Resolución de 27 de noviembre de 2025, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla, por la que se conceden subvenciones en el ámbito provincial a actuaciones de las asociaciones sin ánimo de lucro para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, durante el curso 2025-2026.
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011 (BOJA de 17 de mayo de 2011), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, entre otras, a Asociaciones sin ánimo de lucro para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, en aplicación de lo establecido por la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación (apartado e) del artículo único de la citada orden y el correspondiente cuadro resumen).
Asimismo, la Resolución de 9 de junio de 2025 (BOJA núm. 114, de 17 de junio de 2025), de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se efectúa la convocatoria de estas ayudas para el curso 2025/2026, establece en su apartado segundo que se tramitarán y resolverán en régimen de concurrencia competitiva, y en su apartado quinto fija la cuantía destinada a las diferentes líneas subvencionadas, limitadas por la disponibilidad presupuestaria y financiadas con cargo a los presupuestos de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional a los artículos y programas presupuestarios indicados, que para la presente Línea 5 en la provincia de Sevilla se concreta en la partida presupuestaria 1200020000 G/42F/48100/41 01, por una cuantía total de 109.563,30 euros.
Segundo. 1. La persona titular de esta Delegación Territorial, en el ejercicio de sus competencias, ha acordado el inicio del correspondiente expediente de gasto del procedimiento para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades.
2. Con fecha 24 de septiembre de 2025, y de acuerdo con lo establecido en el cuadro resumen de las bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011, se constituye la Comisión Evaluadora Provincial para la Línea 5 de las subvenciones correspondientes al ejercicio 2025/2026.
3. Dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria, el cual finalizó el 8 de julio de 2025, se presentaron un total de 14 solicitudes. Tras la correspondiente valoración del cumplimiento de los requisitos formales de las mismas, el 25 de agosto de 2025, conforme al artículo 13 de la Orden de 15 de abril de 2011, fue debidamente publicado en la web de esta Delegación Territorial en Sevilla requerimiento de subsanación para 12 de ellas, de las cuales, a fecha de finalización del plazo conferido para ello el 8 de septiembre, habían presentado escritos de subsanación 6. De estas, 5 asociaciones sin ánimo de lucro subsanaron correctamente las deficiencias encontradas en su solicitud inicial. En consecuencia, de las 14 solicitudes presentadas, 2 no tenían deficiencias formales, 5 subsanaron correctamente las deficiencias encontradas en su solicitud, 1 presentó escrito de subsanación pero no corregía correctamente las deficiencias encontradas, y 6 no presentaron escritos de subsanación en plazo.
4. Con fecha 8 de octubre de 2025 se reunió la Comisión Evaluadora para analizar y valorar las 7 solicitudes correctas, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el apartado 12.a) del cuadro resumen para esa línea de subvención, y se acordó, tal y como se recoge en el Acta de esta reunión, distribuir el crédito total de forma proporcional a la puntuación obtenida, de tal manera que alcanzara para los 7 proyectos que cumplían con todos los requisitos. Siguiendo tal pauta, se realizó la propuesta provisional de resolución con la distribución correspondiente, aprobado todo ello por dicha Comisión Evaluadora y, como tal, quedó recogido en el Acta de esa reunión. La propuesta provisional de resolución incluía un Anexo I con las entidades sin ánimo de lucro beneficiarias provisionales con la cuantía de la subvención propuesta, y un Anexo II con la relación de las entidades excluidas, declarándose el archivo de sus solicitudes, según lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Orden de 15 de abril de 2011.
5. Esta propuesta provisional de resolución, publicada el 9 de octubre de 2025, concedió un plazo de 10 días a partir de su publicación en la web, para que las asociaciones beneficiarias provisionales presentaran el formulario-Anexo II junto con la documentación señalada en el apartado 15 del cuadro resumen para esta línea de subvención y en la Resolución de 9 de junio de 2025 de convocatoria para el curso 2025/2026.
6. Una vez finalizado el plazo de aportación de documentación, la Comisión Evaluadora Provincial se reunió el 12 de noviembre de 2025 y procedió a la comprobación de la documentación presentada por las distintas entidades, proponiendo las 7 asociaciones sin ánimo de lucro beneficiarias definitivas con la subvención concedida.
