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Resolución de 29 de septiembre de 2025, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, por la que se anuncia el depósito de la modificación de los estatutos de la federación sindical denominada Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza de Andalucía, en siglas FSIE-Andalucía.
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Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada federación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por don Rafael Martínez Fernández mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2025/000437.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 19.9.2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 26.9.2025.
El VII Congreso Federal celebrado el 27 de octubre de 2022 adoptó por unanimidad el acuerdo de modificar los artículos 7, 8, 12, 16, 23, 27, 28, 30, 34, 35, 36, 37, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 55, 57, 59, 60, 61 y 63 de los estatutos de esta federación.
El certificado aparece suscrito por don Francisco Javier Dean García-Adámez como Presidente y don Rafael Martínez Fernández como Secretario.
En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2.g) de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General acuerda:
- Admitir el depósito de la modificación de los estatutos de los estatutos de la federación sindical denominada Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza de Andalucía, en siglas FSIE-Andalucía, con número de depósito 71000734 (antiguo número de depósito S/18/1988).
- Ordenar la publicación de esta resolución en el BOJA, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada, conforme dispone el art. 13, último párrafo del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa; frente a ella puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes ante el titular de la Secretaría General del CARL; o conforme a lo dispuesto en el art. 15 del R.D. 416/2015, de 29 de mayo, ser impugnada directamente ante los órganos jurisdiccionales del orden social conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (BOE de 11 de octubre de 2011).
Sevilla, 29 de septiembre de 2025.- El Secretario General, Eduardo Fernando Candau Camacho.
Descargar PDFBOJA nº 192 de 06/10/2025
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