Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 12/11/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional

Resolución de 7 de noviembre de 2025, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúan las actuaciones materiales para la ejecución de la sentencia 1113/24 dictada por la Sección Tercera, Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla.

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La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha dictado orden por la que se acuerda el cumplimiento de la sentencia 1113/24 dictada por la Sección Tercera, Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla.

Al amparo de dicha orden se dicta la presente resolución por la que se ejecuta la referida sentencia, cuyo fallo, responde al siguiente tenor literal:

FALLAMOS

«Estimamos el recurso interpuesto por don Antonio Ignacio Martín Pérez, representado por el Procurador don Pedro Campos Vázquez, contra la Resolución de fecha 30 de Noviembre de 2021, dictada por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, desestimatoria del Recurso de Reposición formulado contra la Orden de esta Consejería de 4 de octubre de 2021, por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado en los procedimientos selectivos convocados para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, y se les nombra provisionalmente personal funcionario en prácticas, que anulamos y ordenamos que se retrotraigan las actuaciones al momento inmediatamente anterior a la celebración de la primera prueba parte A para que se convoque a los opositores a la realización de dicha prueba, debiendo publicarse previamente en el portal web y con tiempo suficiente al inicio de las mismas, los criterios de calificación, los criterios de evaluación y las invalidaciones o penalizaciones como disponen las Bases 5.7.1.g) y h) y 8.1 de la convocatoria, sin que el presente pronunciamiento pueda afectar a los aspirantes ya aprobados actuantes de buena fe. Se imponen las costas procesales a la Administración demandada en los términos reseñados.»

Por lo que en atención a los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Dirección General es competente para dictar la presente resolución, en virtud de lo dispuesto en los artículos 30 y 112 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente, la selección del profesorado y la provisión de los puestos docentes y en el artículo 8 del Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

Segundo. El artículo 118 de la Constitución Española dispone que «es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los jueces y tribunales, así como prestar la colaboración requerida por estos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto».

Tercero. El artículo 17 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone de forma palmaria que:

«1. Todas las personas y entidades públicas y privadas están obligadas a prestar, en la forma que la ley establezca, la colaboración requerida por los jueces y tribunales en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto, con las excepciones que establezcan la Constitución y las leyes, y sin perjuicio del resarcimiento de los gastos y del abono de las remuneraciones debidas que procedan conforme a la ley.

2. Las Administraciones Públicas, las autoridades y funcionarios, las corporaciones y todas las entidades públicas y privadas, y los particulares, respetarán y, en su caso, cumplirán las sentencias y las demás resoluciones judiciales que hayan ganado firmeza o sean ejecutables de acuerdo con las leyes».

Cuarto. El artículo 103.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dispone de forma literal que «las partes están obligadas a cumplir las sentencias en la forma y términos que en éstas se consignen».

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 8 del Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, así como la Orden de 30 de noviembre de 2020, de la entonces Consejería de Educación y Deporte,

RESUELVO

Primero. Retrotraer al momento inmediatamente anterior a la celebración de la primera prueba parte A «Prueba práctica», el procedimiento selectivo para la especialidad de Oficina de Proyectos de Construcción, actualmente perteneciente al cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, convocado por Orden de 30 de noviembre de 2020, por la que se efectuó convocatoria de procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, para que todos los aspirantes que realizaron la parte B de la primera prueba y no obtuvieron una plaza en dicho procedimiento selectivo, y relacionados en el anexo de esta resolución, puedan realizar de nuevo la primera prueba parte A «Prueba práctica».

Segundo. Reconstituir de nuevo al tribunal, modificando su composición con la sustitución del vocal 1 con el suplente 1 por jubilación del vocal titular 1, respecto al que se constituyó con arreglo a la Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se hace pública la composición de los tribunales, las comisiones de selección y las comisiones de baremación, la adscripción del personal aspirante a los tribunales, los lugares de actuación y la fecha del comienzo de los procedimientos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, convocados por Orden de 30 de noviembre de 2020, de la especialidad de Oficina de Proyectos de Construcción del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, para dar cumplimiento a lo establecido en la referida sentencia.