7. Esta resolución recoge, en su Anexo I, las Asociaciones sin ánimo de lucro beneficiarias definitivas, el nombre y finalidad del proyecto subvencionado, resumen sucinto de las actividades que se pretenden llevar a cabo con la cantidad subvencionada, el periodo de ejecución del proyecto, el desglose de los gastos a realizar, el presupuesto aceptado, la subvención concedida y el porcentaje que ésta supone sobre aquél, y en su Anexo II, las entidades consideradas desestimadas en el procedimiento, tanto por no haber subsanado su solicitud inicial como por haber presentado de modo incorrecto la subsanación.
8. Se ha comprobado por parte de esta Comisión de Valoración que las asociaciones beneficiarias cumplen con los requisitos exigidos por la normativa vigente, y se ha tenido en cuenta asimismo la excepción contenida en el apartado 4.c) del cuadro resumen de la Orden de 15 de abril de 2011 respecto del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, así como de tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Junta de Andalucía que ampara a las Entidades beneficiarias de esta línea de subvención.
9. La forma de pago de la presente subvención será la establecida en el artículo 25.1 de la Orden de 15 de abril de 2011, en un único pago anticipado con justificación diferida hasta el 31 de agosto de 2026 por el total de la subvención.
10. Las entidades beneficiarias adquieren las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, y en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011, y en cualquier caso:
a) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones en la forma y plazos establecidos.
b) Justificar ante el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.
c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) El sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, facilitando cuanta información le sea requerida por dichos órganos.
e) Comunicar al órgano concedente o, en su caso, la entidad colaboradora, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
Asimismo, se comunicará cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la persona beneficiaria en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos en el apartado 22 del cuadro resumen, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos,en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) Hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad u objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Administración de la Junta de Andalucía, indicando la Consejería o Agencia que la ha concedido, utilizando un lenguaje no sexista. En los supuestos de subvenciones financiadas con fondos comunitarios, se deberá cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea. En todo caso, se deberán adoptar las medidas específicas de información y publicidad que se indican en el apartado 23.a) del cuadro resumen:
1.º Hacer constar en toda la información o publicidad que se efectúe de las actividades, que éstas han sido subvencionadas por la Junta de Andalucía a través de la Consejería competente en materia de educación.
2.º En el caso de editarse materiales didácticos o publicitarios, e imputarse gastos de este tipo, deberá adjuntarse un ejemplar de los mismos en el que figurará inexcusablemente la referencia de la financiación de la Junta de Andalucía.
i) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 28 de la orden citada.
j) Comunicar al órgano concedente el cambio de domicilio o de la dirección de correo electrónico durante el período en el que la subvención es susceptible de control.
11. Asimismo, en cumplimiento del artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, y de la Instrucción 1/2016, de 5 de febrero, de la Secretaría General para la Administración Pública, cuando las subvenciones se destinen en todo o en parte al desempeño de funciones que impliquen contacto habitual con menores, una vez identificada la persona a contratar e inmediatamente antes de la formalización del contrato, será obligatorio para la entidad solicitante de la subvención, la aportación de la declaración responsable de que todo el personal al que corresponde la realización de esas tareas cuenta con el Certificado Negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
12. El plazo previsto para la justificación de las subvenciones concedidas por la presente resolución finaliza el 31 de agosto de 2026, para lo cual, en virtud de lo establecido en el artículo 27.2.a).1 de la Orden de 15 de abril de 2011, se aportará cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto, que contendrá:
1. Una memoria de actuación con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. Esta memoria final del Proyecto no podrá tener carácter genérico y, por tanto, deberá especificar, en todos y cada uno de los centros donde se haya producido la intervención, el colectivo, alumnos, curso a los que pertenecen los mismos, las tareas realizadas por los mismos en cada una de las actividades, y de manera que sea plenamente identificada a la actividad subvencionada para el centro y el curso 2025/2026.
2. Una memoria económica justificativa del coste, a la que se anexará:
1. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
2. Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
3. Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el primer párrafo.
4. Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
5. Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba de haber solicitado la persona beneficiaria.
6. En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
Toda la documentación justificativa aportada deberá presentarse en original para proceder a su posterior estampillado, tal y como se recoge en el apartado 26.c) del cuadro resumen para la Línea 5.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Régimen Jurídico aplicable con carácter general.
