Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Orden de 28 de octubre de 2024, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de formación profesional «Campus Cámara Sevilla II» de Sevilla. (PP. 9938/2024).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Javier Fernández Noriega, como representante de Campus Cámara Sevilla, S.A.U., entidad titular del centro docente privado de formación profesional «Campus Cámara Sevilla II», con domicilio en C/ Leonardo da Vinci, 7 y 9, Cartuja Center CITE, de Sevilla, por el que solicita modificar la autorización administrativa con la que cuenta el mismo, por traslado de domicilio, ampliación de sus enseñanzas en un Curso de especialización de formación profesional de grado superior en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información, así como por la supresión de cinco ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno de Sonido para audiovisuales y espectáculos, uno de Realización de proyectos audiovisuales y espectáculos, uno de Producción de audiovisuales y espectáculos, uno de Dirección de cocina y uno de Dirección de servicios de restauración), según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Primero. Resultando que el citado centro, con código 41001124, tiene autorización para impartir once ciclos formativos de formación profesional de grado superior (dos de Sonido para audiovisuales y espectáculos, dos de Realización de proyectos audiovisuales y espectáculos, uno de Producción de audiovisuales y espectáculos, dos de Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos, uno de Desarrollo de aplicaciones multiplataforma, uno de Desarrollo de aplicaciones web, uno de Dirección de cocina y uno de Dirección de servicios en restauración) y dos Cursos de especialización de formación profesional de grado superior (uno en Desarrollo de videojuegos y realidad virtual y uno en Inteligencia artificial y big data).

Segundo. Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistas la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE del 22), por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional; el Real Decreto 479/2020, de 7 de abril (BOE de 13 de mayo), por el que se establece el Curso de especialización en Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada y el cambio de domicilio al centro docente privado de formación profesional «Campus Cámara Sevilla II», código 41001124, con domicilio en C/ Leonardo da Vinci, 7 y 9, Cartuja Center CITE, de Sevilla, cuyo titular es Campus Cámara Sevilla, S.A.U., y que se ubicará en C/ Isabela, núm. 3, de Sevilla, quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior.

Sonido para audiovisuales y espectáculos (impartido en turno de mañana):

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Realización de proyectos audiovisuales y espectáculos (impartido en turno de mañana):

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos (impartidos en doble turno):

Núm. ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Desarrollo de aplicaciones multiplataforma (impartido en turno de mañana):

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Desarrollo de aplicaciones web (impartido en turno de tarde):

Núm. ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

b) Cursos de especialización de formación profesional de grado superior(impartidos en turno de tarde).

Desarrollo de videojuegos y realidad virtual:

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

Inteligencia artificial y big data:

Grupos: 1.

Puestos escolares: 30.

Ciberseguridad en entornos de las tecnologías de la información:

Grupos: 1

Puestos escolares: 30.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de centros docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de centros docentes.

Cuarto. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2024/2025, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y esta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de octubre de 2024

MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
Consejera de Desarrollo Educativo 
y Formación Profesional
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