Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 10/12/2025

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 3 de diciembre de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se declara inhábil, a efectos del cómputo de plazos, en los expedientes de contratación y procedimientos administrativos incoados cuya resolución corresponda a la Universidad de Huelva, el período comprendido entre los días 22 de diciembre de 2025 a 6 de enero de 2026.

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V I S T O

El calendario laboral de la Universidad de Huelva para el año 2025, y teniendo en cuenta la necesidad de determinar con claridad cuáles son los días inhábiles, a efectos del cómputo de plazos en los expedientes de contratación y, de forma general, en los procedimientos administrativos que se tramiten y resuelvan en esta Universidad.

CONSIDERANDO

Primero. Que el artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que «siempre que por ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que estos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. Cuando los plazos se hayan señalado por días naturales por declararlo así una ley o por el Derecho de la Unión Europea, se hará constar esta circunstancia en las correspondientes notificaciones».

Segundo. Que el artículo 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que «la sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo determinará, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquella y al calendario previsto en el artículo 30.7, los días que se considerarán inhábiles a los efectos previstos en este artículo. Este será el único calendario de días inhábiles que se aplicará a efectos del cómputo de plazos en los registros electrónicos, sin que resulte de aplicación a los mismos lo dispuesto en el artículo 30.6».

Tercero. Que, en relación con el período comprendido entre el 22 de diciembre de 2025 y el 6 de enero de 2026, por razones de seguridad jurídica y evitar confusiones a los interesados, resulta necesario declarar expresamente días inhábiles los incluidos en el referido período, a efectos del cómputo de plazos los procedimientos administrativos que se tramiten y resuelvan en esta Universidad, con excepción de los procedimientos abiertos en el Área de Contratación, cuyos plazos permanecerán activos durante el referido periodo.

Cuarto. Que el artículo 30.7, apartado segundo, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos deberá publicarse en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado.

En virtud de lo expuesto, y en el ejercicio de las competencias que me confiere el artículo 31.s) de los Estatutos de la Universidad de Huelva,

RESUELVO

Primero. Declarar inhábiles, a efectos del cómputo de los plazos en los procedimientos administrativos incoados cuya tramitación y resolución correspondan a la Universidad de Huelva, los días comprendidos entre el 22 de diciembre de 2025 y el 6 de enero de 2026, ambos inclusive.

Quedan exceptuados de esta declaración los procedimientos tramitados en el Área de Contratación, cuyos plazos permanecerán activos durante el referido periodo.

Segundo. En relación con los procedimientos ya iniciados en la fecha de entrada en vigor de esta resolución, el cómputo de sus plazos quedará interrumpido durante el periodo señalado.

Tercero. Disponer la publicación de la presente resolución en el BOJA, entendiéndose notificados los interesados en los expedientes en curso del contenido de esta resolución a partir del día siguiente de su publicación en el BOJA.

Cuarto. Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, esta resolución agota la vía administrativa y será impugnable en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, como establece el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, en virtud de lo dispuesto en el art. 8.3) de la Ley 29/1998 citada.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Huelva, 3 de diciembre de 2025.- El Rector, José Rodríguez Quintero.

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