A esta resolución de concesión de subvenciones le es de aplicación lo establecido tanto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo. Asimismo, le son de aplicación el Título VII del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Decreto 282/2010, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las demás disposiciones de obligado cumplimiento en la materia.
Segundo. Regulación aplicable de carácter específico.
1. La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social en la lucha contra el absentismo escolar, y consolidará el compromiso con la igualdad de oportunidades. También, en su artículo 19.1, determina que la Administración de la Comunidad Autónoma adoptará medidas que faciliten que el alumnado cuyas familias se dediquen a tareas agrícolas de temporada o profesiones itinerantes permanezca escolarizado en los centros docentes de su localidad de origen para favorecer un proceso educativo sin interrupciones.
2. Como continuación de esta premisa, el Decreto 167/2003, de 17 de junio, que establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas, dispone en su artículo 13 que la Consejería de Educación y Ciencia podrá conceder a los Ayuntamientos y entidades sin ánimo de lucro ayudas económicas para la realización de actuaciones que favorezcan la inserción socioeducativa del alumnado destinatario del presente decreto tales como: Programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, actividades extraescolares de apoyo y refuerzo y medidas de atención educativa del alumnado que no puede seguir un proceso normalizado de escolarización.
3. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a instancias de lo acordado por el Parlamento Andaluz en su sesión celebrada los días 25 y 26 de junio de 2003, aprobó el 25 de noviembre de 2003 el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, el cual fue desarrollado en determinados aspectos, entre otros la elaboración de los correspondientes Planes Provinciales de Absentismo escolar, por la Orden de la Consejería de Educación de 19 de septiembre de 2005.
4. El Consejo de Gobierno andaluz, como desarrollo de las premisas europeas incluidas en el Plan de Acción sobre Integración e Inclusión para el periodo 2021-2027, aprobó, por Acuerdo de 20 de julio de 2021, la Estrategia Andaluza para la Inmigración 2021-2025: Inclusión y convivencia, que reconoce como objetivo estratégico «reducir el porcentaje de abandono escolar temprano y promover el acceso a la educación en todos sus niveles, de la población migrada y refugiada», y como líneas de actuación a desarrollar, «el apoyo destinado a la reducción de las desigualdades sociales que dificultan la permanencia y promoción en el sistema educativo».
5. La Orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95 de 2011), establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y la Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa efectúa la convocatoria para el curso 2025/2026.
6. El Informe de Gabinete Jurídico DEPI00081/15, de 10 de noviembre de 2015, sobre terminación convencional del procedimiento de concesión de subvenciones, solicitado por la entonces Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Sevilla ante la aparente contradicción existente entre distintos apartados de la Orden de 15 de abril de 2011 sobre la terminación convencional del procedimiento, concluye considerando que «las bases excluyen la posibilidad de terminación convencional para el procedimiento de concesión de ayudas de que aquí se trata, al resultar ello de manera expresa del artículo 20 de dichas bases en relación con el apartado 18 de los cuadros resúmenes a los que remite ese precepto.»
7. Por último, son de aplicación para la presente resolución el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, así como la Orden de 7 de noviembre de 2019, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería.
8. Según lo establecido en el artículo 15 de las bases reguladoras de la Orden de 15 de abril de 2011, y en el apartado 13 del correspondiente cuadro resumen para la línea de subvención de actuaciones de las asociaciones sin ánimo de lucro para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, el órgano competente para resolver las mismas en la provincia de Sevilla es la persona titular de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla, que actúa por delegación de la persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Vistos los antecedentes y fundamentos expuestos, concurren los requisitos exigidos en la normativa de aplicación para la concesión de las subvenciones de las asociaciones sin ánimo de lucro para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, y en virtud de las atribuciones que me confiere dicha normativa, a propuesta de la Comisión Evaluadora Provincial,
HE RESUELTO
I. Conceder a las asociaciones sin ánimo de lucro que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución las ayudas económicas cuyo importe se indica, y para los proyectos que se relacionan.
II. Desestimar los proyectos de las asociaciones sin ánimo de lucro relacionadas en el Anexo II por los motivos que se mencionan.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Titular de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla, conforme a lo dispuesto en los artículos 112.1, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. No obstante, este recurso de reposición podrá ser sustituido por su impugnación directa ante los Juzgados de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 27 de noviembre de 2025.- El Delegado, Miguel Ángel Araúz Rivero.
