Orden de 23 de enero de 2025, por la que se inicia el procedimiento para la Declaración de Interés Autonómico del «Área Logística de Bailén».
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El Plan de Infraestructuras de Transporte y Movilidad de Andalucía (PITMA 2030) de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, aprobado por Decreto 540/2022, de 2 de noviembre de 2022, contempla entre sus líneas estratégicas el impulso a la Red Logística de Andalucía, integrada por once nodos logísticos prioritarios que articulan el conjunto de la Comunidad, siete portuarios y otros cuatro en el interior. Entre estos últimos se encuentra el nodo logístico de Jaén, «Puerta de Andalucía», estructurado en tres ámbitos localizados en: Andújar, Bailén y Linares.
Este nodo de la Red Logística de Andalucía cuenta con una especial importancia por su ubicación en el principal eje de entrada y salida de Andalucía, la Autovía A-4, reuniendo las condiciones idóneas para acoger funciones logísticas de máximo nivel.
Dentro del nodo de Jaén el Área Logística de Bailén se concibe como un centro vinculado al transporte de mercancías por carretera orientado a ofrecer servicios de valor añadido y transporte eficientes para la distribución de mercancías a nivel nacional, lo que también permitirá a las empresas del tejido productivo de la región articular cadenas de suministro más competitivas.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9.2 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de transporte de mercancías en la Comunidad Autónoma de Andalucía, los centros de transporte de mercancías podrán ser declarados de interés autonómico cuando su implantación, además de obedecer a objetivos puramente sectoriales de política de transporte y de orden local, contribuya de modo decisivo a estructurar y fomentar el desarrollo regional, por favorecer la intermodalidad del sistema regional de transportes, su función integradora de los centros de la economía andaluza en las redes logísticas nacionales e internacionales, la fijación de actividades productoras de valor añadido, la atracción de operadores, y cualesquiera otras circunstancias o factores que resulten principalmente determinantes de aquel desarrollo. Tal es el caso del Área Logística de Bailén.
La ubicación de Área Logística de Bailén junto a la carretera A-4 y contiguo al Polígono Industrial Guadiel, que se está consolidando como una localización de referencia para la logística y el transporte por carretera a nivel nacional, justifica la buena compatibilidad de la actuación con los usos y desarrollos del entorno próximo, generando sinergias que potencian su atractivo y hacen de la localización de este ámbito un lugar idóneo para su desarrollo.
Por todo ello, dada la especial relevancia de la actuación y su importancia como área logística de primer nivel, incluida en el Plan de Infraestructuras de Transporte y Movilidad de Andalucía (PITMA 2030), procede su declaración como Actuación de Interés Autonómico.
Conforme al artículo 12 de la misma Ley 5/2001, la aprobación definitiva del establecimiento de los centros de transporte de mercancías de interés autonómico, así como la aprobación del Plan Funcional para la declaración de interés autonómico, con los efectos y en la forma establecida en el artículo 50 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso a la sostenibilidad del territorio de Andalucía, corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de transportes.
El Plan Funcional tendrá los contenidos mínimos establecidos en el artículo 12.2 de la misma ley, y la entidad que asuma la iniciativa deberá someter el proyecto de plan funcional del centro, por un plazo no inferior a un mes, a información pública y a audiencia de los Ayuntamientos y de otras Administraciones, entidades públicas y agentes sociales afectados.
Completada la fase de información pública y de audiencia establecida en el apartado anterior, el órgano que hubiera acordado la apertura de dicha fase incorporará, en su caso, al proyecto del plan funcional del centro las modificaciones que resultaren necesarias como consecuencia de las alegaciones e informes producidos durante aquella, y lo remitirá con todo lo actuado a la Consejería competente en materia de transportes.
A tenor de lo anteriormente expuesto, vista la propuesta de la Dirección General de Infraestructuras del Transporte, a quien corresponde la gestión y desarrollo de la Red de Áreas Logísticas de Andalucía; en virtud de las competencias que tengo atribuidas por el Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, y en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 12.1 Ley 5/2001, de 04 de junio, por la que se regulan las áreas de transporte de mercancías en la Comunidad Autónoma de Andalucía y demás normativa de aplicación,
DISPONGO
Primero. Iniciar el procedimiento para la Declaración de Interés Autonómico del Área Logística de Bailén (Jaén) conforme al artículo 12 de la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de transporte de mercancías en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. La elaboración y tramitación del Plan Funcional de dicha actuación, a efectos de la elevación posterior a esta Consejería, podrá instrumentarse a través de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.
Tercero. La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de enero de 2025
ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ | |
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda |
BOJA nº 19 de 29/01/2025