación. Capacidad para estructurar el trabajo y proveer los recursos necesarios para asegurar una eficaz ejecución de las tareas. Igualmente ha de tener la flexibilidad necesaria para gestionar lo imprevisible.
e) Inteligencia social. El trabajo en la Administración es una actividad social. Por ello se requiere capacidad de colaboración, habilidades de negociación, flexibilidad y habilidad para relacionarse con las jerarquías superiores, con el personal colaborador y las/os compañeras/os. Habilidad de gestionar de manera eficaz equipos de trabajo.
f) Comunicación. Las habilidades de comunicación interpersonal, de convicción y de persuasión resultan esenciales en la dirección de equipos de trabajo y en la gestión del cambio en las organizaciones.
g) Visión estratégica. El personal directivo debe ser capaz de pensar a largo plazo, comprendiendo escenarios complejos y previendo los posibles efectos derivados de las políticas públicas.
h) Empatía. La habilidad para ponerse en el lugar de la otra persona y comprenderla, teniendo en cuenta sus necesidades y emociones (ya sea la ciudadanía, el personal colaborador o la persona jerárquicamente superior).
i) Creatividad. Ha de ser capaz de reunir, analizar y estudiar la información relevante, generar opciones viables, seleccionar acciones posibles y utilizar los recursos de forma imaginativa. El personal directivo público debe saber encontrar soluciones a los problemas.
j) Resiliencia. Ha de ser capaz de mostrar tolerancia a la presión y a la incertidumbre.
Información básica sobre protección de datos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, el Consorcio Parque de las Ciencias le informa de su política de privacidad aplicada a los datos que nos ha comunicado, y en su virtud,
a) El responsable del tratamiento de protección de datos personales es el Consorcio Parque de las Ciencias, cuyo domicilio y dirección de contacto se encuentra en Granada, Avenida de la Ciencia, Parque de la Ciencia, 18006.
b) Delegado de Protección de Datos (DPD): Puede contactar con nuestro DPD en la dirección electrónica rgpd@parqueciencias.com
c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento ‟Recursos Humanos”, con la finalidad de participar en la Convocatoria Proceso de selección de Personal Directivo del Consorcio Parque de las Ciencias, la licitud de dicho tratamiento se basa en el consentimiento de las personas participantes en el proceso selectivo (art. 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales).
d) Puede usted ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica: http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de la obligación legal. La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165485.html.»
Granada, 23 de enero de 2025.- El Jefe del Servicio Jurídico y Secretario Técnico, Fernando Vélez Fernández.
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