Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 17/10/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

Resolución de 7 de octubre de 2025, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se somete a información pública las propuestas de los Cánones de Regulación y Tarifas de Utilización del Agua de las Demarcaciones Hidrográficas de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete-Barbate y del Tinto-Odiel-Piedras para el año 2026.

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De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas (BOE núm. 103, de 30 de abril de 1986),

RESUELVO

Primero. Someter a información pública las propuestas de Cánones de Regulación y Tarifas de Utilización del Agua de las Demarcaciones Hidrográficas de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete-Barbate y del Tinto-Odiel-Piedras para el año 2026 durante el plazo de veinte días (20) hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El resumen de dichas propuestas se recoge en el anexo de la presente resolución.

Segundo. Las propuestas quedarán expuestas para su general conocimiento:

a) En formato digital, a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía en la dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/609295.html

b) En formato papel, en la sede de la Dirección General de Infraestructuras del Agua de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, sita en la ciudad de Málaga, Paseo de la Farola, 12, dentro del siguiente horario: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas, con las excepciones previstas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular a las propuestas de Cánones de Regulación y Tarifas de Utilización del Agua deberán dirigirse a la Dirección General de Infraestructuras del Agua de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y se podrán realizar de la siguiente forma:

a) Las personas que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas presentarán las alegaciones en formato digital mediante la Presentación Electrónica General de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía en el siguiente enlace:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml

b) Las personas que no estén obligadas a tener una relación electrónica con la Administración también podrán hacer uso de dicha página web de la Junta de Andalucía o, en el caso que así lo deseen, presentar sus alegaciones en formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 7 de octubre de 2025.- El Director General, Álvaro Real Jiménez.

ANEXO

Propuestas de Cánones de Regulación (CR) y Tarifas de Utilización del Agua (TUA) de las Demarcaciones Hidrográficas de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, Guadalete-Barbate y Tinto-Odiel-Piedras para el año 2026

1. Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas.

Provincia Sistema Uso Unidad CANON TARIFA CR + TUA
(€/ud)
Unidades de Cálculo CR CR Unidades de Cálculo TUA TUA
ALMERÍA Benínar Regadíos 1.000 m³ 4.927,65 77,27 4.927,65 82,20 159,47
Cuevas Almanzora Regadíos 1.000 m³ 17.922,09 45,38 17.922,09 40,14 85,52
Abastecimientos 1.000 m³ 1.913,81 136,17 1.913,81 134,64 270,81
CÁDIZ Campo de Gibraltar Regadíos ha 1.612,00 179,33 1.612,00 178,82 358,15
1.000 m³ 6.870,20 32,06 6.870,20 31,34 63,40
Abastecimientos 1.000 m³ 38.667,00 96,18 38.667,0 73,09 169,27
Industria 1.000 m³ 2.898,00 96,18 2.898,00 69,89 166,07
GRANADA Guadalfeo Abastecimientos 1.000 m³ 11.789,91 68,35 11.798,91 32,44 100,79
Industria 1.000 m³ 626,65 68,35 626,65 29,80 98,15
Regadíos 1.000 m³ 82.599,43 22,77 82,599,43 10,45 33,22
MÁLAGA Costa del Sol Occidental Abastecimientos 1.000 m³ 44.863,50 64,99 44.863,50 2,44 67,43
Guadalhorce Regadíos ha 9.039,54 67,96 9.106,83 39,84 107,80
1.000 m³ 32.035,70 19,63 32.035,70 10,37 30,00
Abastecimientos 1.000 m³ 44.775,50 58,94 44.775,50 18,44 77,38
Limonero-Casasola Abastecimientos 1.000 m³ 3.362,40 80,47 80,47
Viñuela Regadíos 1.000 m³ 20.631,86 37,86 20.631,86 18,10 55,96
Abastecimientos 1.000 m³ 13.963,94 113,61 13.963,94 62,22 175,83