ANEXO I
Relación definitiva de asociaciones sin ánimo de lucro beneficiarias
ANDALUCÍA POR LA ENSEÑANZA PÚBLICA
Proyecto: Contra el absentismo: Tolerancia Cero.
Finalidad:
• Prevenir los posibles casos de absentismo escolar, controlando diariamente la asistencia del alumnado al centro, llamadas diarias a las familias para requerir motivos, ver incorporación a comedores escolares de los centros de la zona que los tengan, actividades extraescolares específicas para este tipo de alumnado.
• Desarrollar medidas de seguimiento individualizado que se requieran. Despertar al alumnado y acompañamiento de su domicilio al centro.
• Apoyar, implicar y concienciar a las familias de los menores absentistas en el proceso educativo, modificando sus actitudes hacia la institución escolar y comprometiéndolos en la asistencia regular de sus hijos/as al centro. Creación de Escuela de Madres y Padres. Visitas a domicilio.
• Diseñar y aplicar planes de intervención psicosocial con los menores absentistas y sus familias.
Actividades:
• Visitas domiciliarias.
• Acompañamiento escolar y despertador.
• Actividades complementarias: apoyo escolar, refuerzo educativo y tutorías.
• Escuelas de Madres y Padres.
• Control de la asistencia al centro.
Municipio y zonas de actuación:
San Juan de Aznalfarache. Zona Eracis.
Periodo de ejecución: 1.12.2025 al 31.5.2026.
Gastos:
• Actividades 1 a 4: Contratación de un/a técnico/a por un periodo de 6 meses entre el 1 de diciembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026 y una jornada de 10 horas semanales.
◦ Coste salarios:
▪ Coste unitario (mes): 614,60 €.
▪ Coste total (por 6 meses): 3.687,60 €.
◦ Coste seguros sociales:
▪ Coste unitario (mes): 196,06 €.
▪ Coste total (por 6 meses): 1.176,36 €.
• Actividad 5: Contratación de un/a técnico/a por un periodo de 6 meses entre el 1 de diciembre de 2025 y el 31 de mayo de 2026 y una jornada de 10 horas semanales.
◦ Coste salarios:
▪ Coste unitario (mes): 614,60 €.
▪ Coste total (por 6 meses): 3.687,60 €.
◦ Coste seguros sociales:
▪ Coste unitario (mes): 196,06 €.
▪ Coste total (por 6 meses): 1.176,36 €.
Presupuesto aceptado: 9.727,92 €.
Subvención concedida: 9.727,92 €.
Cofinanciación y otras aportaciones: 0 €.
Porcentaje: 100%.
ASOCIACIÓN AVANTI ANDALUCÍA SIGLO XXI
Proyecto: «Avanti Familias»: Intervención integral con familias y alumnado.
Finalidad:
• Prevenir, disminuir y evitar el absentismo y el abandono escolar en la zona de actuación durante el curso 2025/2026.
• Desarrollar acciones concretas en concordancia al Protocolo Municipal de Absentismo de la Ciudad de Sevilla para la mejora y erradicación del absentismo del alumnado derivado.
• Ayudar a las familias en el proceso educativo del menor trabajando buenos hábitos parentales que garanticen un buen desarrollo tanto físico como emocional de los menores durante el curso 2025/2026.
• Proporcionar habilidades y herramientas a las familias para una parentalidad positiva.
• Fomentar la participación activa de las familias en la vida del centro educativo de sus hijos e hijas.
• Mediación familia escuela estableciendo una comunicación efectiva entre ellos, acercando la realidad sociofamiliar al equipo docente.
• Favorecer el acceso y escolarización del alumnado en situación de vulnerabilidad, producida por factores sociales, económicos, étnicos o culturales.
• Mejorar la situación de vulnerabilidad de las familias durante el curso 2025/2026.
Actividades:
• Actuaciones para la prevención, tratamiento y seguimiento del absentismo escolar: registro mensual de faltas de asistencia, recogida, acompañamiento y seguimiento del alumnado incorporado con un alto índice de absentismo, y seguimiento del alumnado absentista en proceso de incorporación a la ESO.
• Actuaciones para la mejora de la convivencia: mediación entre iguales y trabajo de habilidades para resolución de conflictos.
