Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 17/12/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias

Corrección de errores de la Resolución de 21 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba, con carácter transitorio, el baremo de méritos de formación, docencia, investigación y/u otros, exigibles para la promoción a los niveles III, IV y V de carrera profesional, para el personal de Gestión y Servicios y el personal sanitario de los grupos C1 y C2, y se adaptan las tablas efecto del baremo contenidas en la Resolución de 23 de mayo de 2022 (BOJA núm. 230, de 28.11.2025).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00330435.

Advertido error material en la Resolución de 21 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Personal, por la que se aprueba, con carácter transitorio, el baremo de méritos de formación, docencia, investigación y/u otros, exigibles para la promoción a los niveles III, IV y V de carrera profesional del Servicio Andaluz de Salud, para el personal de Gestión y Servicios y el personal sanitario de los grupos C1 y C2, y se adaptan las tablas efecto del baremo contenidas en la Resolución de 23 de mayo de 2022, de esta Dirección General de Personal, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 230, de 28 de noviembre, de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:

En la puntuación objetivo a alcanzar para progresar al nivel V en los apartados de docencia e investigación, contenida en la tabla inserta en la página 15963/11 dentro del Anexo II referente al Personal de Grupos A1 y A2 de Gestión y Servicios, Licenciados/as de Gestión y Servicios.

Donde dice:

TABLA Efecto del Baremo del personal Licenciado/a de Gestión y Servicios
NIVEL CRP EQUIPO CRP INDIVIDUAL FORMACIÓN DOCENCIA INVESTIGACIÓN PROMOCIÓN
Nivel III Mínimo: 65 Mínimo: 65 Objetivo: 37 puntos Objetivo: 15 puntos Objetivo>=212 puntos
Objetivo: 160 puntos Objetivo: 52 puntos
Máximo: 200 puntos Nivel IV Mínimo: 65
Mínimo: 65 Objetivo: 66 puntos Objetivo: 25 puntos Objetivo>=251 puntos Objetivo: 160 puntos
Objetivo: 91 puntos Máximo: 200 puntos
Nivel V Mínimo: 80 Mínimo: 80 Objetivo: 91 puntos Objetivo: 26 puntos
Objetivo: 14 puntos Objetivo>=301 puntos Objetivo: 170 puntos Objetivo: 131 puntos
Máximo: 200 puntos

Debe decir:

TABLA Efecto del Baremo del personal Licenciado/a de Gestión y Servicios
NIVEL CRP EQUIPO CRP INDIVIDUAL FORMACIÓN DOCENCIA INVESTIGACIÓN PROMOCIÓN
Nivel III Mínimo: 65 Mínimo: 65 Objetivo: 37 puntos Objetivo: 15 puntos Objetivo>=212 puntos
Objetivo: 160 puntos Objetivo: 52 puntos
Máximo: 200 puntos Nivel IV Mínimo: 65
Mínimo: 65 Objetivo: 66 puntos Objetivo: 25 puntos Objetivo>=251 puntos Objetivo: 160 puntos
Objetivo: 91 puntos Máximo: 200 puntos
Nivel V Mínimo: 80 Mínimo: 80 Objetivo: 91 puntos Objetivo: 30 puntos
Objetivo: 10 puntos Objetivo>=301 puntos Objetivo: 170 puntos Objetivo: 131 puntos
Máximo: 200 puntos

En el apartado 3, Formación en metodologías docentes, página 15963/13 in fine.

Donde dice:

Las horas de discente en estas acciones formativas que computen en el área de docencia se excluyen del total de 24 horas anuales máximas en formación.

Debe decir:

Las horas de discente en estas acciones formativas que computen en el área de docencia se excluyen del total de 24 puntos anuales máximas en formación.

En el apartado 5, Formación en metodología de la investigación, página 15963/14 in fine.

Donde dice:

Las horas de discente en estas acciones formativas que computen en el área de actividad científica e investigación se excluyen del total de 24 horas anuales máximas en formación.

Debe decir:

Las horas de discente en estas acciones formativas que computen en el área de actividad científica e investigación se excluyen del total de 24 puntos anuales máximas en formación.

Descargar PDF