Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 07/10/2025

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa

Extracto de la Resolución de 26 de septiembre de 2025, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para la dinamización de centros de competencias digitales durante el ejercicio 2025 al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2021. Línea CAPI Apertura.

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BDNS (identif): 859555

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

Se convoca, para su ejecución en el ejercicio 2025, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales. Esta línea de subvenciones se denomina Línea CAPI Apertura. Las subvenciones se concederán con cargo a la partida presupuestaria y distribución siguientes:

Partida presupuestaria Cuantía (€)
0131010000 G/12D/48001/00 01 229.457,13

Segundo. Entidades beneficiarias.

Siempre que cumplan los requisitos fijados en la Orden de 9 de noviembre de 2021, podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las entidades asociativas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en alguna de las zonas desfavorecidas de Andalucía relacionadas a continuación:

Provincia Municipio Zona Desfavorecida
Almería Almería (capital) Fuentecica-Quemadero
Almería Almería (capital) La Chanca-Pescadería
Almería Ejido (El) El Ejido Centro
Almería Ejido (El) Las Norias-San Agustín
Almería Ejido (El) Pampanico (100 Viviendas)
Almería Mojonera (La) Venta del Viso
Almería Roquetas de Mar Ctra. La Mojonera-Roquetas
Cádiz Algeciras Zona Sur Algeciras
Cádiz Arcos de la Frontera Arcos De La Frontera-Sur
Cádiz Arcos de la Frontera Jédula
Cádiz Barbate Montaraz
Cádiz Cádiz (capital) Bda. De Loreto, Bda. Cerro Del Moro
Cádiz Chiclana de la Frontera Chiclana Sur (Plaza Mayor-Fuente Amarga)
Cádiz Línea de la Concepción (La) Barriada El Junquillo
Cádiz Línea de la Concepción (La) La Atunara
Cádiz Medina Sidonia Barriada La Paz-Blas Infante y Constitución
Cádiz Puerto Serrano Barriada Guadalete
Cádiz Sanlúcar de Barrameda Barrio Alto Y Barrio Bajo
Córdoba Peñarroya-Pueblo Nuevo Peñarroya-Pueblo Nuevo
Granada Atarfe Barrios El Barranco y La Cañada
Granada Baza Cuevas de Baza
Granada Fuente Vaqueros Barrio de Santa Ana
Granada Guadix Cuevas de Guadix
Granada Huéscar Barrio de las Cuevas
Granada Iznalloz Barrio de la Peña
Granada Motril Huerta Carrasco
Granada Motril San Antonio-Ancha
Granada Motril Varadero-Santa Adela
Granada Pinos Puente Bda. Las Flores, Bda.Las Cuevas,Cerro Fáquila
Huelva Almonte Barrio Obrero de Almonte
Huelva Cortegana Barrio Erita
Huelva Huelva (capital) La Orden-Príncipe Juan Carlos
Huelva Minas de Río Tinto Alto de la Mesa
Huelva Nerva La Garza, San Antonio Cementerio Viejo, Pozo Bebé
Jaén Bailen Barrios Paquita Torres; 28 de febrero; Barrio del Pilar; Avda. Linares
Jaén Beas de Segura Barrio Vista Alegre; Urb.Profacio; Casas del Matadero
Jaén Carolina (La) Barrio Viñas del Rey;Urb. Penibética
Jaén Guarromán Guarromán
Jaén Pozo Alcón Barrio Era Alto y Picón Hernández
Jaén Úbeda Barrios La Alameda Y Los Cerros
Jaén Villanueva del Arzobispo Villanueva del Arzobispo
Málaga Álora Álora
Málaga Málaga (capital) Campanillas-Los Asperones-Castañetas
Málaga Málaga (capital) Málaga Centro-Trinidad-Perchel
Málaga Marbella Las Albarizas
Málaga Vélez-Málaga Casas De La Vía
Sevilla Camas La Pañoleta-Caño Ronco
Sevilla Coria del Río Bda. Del Lucero
Sevilla Dos Hermanas Ibarburu, Costa Del Sol, La Jarana, Miravalle, Los Montecillos, El Chaparral, Cerro Blanco
Sevilla Lora del Río Barrio Las Viñas
Sevilla Morón de la Frontera El Rancho
Sevilla Palacios y Villafranca (Los) Los Palacios Y Villafranca
Sevilla San Juan de Aznalfarache Bda. Santa Isabel
Sevilla Sevilla (capital) Bda. El Cerezo
Sevilla Sevilla (capital) La Plata-Padre Pío-Palmete

Tercero. Objeto.

Constituye el objeto de la presente línea de subvención la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades asociativas sin ánimo de lucro, para promover la dinamización de centros de competencias digitales en zonas desfavorecidas de Andalucía mediante acciones de sensibilización y desarrollo de las competencias en el uso de los servicios digitales por parte de la ciudadanía andaluza, con la finalidad de contribuir a la transformación digital y la reducción de las brechas digitales en estas zonas desfavorecidas de Andalucía. La concreción del objeto figura en las bases reguladoras.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Orden de 9 de noviembre de 2021, de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales (BOJA núm. 218, de 12 de noviembre de 2021), modificada mediante Orden de 12 de junio de 2023, de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa (BOJA núm. 114, de 16 de junio de 2023).

Quinto. Importe y secuencia del pago.

La cuantía de la subvención para esta convocatoria consistirá en una cuantía máxima global subvencionable de 32.779,59 euros.

Para la presente convocatoria, y de acuerdo con lo establecido en el apartado 24.a).2.º del cuadro resumen de la Orden de 9 de noviembre de 2021, de las bases reguladoras en concurrencia competitiva de estas subvenciones, se realizará un solo pago correspondiente al cien por cien de la subvención concedida, tras dictarse la resolución de concesión y sin necesidad de justificación previa de conformidad con la Orden de 12 de junio de 2023, por la que se modifica la mencionada Orden de 9 de noviembre de 2021.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Otros datos.

El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla, 2 de octubre de 2025.- El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.

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