• Actuaciones para la mejora de las familias en la educación de sus hijos e hijas: mediación familia-escuela, talleres grupales e individuales de parentalidad positiva, y entrevistas con las familias para el seguimiento del adecuado uso de los instrumentos facilitados en los talleres de parentalidad positiva, organizar y/o participar en actividades de los centros escolares (acogimiento, Día de la Paz, Feria de las Culturas, Semana Cultural, etc.), fomentando la participación de las familias en las AMPAs, y Acompañamiento del alumnado que se incorpora ya comenzado el curso.
• Actuaciones para la mejora de la situación de vulnerabilidad de las familias: diagnóstico sociofamiliar y de empleabilidad de las familias, y organizar, ejecutar y/o derivar a talleres de formación grupales o individuales que mejoren las capacidades, habilidades y competencias digitales de las personas con IPIs en activo.
Municipio y zona de actuación:
Sevilla. Polígono Norte.
Periodo de ejecución: 1.1.2026 al 30.6.2026.
Gastos:
• Contratación de un/a trabajador/a social para la ejecución de las actividades del proyecto «Avanti Familias» en el CEIP Blas Infante, por un periodo de 6 meses y una jornada de 38,5 horas semanales.
◦ Coste salarios:
▪ Coste unitario (mes): 2.201,00 €.
▪ Coste total (6 meses): 13.206,00 €.
◦ Coste seguros sociales:
▪ Coste unitario (mes): 705,00 €.
▪ Coste total (6 meses): 4.230,00 €.
◦ Indemnización fin de contrato: 720,00 €.
• Contratación de un/a trabajador/a social para la ejecución de las actividades del proyecto «Avanti Familias» en el CEIP Francisca Romero, por un periodo de 6 meses y una jornada de 18,5 horas semanales.
◦ Coste salarios:
▪ Coste unitario (mes): 915,50 €.
▪ Coste total (6 meses): 5.493,00 €.
◦ Coste seguros sociales:
▪ Coste unitario (mes): 294,00 €.
▪ Coste total (6 meses): 1.764,00 €.
• Contratación de un coordinador para la coordinación de las actividades del proyecto «Avanti Familias», por un periodo de 1 mes y una jornada de 38,5 horas semanales.
◦ Coste salarios: 2.042,00 €
◦ Coste seguros sociales: 705,00 €
Presupuesto aceptado: 28.160,00 €
Subvención concedida: 28.160,00 €
Cofinanciación y otras aportaciones: 0 €
Porcentaje: 100%
ASOCIACIÓN CIMA
Proyecto: Programa de intervención sociofamiliar desde los centros educativos.
Finalidad:
• Atender las circunstancias sociofamiliares, económicas, culturales, o de otra índole que sostienen la asistencia irregular a la escuela para dar una respuesta efectiva que contribuya a resolver la situación de absentismo escolar.
• Favorecer líneas de acción preventivas desde las etapas de Educación Infantil hasta Secundaria.
• Concienciar a las familias de la importancia de la educación y la escolarización normalizada.
• Proporcionar a las familias estrategias y herramientas que contribuyan a un mejor ejercicio de sus funciones parentales.
• Prevenir situaciones de riesgo y/o exclusión social.
• Establecer los cauces de coordinación necesarios para favorecer las relaciones en el contexto (alumnado, familia, comunidad y Centro Educativo).
Actividades:
• Actividades con el alumnado a nivel individual:
◦ Acompañamiento y seguimiento del alumnado en proceso de matriculación e incorporación a la segunda etapa de educación infantil, a la etapa de educación primaria y a la etapa de educación secundaria obligatoria (tránsito).
◦ Actuaciones de acogida y fomento de la adaptación a la escuela.
◦ Intervención con el alumnado de Educación Infantil que presenta ausencias recurrentes a la escuela como estrategia de prevención.
◦ Intervención con el alumnado de secundaria que presenta retrasos continuos durante las primeras horas lectivas.
◦ Fomento de hábitos saludables.
• Actividades con alumnado a nivel grupal:
◦ Talleres motivacionales, de habilidades sociales, de hábitos saludables, y sobre diversidad e inclusión en el aula.
◦ Desarrollo de actitudes cooperativas, solidarias y de respeto.
