Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se convocan y establecen las bases reguladoras de los Premios Meridiana 2025.
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El Reglamento del Instituto Andaluz de la Mujer, aprobado por el Decreto 1/1989, de 10 de enero, establece tanto las funciones del Instituto Andaluz de la Mujer como las específicas de la persona titular de la Dirección del mismo, disponiendo en su artículo 2 que este Organismo tiene por finalidad promover las condiciones para que la igualdad del hombre y la mujer andaluces sea real y efectiva, hacer posible la participación y presencia de la mujer en la vida política, económica, cultural y social, y superar cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política de la mujer. Además de lo anterior, la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, modificada por la Ley 9/2018, de 8 de octubre, en su disposición adicional única, establece que el Instituto Andaluz de la Mujer, como Organismo Autónomo adscrito a la Consejería competente en materia de igualdad, será el encargado de la coordinación de las políticas de igualdad.
Entre las diversas actuaciones que viene desarrollando el Instituto Andaluz de la Mujer para la celebración del día 8 de marzo, Día Internacional de las Mujeres, destaca la convocatoria de los Premios Meridiana, cuya finalidad es distinguir la trayectoria de personas, colectivos, entidades o instituciones que hayan destacado en la defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres, convocándose la edición 2025 mediante la presente convocatoria.
Asimismo, en la anualidad 2025 se quiere manifestar el compromiso con estos premios, si bien en esta edición se ha optado por la renovación de las modalidades y reconocimientos. El objetivo es adaptar estos importantes galardones a la realidad de la sociedad andaluza y así abarcar nuevos ámbitos donde se hace imprescindible impulsar la igualdad real de mujeres y hombres como la conciliación y la corresponsabilidad, un pilar fundamental sin el que no es posible la igualdad, así como dotar de mayor envergadura algunas categorías como la de cultura y deporte, que tendrán entidad propia.
De esta manera, aumentan el número de modalidades pasando de 7 a 10, además de la Mención Especial Carmen Olmedo Checa. En 2025 se estrenan las categorías de conciliación e iniciativas en el mundo rural. También se incluye con identidad propia la modalidad de producción artística o cultural y la modalidad deportiva.
En su virtud, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 8 del Decreto 1/1989, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Instituto Andaluz de la Mujer, modificado por el Decreto 120/1997, de 22 de abril,
RESUELVO
Primero. Objeto.
Se convoca la edición de los Premios Meridiana 2025, con la finalidad de otorgar reconocimiento público a la trayectoria de aquellas personas, colectivos, entidades o instituciones que hayan contribuido y destacado en la defensa de la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.
Segundo. Modalidades.
Los Premios Meridiana se otorgarán en cada una de las siguientes modalidades:
- Iniciativas que promuevan la educación en valores para la igualdad.
- Iniciativas en el ámbito de la comunicación que fomenten el valor de la igualdad.
- Iniciativas en favor de la inclusión social para la igualdad.
- Iniciativas empresariales y de emprendimiento para la igualdad.
- Iniciativas de producción cultural que promuevan el valor de la igualdad.
- Iniciativas deportivas que favorezcan la igualdad.
- Iniciativas contra la Violencia de Género.
- Iniciativas para la conciliación y la corresponsabilidad.
- Iniciativas que fomenten la igualdad en el medio rural.
- Iniciativas para el fomento de la Ciencia y la Innovación en la mujer.
Tercero. Candidaturas.
Podrán optar a los Premios Meridiana en sus distintas modalidades todas aquellas personas mayores de edad, colectivos, entidades o instituciones, tanto públicas como privadas, que con su trayectoria o labor hayan contribuido y destacado en la consecución del objetivo previsto en el resuelvo primero de la presente resolución.
Cuarto. Presentación de las candidaturas. Solicitud y documentación.
1. Las personas o entidades candidatas podrán ser propuestas por cualquier persona o entidad, pública o privada, no pudiendo postularse a sí mismas.
2. El Jurado podrá también proponer las candidaturas que, sin haber concurrido a los mismos, considere merecedoras de los premios, en cuyo caso el acuerdo será adoptado de conformidad con lo dispuesto en la Sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. Las solicitudes irán dirigidas a la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer, y se presentarán preferentemente en el Registro General de esta Agencia, sito en Sevilla, en C/ Doña María Coronel, núm. 6, 41003, o en la Oficina Virtual del IAM
https://ws097.juntadeandalucia.es/oficina
sin perjuicio de que puedan presentarse en los registros de los demás órganos y en las oficinas que correspondan, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Las solicitudes deberán ir acompañadas, al menos, por la siguiente documentación:
a) El formulario de solicitud, debidamente cumplimentado, conforme al modelo que se incorpora como anexo a la presente resolución.
b) Memoria justificativa de los méritos y razones que han motivado la presentación de la candidatura, así como currículo vitae y/o memoria del proyecto o actividad desarrollada por la persona, colectivo, entidad o institución candidata.
c) Relación de personas físicas o entidades públicas o privadas que avalan la candidatura.
5. El formulario para la presentación de candidaturas que se adjunta como anexo a la presente resolución también se podrá obtener:
- En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
- En la siguiente dirección: https://juntadeandalucia.es/organismos/iam.html
- En las sedes de los siguientes organismos: Instituto Andaluz de la Mujer y en sus Centros de la Mujer Provinciales.
6. El plazo de presentación de candidatura se iniciará el día de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y finalizará el 24 de febrero de 2025, salvo para las personas miembros del Jurado, que podrán proponerlas en la sesión que celebren para el fallo de los premios.
7. La participación en la presente convocatoria supone la aceptación de las bases reguladoras de la misma así como del fallo del Jurado y de la intervención en el acto de concesión de los premios en caso de ser una de las candidaturas seleccionadas.
Quinto. Jurado.
1. La valoración de las candidaturas que opten a los premios se realizará por un Jurado que tendrá la siguiente composición:
a) Presidencia: La persona titular del Instituto Andaluz de la Mujer, en caso de empate, decidirá con voto de calidad.
b) Vicepresidencia: La persona titular de la Secretaría General de Familias, Igualdad, Violencia de Género y Diversidad.
c) Vocalías: Las personas titulares de las asesorías de programas de los Centros Provinciales del Instituto Andaluz de la Mujer en Andalucía.
2. El Jurado podrá ser asistido, a petición suya, por personas expertas en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. La participación de estas personas expertas será con voz y sin voto.
3. El Jurado, una vez constituido, ajustará su actuación a lo establecido en la Sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. El fallo del Jurado será inapelable.
Sexto. Premios.
1. Los premios, en sus diez modalidades, se harán públicos mediante resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer, pudiendo ser compartidos cuando los méritos reconocidos a las candidaturas así lo aconsejen, y ser declarados desiertos cuando las candidaturas no presenten los méritos suficientes.
2. En cada una de las modalidades, los premios consistirán en una escultura en cuya base aparecerá el lema «Premios Meridiana 2025». Todos ellos serán entregados en acto público en el mes de marzo de 2025.
3. Podrá otorgarse por parte del Jurado, el Premio de Honor «Carmen Olmedo Checa», no previsto en las modalidades recogidas en el resuelvo segundo de la presente resolución, a personas o entidades por su especial trayectoria feminista en defensa de los derechos humanos de las mujeres.
Séptimo. Incidencias.
Las incidencias surgidas en la aplicación de las bases de la presente convocatoria serán resueltas por el Jurado.
Sevilla, 24 de enero de 2025.- La Directora, Olga Carrión Mancebo.
Descargar PDFBOJA nº 20 de 30/01/2025