Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 05/02/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda

Orden de 30 de enero de 2025, por la que se dispone la publicación de la Orden de 7 de marzo de 2023, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación del PGOU de Vélez-Málaga «Ámbito SGE.VM-4 y nuevo SGE.VM-4.1», para ampliación del cementerio municipal.

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ANTECEDENTES

1. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda dispuso mediante Orden de 7 de marzo de 2023, aprobar definitivamente la Modificación del PGOU de Vélez-Málaga relativa al «Ámbito SGE.VM-4 y nuevo SGE.VM-4.1» para ampliación del cementerio de dicho municipio, según el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 25 de junio de 2021, a reserva de la simple subsanación de las deficiencias técnicas derivadas de los condicionantes establecidos en el informe en materia de carreteras de 24 de marzo de 2021, emitido por la Delegación de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Málaga.

2. En cumplimiento de dicha orden, el Pleno del Ayuntamiento de Vélez-Málaga en sesión de 27 de octubre de 2023, acordó aprobar el documento denominado texto refundido del instrumento de planeamiento general «Modificación Puntual del PGOU/96 de Vélez-Málaga: ámbito SGE.VM-4 y nuevo SGE.VM-4.1», que incorpora al plano de ordenación 3, la línea que delimita la zona de no edificación con respecto a la carretera A-7205 conforme al artículo 56 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía.

3. La Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, mediante Resolución de 1 de octubre de 2024, ha tomado conocimiento del documento técnico subsanado aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Vélez-Málaga en sesión de 27 de octubre de 2023, teniendo por subsanadas, a la vista del informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico de dicha Dirección General de 25 de septiembre de 2024, las deficiencias señaladas en la Orden de 7 de marzo de 2023 de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se dispuso aprobar definitivamente la Modificación del PGOU de Vélez-Málaga relativa al «Ámbito SGE.VM-4 y nuevo SGE.VM-4.1» para ampliación del cementerio de dicho municipio.

4. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, de aplicación en virtud de la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, establece en su artículo 41.1 que los acuerdos de aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento que correspondan a la Administración de la Comunidad Autónoma, así como el contenido del articulado de sus normas, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por disposición del órgano que los aprobó. El depósito de los instrumentos de planeamiento y sus innovaciones en el registro administrativo correspondiente será condición legal para su publicación, de acuerdo con el artículo 40.3 de la misma ley.

5. De conformidad con el artículo 14 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, que regula los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, con fecha de 15 de octubre de 2024 la Delegación Territorial de esta Consejería en Málaga ha inscrito y depositado el presente instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos, asignándole el número de registro 10225 en la Sección Instrumento de Planeamiento del Libro de Registro de Vélez-Málaga de la Unidad Registral de Málaga.

Según el artículo 21 del citado decreto, la condición legal de depósito prevista a efectos de publicación en el boletín oficial se tendrá por realizada mediante la inscripción del correspondiente instrumento urbanístico en el registro de la Administración que lo haya aprobado.

En virtud de todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas, y de acuerdo con la Propuesta de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana,

SE DISPONE

Primero. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 7 de marzo de 2023, de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del PGOU de Vélez-Málaga relativa al «Ámbito SGE.VM-4 y nuevo SGE.VM-4.1» para ampliación del cementerio de dicho municipio, como Anexo I.

Incorporar el contenido del documento rectificado en el Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía

Situ@: (https://ws132.juntadeandalucia.es/situadifusion/pages/search.jsf)

Segundo. Comunicar la publicación al Ayuntamiento de Vélez-Málaga y a la Delegación Territorial de esta Consejería en Málaga.

Sevilla, 30 de enero de 2025

ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda

ANEXO I

ORDEN POR LA QUE SE RESUELVE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DEL PGOU DE VÉLEZ-MÁLAGA «ÁMBITO SGE.VM-4 Y NUEVO SGE.VM-4.1» PARA LA AMPLIACIÓN DEL CEMENTERIO MUNICIPAL

ANTECEDENTES

Primero. El planeamiento general vigente en el municipio de Vélez-Málaga es el Plan General de Ordenación Urbanística, aprobado definitivamente por Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de fecha 27 de febrero de 1996 (BOP núm. 63, de 29 de marzo de 1996). La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo acordó la aprobación definitiva del Texto Refundido del PGOU en sesiones de fecha 25 de julio de 1996 y 9 de octubre de 1996 (BOP núm. 222, de 19 de noviembre, y núm. 246, de 26 de diciembre de 1996), publicándose su normativa urbanística publicada en el BOP núm. 25 de 5 de febrero de 2001.