◦ Mediación entre iguales.
• Actividades con las familias a nivel individual:
◦ Intervención directa con las familias: entrevistas, acompañamientos, visitas domiciliarias.
◦ Proyecto de intervención individualizado: diseño de un planteamiento adaptado a la situación familiar o del caso y elaboración del diagnóstico social.
◦ Orientación familiar: apoyo, acompañamiento y/o derivación a los recursos que fueran necesarios.
◦ Educación familiar: intervención dirigida al desarrollo de estrategias para el fomento de una mejora en los hábitos familiares de cuidados y atención de los/las menores.
◦ Servicio despertador.
• Actividades con las familias a nivel grupal:
◦ Talleres educativos familiares: protocolo de absentismo, iPasen, control parental, resiliencia parental, comunicación parental.
◦ Taller de higiene y prevención del contagio de enfermedades.
◦ Fomento de la participación activa de las familias en la vida escolar y en las actividades desarrolladas desde los centros educativos.
◦ Promoción de las AMPAs y Escuelas de familias.
• Actividades con los centros escolares:
◦ Participación en claustros, reuniones de tutores, sesiones de evaluación, E.T.C.P., reuniones de tutoras/es, reuniones con Departamentos de Orientación, EOEs, etc.
◦ Coordinación continuada con Equipo Educativo.
◦ Talleres sobre diferentes temáticas: Resolución de conflictos, resiliencia y autoestima, familia de origen del alumnado, conoce el barrio.
◦ Participación en campañas de sensibilización contra el absentismo escolar.
• Actividades con el entorno y los recursos comunitarios: Trabajo en red.
Municipio y zonas de actuación:
Sevilla. Palmete, Torreblanca, San Jerónimo.
Periodo de ejecución: 1.1.2026 al 30.6.2026.
Gastos:
• Gastos de personal:
◦ Contratación de dos trabajadores/as sociales para el desempeño de todas las actividades incluidas en el proyecto «Programa de intervención sociofamiliar desde los centros educativos» por un periodo de 6 meses y una jornada de 22 horas semanales.
- Coste salarios:
• Coste unitario (persona/mes): 1.267,06 €.
• Coste total (2 personas/6 meses): 15.204,72 €.
- Coste seguros sociales:
• Coste unitario (persona/mes): 408,25 €.
• Coste total (2 personas/6 meses): 4.899,00 €.
◦ Contratación de un/a trabajador/a social para el desempeño de todas las actividades incluidas en el proyecto «Programa de intervención sociofamiliar desde los centros educativos» más la coordinación del proyecto, por un periodo de 6 meses y una jornada de 23 horas semanales.
- Coste salarios:
• Coste unitario (mes): 1.324,66 €.
• Coste total (6 meses): 7.947,96 €.
- Coste seguros sociales:
• Coste unitario (mes): 426,81 €.
• Coste total (6 meses): 2.560,86 €.
• Gastos de funcionamiento: 1.080,00 €.
• Material fungible: 68,00 €.
Presupuesto aceptado: 31.760,54 €.
Subvención concedida: 31.760,00 €.
Cofinanciación y otras aportaciones: 0,54 €.
Porcentaje: 100%.
ASOCIACIÓN MARROQUÍ PARA LA INTEGRACIÓN DE INMIGRANTES
Proyecto: Tod@s Sumamos: Prevención, Mediación y Seguimiento del Absentismo Escolar en Sevilla (2025-2026).
Finalidad:
• Contribuir a la erradicación del absentismo escolar de los centros educativos de las zonas menos favorecidas en todas sus modalidades y contribuir a incrementar el rendimiento escolar del alumnado en riesgo de exclusión.
• Contribuir a la detección de los casos de absentismo escolar y brindar servicios de orientación y seguimiento para que su aplicación conlleve a que el alumnado permanezca en el sistema escolar.
• Implementar actividades de apoyo y refuerzo escolar del alumnado para incrementar su rendimiento y para nivelar al alumnado con problemas de rendimiento y riesgo de absentismo.
• Desarrollar actividades de educación emocional que contribuyan a reforzar y complementar la formación académica, así como desarrollar los aspectos intelectuales, físicos y sociales.
Actividades:
• Implementación de un servicio de atención a los casos de absentismo escolar.
• Sesiones de apoyo y refuerzo escolar.
