Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 182 de 22/09/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de fecha 17 de septiembre de 2025, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia el depósito de la disolución de la asociación empresarial denominada Landaluz asociación empresarial Cluster Agroalimentario de Andalucía.

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Ha sido admitido el depósito de la extinción por resolución judicial de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (BOE de 20 de junio de 2015).

Don Mauricio Gordillo Alcalá, procurador en el procedimiento concursal núm. 1159/2013 del Juzgado Mercantil, núm. 2 de Sevilla, instado por él, en nombre y representación de la referida asociación, mediante escrito presentado el 10 de septiembre de 2025, da traslado del auto judicial de conclusión del concurso.

El Auto Judicial núm. 486/2025, de fecha 3 de septiembre de 2025, dictado por el Magistrado de la sección segunda del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, dispone la conclusión del concurso de la asociación empresarial denominada Landaluz asociación empresarial Cluster Agroalimentario de Andalucía, con número de depósito 71000037.

Asimismo se decreta la extinción de la asociación en los registros públicos que corresponda con cierre de su hoja de inscripción, y como consecuencia, esta pierde su personalidad jurídica.

En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General, acuerda:

1. Admitir el depósito de la disolución de la asociación empresarial denominada Landaluz asociacion empresarial Cluster Agroalimentario de Andalucia, con número de depósito 71000037.

2. Ordenar la publicación de esta resolución en BOJA, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada, conforme dispone el art. 13, último párrafo del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa; frente a ella puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el titular de la Secretaría General del CARL; o conforme a lo dispuesto en el art. 15 del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11 de octubre de 2011).

Sevilla, 17 de septiembre de 2025.- El Secretario General, Eduardo Candau Camacho.

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