2. Demarcación hidrográfica del Guadalete-Barbate.

Sistema Uso Unidad CANON TARIFA CR + TUA
(€/ud)
Unidades de Cálculo CR CR Unidades de Cálculo TUA TUA
SIST. DE REGULACIÓN GENERAL DE LA CUENCA DEL GUADALETE Regulación directa Regadíos 1.000 m³ 146.839,30 12,92 12,92
Abastecimientos y Usos Industriales Consuntivos 1.000 m³ 2.421,90 45,59 45,59
Usos Industriales no Consuntivos 1.000 m³ 726,60 4,55 4,55
Regulación indirecta Regadíos 1.000 m³ 20.754,44 3,24 3,24
Abastecimientos y Usos Industriales Consuntivos 1.000 m³ 3.497,60 10,86 10,86
Zona Regable del Guadalcaín Regadíos 1.000 m³ 60.615,30 12,92 60.615,30 2,47 15,39
Zona Regable de la Margen Izquierda de Bornos Regadíos 1.000 m³ 18.746,00 12,92 18.746,00 39,96 52,88
Zona Regable de la Costa Noroeste de Cádiz y Monte Algaida Regadíos 1.000 m³ 47.055,40 12,92 47.055,40 7,96 20,88
EMBALSE DE LOS HURONES, ABTO. A LA ZONA GADITANA Abast. urbano e industrial de la Zona Gaditana Abastecimientos 1.000 m³ 82.592,60 36,55 36,55
EMBALSES CELEMIN, ALMODOVAR Y BARBATE Ciudad de Tarifa Abastecimientos y Usos Industriales Consuntivos 1.000 m³ 1.055.20 387,06 387,06
Zona Regable Regadíos 1.000 m³ 57.616,50 27,69 27,69

3. Demarcación hidrográfica del Tinto-Odiel-Piedras.

Sistema Uso Denominación Unidad CANON TARIFA CR + TUA
(€/ud)
Unidades de Cálculo CR CR Unidades de Cálculo TUA TUA
CHANZA-PIEDRAS Agrícola CHANZA-PIEDRAS TIPO 0 1.000 m³ 139.434,79 22,09 99.211,52 23,06 45,15
Abastecimiento 1.000 m³ 37.460,50 68,30 13.807,57 69,18 137,48
Industrial consuntivo 1.000 m³ 19.736,90 68,30 1.894,73 69,18 137,48
Agrícola CHANZA-PIEDRAS TIPO I 1.000 m³ 139.434,79 22,09 34.010,62 42,47 64,56
Abastecimiento 1.000 m³ 37.460,50 68,30 9.508,35 127,40 195,70
Industrial consuntivo 1.000 m³ 19.736,90 68,30 7.947,33 127,40 195,70
Agrícola CHANZA-PIEDRAS TIPO IIa 1.000 m³ 139.434,79 22,09 33,13 55,22
Abastecimiento 1.000 m³ 37.460,50 68,30 7.873,78 99,38 167,68
Industrial consuntivo 1.000 m³ 19.736,90 68,30 9.404,94 99,38 167,68
Agrícola CHANZA-PIEDRAS TIPO IIb 1.000 m³ 139.434,79 22,09 3.191,45 30,80 52,89
Abastecimiento 1.000 m³ 37.460,50 68,30 6.270,80 92,41 160,71
Industrial consuntivo 1.000 m³ 19.736,90 68,30 272,17 92,41 160,71
Agrícola CHANZA-PIEDRAS TIPO III 1.000 m³ 139.434,79 22,09 3.021,20 25,79 47,88
Abastecimiento 1.000 m³ 37.460,50 68,30 77,36 145,66
Industrial consuntivo 1.000 m³ 19.736,90 68,30 217,73 77,36 145,66
LOS MACHOS, CORUMBEL, JARRAMA Agrícola Zona regable 1.000 m³ 12.407,89 12,14 12.407,89 12,69 24,83
Abastecimiento Abastecimiento urbano 1.000 m³ 7.178,88 36,46 7.178,88 38,05 74,51
Industrial consuntivo Abastecimiento industrial 1.000 m³ 10,32 36,46 10,32 38,05 74,51
SOTIEL, OLIVARGAS, CUEVAS DE LA MORA Agrícola Zona regable 1.000 m³ 2.795,37 12,14 2.795,37 12,69 24,83
Abastecimiento Abastecimiento urbano 1.000 m³ 66,42 36,46 66,42 38,05 74,51
Industrial consuntivo Abastecimiento industrial 1.000 m³ 686,22 36,46 686,22 38,05 74,51
REGULACIÓN INDIRECTA Agrícola Zona regable 1.000 m³ 869,63 5,08 869,63 5,09 10,17
Abastecimiento Abastecimiento urbano 1.000 m³ 15,23 15,26 30,49
Industrial consuntivo Abastecimiento industrial 1.000 m³ 15,23 15,26 30,49

En todos los casos, el importe mínimo deberá ser satisfecho en cada liquidación por los sujetos pasivos del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua será de 12 euros. Este importe mínimo no será de aplicación cuando el canon y la tarifa se emitan en una única liquidación junto al canon de servicios generales, en cuyo caso se aplicará el importe mínimo de 20 euros previsto en el artículo s101.2.c), según lo establecido en el artículo 98.3 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía.

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