• Actividades de educación emocional con el alumnado.
• Seguimiento y evaluación del proyecto.
• Comunicación y difusión del proyecto.
Municipio y centros de actuación:
Sevilla. Rochelambert – Distrito Cerro-Amate.
Periodo de ejecución: 1.1.2026 al 30.6.2026.
Gastos:
• Contratación de un/a mediador/a intercultural para el desempeño de las actividades incluidas en el proyecto «Tod@s Sumamos: Prevención, Mediación y Seguimiento del Absentismo Escolar en Sevilla (2025-2026)» por un periodo de 6 meses entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2026, y una jornada de 30 horas semanales, de las cuales se imputarán al proyecto subvencionado la totalidad de los meses de enero a marzo, 15 horas semanales los meses de abril y mayo, y 6,5 horas semanales el mes de junio.
◦ Mes 1: 30 horas semanales:
▪ Coste salarios: 1.360,95 €.
▪ Coste seguros sociales: 584,88 €.
▪ Coste IRPF: 52,45 €.
◦ Mes 2: 30 horas semanales:
▪ Coste salarios: 1.360,95 €.
▪ Coste seguros sociales: 584,88 €.
▪ Coste IRPF: 52,45 €.
◦ Mes 3: 30 horas semanales:
▪ Coste salarios: 1.360,95 €.
▪ Coste seguros sociales: 584,88 €.
▪ Coste IRPF: 52,45 €.
◦ Mes 4: 15 horas semanales:
▪ Coste salarios: 680,47 €.
▪ Coste seguros sociales: 292,45 €.
▪ Coste IRPF: 26,22 €.
◦ Mes 5: 15 horas semanales:
▪ Coste salarios: 680,47 €.
▪ Coste seguros sociales: 292,45 €.
▪ Coste IRPF: 26,22 €.
◦ Mes 6: 6 horas 30 minutos semanales:
• Coste salarios: 304,31 €.
• Coste seguros sociales: 130,86 €.
• Coste IRPF: 11,73 €.
Presupuesto aceptado: 8.440,02 €.
Subvención concedida: 8.440,00 €.
Cofinanciación y otras aportaciones: 0,02 €.
Porcentaje: 100%.
FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MUJERES GITANAS - FAKALI
Proyecto: Educarromí: Programa para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar en la infancia y la juventud gitana.
Finalidad:
• Prevenir, reducir y/o erradicar el absentismo escolar del alumnado gitano de zonas desfavorecidas.
• Incrementar la escolarización y aumentar el éxito académico del alumnado gitano.
Actividades:
• Caminando por la educación: Estrategia para la mejora educativa y la prevención del absentismo escolar en el pueblo gitano.
• Conociendo nuestros orígenes: Referentes que iluminan, raíces que enseñan y una historia que nos abre el camino hacia la igualdad.
• Redes que suman: Coordinación educativa para prevenir el absentismo escolar.
Municipio y zonas de actuación:
Sevilla: San Diego, Polígono Sur. Dos Hermanas: Bda. Los Montecillos y Alcolea del Río.
Periodo de ejecución: 1.1.2026 al 30.6.2026.
Gastos:
• Contratación de 2 técnicos/as Grupo III para la ejecución de todas las actividades incluidas en el proyecto «Educarromí: Programa para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar en la infancia y la juventud gitana» por un periodo de 6 meses y una jornada de 20 horas semanales en un caso y de 10 horas semanales en otro.
◦ Coste salarios:
▪ Coste unitario (mes técnico/a a 20 horas): 943,98 €.
▪ Coste unitario (mes técnico/a a 10 horas): 471,99 €.
▪ Coste total (2 técnicos/as por 6 meses): 8.495,82 €.
◦ Coste seguros sociales:
▪ Coste unitario (mes técnico/a a 20 horas): 304,14 €.
▪ Coste unitario (mes técnico/a a 10 horas): 152,07 €.
▪ Coste total (2 técnicos/as por 6 meses): 2.737,26 €.
Presupuesto aceptado: 11.233,08 €.
Subvención concedida: 11.233,00 €.
Cofinanciación y otras aportaciones: 0,08 €.
Porcentaje: 100%.