La Adaptación Parcial del PGOU a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), fue aprobada por el Pleno municipal con fecha 29 de octubre de 2009 (BOP núm. 47, de 11 de marzo de 2010), de conformidad con la disposición transitoria 2.ª de la citada Ley y el Decreto 11/2008, de 22 de enero, por el que se desarrollan procedimientos dirigidos a poner suelo urbanizado en el mercado con destino preferente a la construcción de viviendas protegidas.

Segundo. Con fecha de 27 de agosto de 2021 tiene entrada en el registro electrónico de la Delegación Territorial de esta Consejería en Málaga, documentación administrativa y técnica en formato digital relativa a la Modificación del PGOU de Vélez Málaga «Ámbito SGE-VM-4 y nuevo SGE-VM-4.1» para ampliación del cementerio de dicho municipio, tras su aprobación provisional por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión de 25 de junio de 2021. Dicha documentación fue trasladada con fecha 18 de abril de 2022, a la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana.

Tercero. La presente modificación tiene por objeto la ampliación del actual cementerio municipal, calificando como sistema general de equipamiento unos terrenos colindantes con el mismo que el planeamiento vigente clasifica como suelo urbanizable e incluye en el sector SUS-VM-3. El cementerio actual está calificado como sistema general de equipamiento SGE-VM-4, con una superficie de 10.149 m², no teniendo capacidad para dar respuesta a las necesidades del municipio. Como consecuencia, mediante la presente innovación se contempla la ampliación del mismo, delimitando un nuevo sistema general, denominado SGE-VM-4.1, con una superficie de 7.802 m².

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero. De conformidad con la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, es de aplicación al presente expediente la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

Segundo. La persona titular de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda es el órgano competente para la aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación Urbanística, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural de los municipios identificados como ciudades principales y ciudades medias de nivel 1 en el sistema de ciudades del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, de conformidad con los artículos 31.2.B.a) y 32.4 de la LOUA; en relación con el artículo 4.3.a) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como el artículo 10.1 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías y el artículo 1 del Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

Tercero. El expediente se tramita como Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Vélez Málaga, de conformidad con los artículos 36 y 38 de la citada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Cuarto. Con fecha de 22 de febrero de 2023, el Servicio de Planeamiento Urbanístico de esta Dirección General emitió informe favorable a la aprobación definitiva de la presente Modificación, señalando, no obstante, una serie de subsanaciones técnicas a realizar en el documento, derivadas de los condicionantes establecidos en el informe en materia de carreteras de 24 de marzo de 2021, emitido por la Delegación de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Málaga.

Quinto. En base a dicho informe, con fecha de 1 de marzo de 2023, la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana ha propuesto la aprobación definitiva de la modificación, a reserva de la simple subsanación de las deficiencias técnicas derivadas de los condicionantes establecidos en el informe en materia de carreteras de 24 de marzo de 2021, emitido por la Delegación de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Málaga.

En virtud de todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 4.3.a) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, a propuesta de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana,

SE DISPONE

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del PGOU de Vélez Málaga relativa al «Ámbito SGE-VM-4 y nuevo SGE-VM-4.1» para ampliación del cementerio de dicho municipio, según el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión de 25 de junio de 2021, a reserva de la simple subsanación de las siguientes deficiencias técnicas, derivadas de los condicionantes establecidos en el informe en materia de carreteras de 24 de marzo de 2021, emitido por la Delegación de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de Málaga:

1. Deberá incorporarse al plano de ordenación 3 la línea que delimita la Zona de No Edificación con respecto a la carretera A-7205 conforme al artículo 56 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía, de forma que los usos de las parcelas situadas dentro de dicha zona no podrán ser edificables, distinguiéndolos con una trama distinta a la parcela que queda fuera de dicha zona.

Segundo. La presente orden se notificará al Ayuntamiento de Vélez-Málaga. El Ayuntamiento deberá elaborar un nuevo documento en el que conste exclusivamente las correcciones de las deficiencias indicadas anteriormente; el Pleno del Ayuntamiento deberá tomar conocimiento de este documento para su presentación ante la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, que resolverá sobre la corrección de las deficiencias señaladas, con carácter previo a su registro y publicación de la normativa del instrumento de planeamiento, de conformidad con los artículos 40 y 41 de la LOUA, en relación con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regula los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.

Contra la presente orden, por su naturaleza de disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 y 6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 44 de dicho texto legal.

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