Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 24/12/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Deporte

Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Innovación y Promoción Cultural, por la que se dispone el trámite de información pública en la tramitación del Plan General Estratégico del Flamenco.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en sus artículos 37.17 y 37.18, establece como principios rectores de las políticas públicas, el libre acceso de todas las personas a la cultura y el respeto a la diversidad cultural y la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía, especialmente del flamenco. Además, en su artículo 10.3, apartados 3.º y 5.º establece como objetivos básicos en el ejercicio de los poderes públicos de la Comunidad Autónoma, el afianzamiento de la conciencia de identidad y de la cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, así como el aprovechamiento y potenciación de todos los recursos económicos de Andalucía.

En su artículo 68.1 dicho Estatuto atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz.

Por otro lado, la Ley 4/2023, de 18 de abril, Andaluza del Flamenco establece en su artículo 13, la formulación del Plan General Estratégico del Flamenco que constituirá el instrumento básico y esencial en la ordenación de los recursos del flamenco en Andalucía.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de noviembre de 2024, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el 22 de noviembre de 2024, se aprobó la formulación del Plan General Estratégico del Flamenco de Andalucía.

El apartado quinto del citado Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 19 de noviembre de 2024, en su punto 3 establece que «La propuesta del Plan será sometida a información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el portal web de la Consejería competente en materia de cultura y patrimonio histórico».

En consecuencia, y dado que el proyecto del Plan General Estratégico del Flamenco afecta a los intereses legítimos de la ciudadanía, este Centro Directivo considera conveniente el sometimiento del mismo, al trámite de audiencia y de información pública previsto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el fin de fomentar la máxima participación de todas las personas, entidades, instituciones, organismos y empresas que pudieran estar interesadas y cuyos fines guardan relación directa con el objeto de la disposición, para que puedan realizar las alegaciones que estimen pertinentes y exponer su parecer sobre el contenido del texto en elaboración.

En su virtud,

RESUELVO

Primero. Someter al trámite de información pública el proyecto del Plan General Estratégico del Flamenco, durante un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que se formulen las observaciones que se estimen pertinentes.

Segundo. El texto del Plan Estratégico del Flamenco quedará expuesto durante dicho plazo para general conocimiento:

a) En formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía mediante el punto de acceso identificado con la expresión «Normativa en trámite de audiencia e información pública» al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/632410.html

b) En formato papel, en la Dirección General de Innovación y Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Deporte (Servicio de Innovación Cultural), sita en la calle Levíes, núm. 17, 41004 Sevilla, en horario de nueve a catorce horas, de lunes a viernes.

Tercero. Las aportaciones, observaciones y alegaciones que se deseen formular al Plan Estratégico del Flamenco deberán dirigirse a la Dirección General de Innovación y Promoción Cultural de la Consejería de Cultura y Deporte (Servicio de Innovación Cultural), indicando el Número de Identificación Fiscal y el nombre y apellidos de las personas físicas. En el caso de las personas jurídicas, deberán indicar su denominación y Número de Identificación Fiscal, y se presentarán:

a) Preferentemente , en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: ley.flamenco.ccph@juntadeandalucia.es

b) En formato papel, preferentemente, en el Registro General de la Consejería de Cultura y Deporte, sito en la calle San José, núm 13, 41004 en Sevilla, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de diciembre de 2025.- La Directora General, María Pía Halcón Bejarano.

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