ASOCIACIÓN COOPERACIÓN Y DESARROLLO CON EL NORTE DE ÁFRICA – CODENAF
Proyecto: Intervención socioeducativa frente al absentismo escolar. Curso 2025-2026.
Finalidad:
• Apoyar la detección precoz, el control, el seguimiento y la evaluación del absentismo estudiando las causas del mismo e interviniendo de forma pertinente.
• Favorecer la continuidad y regularidad de la escolarización con la prevención del absentismo.
• Implicar a la comunidad educativa en la prevención, control y seguimiento del absentismo escolar. (instituciones, profesorado, familias y alumnado).
• Mostrar al alumnado la realidad laboral de diferentes profesionales, así como el conocimiento de referentes de la zona.
Actividades:
• Trabajo técnico de coordinación con los tutores, equipos directivo, etc.
• Intervención Socio-familiar en el centro con el alumnado potencialmente absentista.
• Talleres para el alumnado de carácter motivador.
• Aproximación al mundo laboral.
Municipio y centros de actuación:
Sevilla. Macarena-San Jerónimo.
Periodo de ejecución: 1.1.2026 al 30.6.2026.
Gastos:
• Contratación de un/a técnico/a para el desempeño de las actividades incluidas en el proyecto «Intervención socioeducativa frente al absentismo escolar. Curso 2025-2026» por un periodo de 6 meses y una jornada de 30 horas semanales.
◦ Coste salarios:
▪ Coste unitario (mes): 1.482,62 €.
▪ Coste total (6 meses): 8.895,72 €.
◦ Coste seguros sociales:
▪ Coste unitario (mes): 477,70 €.
▪ Coste total (6 meses): 2.866,20 €.
• Material fungible: 1.130,46 €.
Presupuesto aceptado: 12.892,38 €.
Subvención concedida: 12.892,38 €.
Cofinanciación y otras aportaciones: 0 €.
Porcentaje: 100%.
PROYECTOS EDUCATIVOS EIPO S.COOP. AND. DE INTERÉS SOCIAL
Proyecto: Conecta: Participación y Apoyo para la Asistencia Escolar.
Finalidad:
• Detectar y diagnosticar casos de absentismo escolar persistente o intermitente.
• Potenciar diariamente a los estudiantes en su asistencia matinal al centro y participación en clase.
• Realizar talleres de desarrollo socioemocional para reforzar la autoestima y motivación académica.
• Establecer una Escuela de Familias que fomente la implicación en el proceso educativo.
• Evaluar la efectividad de las actuaciones mediante indicadores cuantitativos y cualitativos.
Actividades:
• «Conéctate»: Talleres de Habilidades Sociales y Motivación.
• «Familias que Suman»: Escuela de Familias.
• Motivación educativa y trabajo comunitario en red.
Municipio y zonas de actuación:
Dos Hermanas: Zona Sur y Vistazul.
Periodo de ejecución: 1.12.2025 al 30.6.2026.
Gastos:
• Contratación de 1 mediador/a social para la ejecución de todas las actividades incluidas en el proyecto «Conecta: Participación y Apoyo para la Asistencia Escolar» por un periodo de 7 meses y una jornada de 12 horas semanales.
◦ Coste salarios:
▪ Coste unitario (mes): 630,00 €.
▪ Coste total (7 meses): 4.410,00 €.
◦ Coste seguros sociales:
▪ Coste unitario (mes): 420,00 €.
▪ Coste total (7 meses): 2.940,00 €.
Presupuesto aceptado: 7.350,00 €.
Subvención concedida: 7.350,00 €.
Cofinanciación y otras aportaciones: 0,00 €.
Porcentaje: 100%.
ANEXO II
Relación definitiva de asociaciones sin ánimo de lucro desestimadas, con las causas de desestimación
| Asociaciones | CIF | Causa de desestimación |
|---|---|---|
| AMPA Antonio Machado | No presenta subsanación en plazo | |
| Fundación Mornese | G41908608 | No subsana correctamente |
| Asociación Sastipem Thaj Mestapem | G91193771 | No presenta subsanación en plazo |
| Asociación de Drogodependencia Sombra y Luz | G41639287 | No presenta subsanación en plazo |
| Asociación de Prevención y Ayuda al Drogodependiente El Tarajal | G41300344 | No presenta subsanación en plazo |
BOJA nº 240 de 15/12/2025