Tercero. La Comisión de Selección será la encargada de la confección de la citada prueba práctica correspondiente a la parte A de la primera prueba de acuerdo a lo establecido en la base quinta de la referida Orden de 30 de noviembre de 2020.

Cuarto. Publicar, con tiempo suficiente al inicio de las pruebas, en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, los criterios de calificación, los criterios de evaluación y las invalidaciones o penalizaciones como disponen las bases 5.7.1.g) y h) y 8.1 de la convocatoria, así como comunicar, al personal aspirante de la especialidad de Oficina de Proyectos de Construcción relacionado en el anexo de la presente resolución, que será convocado para la celebración de la primera prueba parte A «Prueba práctica», mediante resolución de esta Dirección General que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Contra la presente resolución, que constituye un acto de trámite, no cabe recurso alguno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y a efectos meramente informativos en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

Sevilla, 7 de noviembre de 2025.- El Director General, Carlos Muñoz Morales.

anexo

DNI APELLIDOS Y NOMBRE TURNO
***2664** ARGÜELLES ARIZCUN, JORGE GENERAL
***2040** ARRIOLA CHANG, ORLANDO GENERAL
***6561** AYALA HORRILLO, JUAN FRANCISCO GENERAL
***0780** CALLADO CABANILLAS, FERNANDO MANUEL GENERAL
***5662** CARO NUÑEZ, SONIA GENERAL
***4504** CASAS CASTILLO, M.ª ISABEL GENERAL
***3078** CLAVIJO CALDERON, MANUEL GENERAL
***7543** CORDERO VALLE, JOSE ANTONIO GENERAL
***4974** DOMINGUEZ CARRIZOSA, SONIA GENERAL
***0908** DURAN GONZALEZ, RUBEN GENERAL
***6273** ESCOBEDO RUIZ, ALBERTO DOMINGO GENERAL
***7559** FRUTOS CLEMOT, VICTOR RAMON GENERAL
***3289** GARCIA CONTRERAS, DARIO GENERAL
***9330** GARCIA REYNALDO, MARIA JESUS GENERAL
***9877** GARCIA RIVAS, JUAN MANUEL GENERAL
***7665** GARCIA RIVERO, MARIA JOSE GENERAL
***8924** GONZALEZ SANCHEZ, ILDEFONSO JESUS GENERAL
***6586** IMBERNON RODRIGO, JUAN ANTONIO GENERAL
***7907** JAEN MAYOR, JUAN ANTONIO RESERVA DISCAPACIDAD
***5674** JIMENEZ MAYA, MARIA BELEN GENERAL
***1398** LOPEZ GARCIA, ANA BELEN GENERAL
***8994** MARCOS HERNANDEZ, ASUNCION GENERAL
***1428** MARTIN PEREZ, ANTONIO IGNACIO GENERAL
***3010** MARTOS SEVILLA, JOSE GENERAL
***7396** NAVARRO CALDERON, ALVARO GENERAL
***2977** NUÑEZ GOMEZ, JOSE ANTONIO GENERAL
***6502** PEREZ PEREZ, JUAN MANUEL GENERAL
***8521** PICON TORO, MANUEL GENERAL
***8864** QUEVEDO VILLALTA, MANUEL GENERAL
***1949** RAMIREZ VITAL, RAFAEL GENERAL
***0978** RINO AVILA, MARIA ISABEL GENERAL
***9028** RODRIGUEZ CASTILLO, JUAN JOSE GENERAL
***9751** RODRIGUEZ FRIAS, MACARENA GENERAL
***6666** RUIZ LAGUNA, MIGUEL ANGEL GENERAL
***6348** RUIZ RODRIGUEZ, RAFAEL GENERAL
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