Decreto 32/2025, de 4 de febrero, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el Santuario de Nuestra Señora de la Consolación de Tices, en Ohanes (Almería).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00315161.
Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.
I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.º de la Constitución.
En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo, en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción en el citado Catálogo, incluyéndose en el artículo 25 entre las tipologías de los inmuebles que serán objeto de inscripción la de los Monumentos, definidos en el artículo 26 de la misma norma como los edificios y estructuras de relevante interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen.
Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, y declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura y Deporte la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de bienes culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, correspondiendo a la Consejería, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, proponer al Consejo de Gobierno la declaración de Bienes de Interés Cultural, y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento, a este último dicha declaración. El artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone la forma de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, indicando que se podrá realizar de manera individual o colectiva.
El artículo 9 de dicha ley regula el procedimiento de inscripción, correspondiendo la resolución del procedimiento al Consejo de Gobierno, y añadiendo el artículo 11 que la inscripción de un Bien de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz podrá llevar aparejado el establecimiento de instrucciones particulares.
II. El Santuario de Nuestra Señora de la Consolación es un imponente edificio neoclásico en el que predomina la simplicidad y austeridad constructiva en sus formas. Se sitúa en la pedanía de Tices, localizada en Ohanes, municipio de la provincia de Almería que se integra en la Comarca de la Alpujarra Almeriense, concretamente en la denominada Alta Alpujarra, en el Parque Natural de Sierra Nevada.
El templo, por sus dimensiones, elegancia y carácter destaca en un paraje deshabitado en el que nunca existió población alguna. Sus volúmenes superan lo que tradicionalmente se denomina ermita, marcando un hito fundamental en un paisaje en el que constituye su seña de identidad. Aun situándose en un entorno casi despoblado y relativamente alejado de los dos núcleos principales que le rinden culto, Ohanes y Canjáyar, posee unas dimensiones mayores que las de la mayoría de las Iglesias parroquiales de la comarca.
El inmueble que ha llegado hasta nuestros días es el resultado de un largo proceso constructivo cuyo origen, muy probablemente, fue la conversión de una rábita medieval islámica en ermita, tras la conquista cristiana y expulsión de los moriscos de las Alpujarras. A lo largo de su historia ha sido depositario de una fuerte devoción y culto a la Virgen de Nuestra Señora de la Consolación y con anterioridad a San Marcos, patrón de Ohanes, manteniéndose durante un tiempo una titularidad y devoción compartidas. A principios del siglo XIX se produce su definitiva configuración y lo hace con el empleo de un lenguaje neoclasicista, entendido como el máximo exponente del ideal político, artístico y moral de la ilustración. El actual edificio comenzó a construirse en agosto del año 1800, durante el arzobispado de Juan Manuel Moscoso y Peralta, sobre la base de la edificación anterior. Los trabajos terminaron en 1804, aunque los de ornamentación continuaron hasta al menos 1811 con la escultura de la Virgen de la Consolación de la fachada principal.
Obra del arquitecto Juan Puchol, maestro mayor de obras del Arzobispado, el Santuario consta de una sola entrada en su fachada sur. Tiene planta centralizada, característica del neoclasicismo, que se forma mediante la combinación de dos figuras geométricas: la cruz latina que configura el perímetro exterior del edificio, y un octógono inscrito en el crucero que se desarrolla en altura, sirviendo de apoyo a la bóveda de media naranja. La centralización del espacio se refuerza mediante la colocación de las torres en diagonal con respecto a la planta, a ambos lados del coro, y conectadas a la fachada principal. Se consigue así combinar el gran espacio central que articula el edificio, con dos espacios individualizados, presbiterio y entrada con coro, que marcan un eje direccional hacia el altar mayor.
Además de los valores de carácter arquitectónico, artístico, histórico, paisajístico y técnico que posee el edificio, son muy destacables sus valores patrimoniales etnológicos materiales e inmateriales, ya que en torno a este Santuario y a su Virgen titular, se realiza una celebración ya consolidada desde antes de 1625, que constituye un importantísimo elemento de integración y cohesión. Se trata de una festividad, con varios rituales asociados, que se ha ido transmitiendo a lo largo de los años durante siglos, dotando a la comarca en general y a los municipios de Ohanes y Canjáyar en particular, de un fuerte sentimiento comunal de identidad y continuidad.
III. La Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Almería, mediante Resolución de 18 de agosto de 2023 (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 161, de 23 de agosto de 2023), incoó procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, tipología Monumento, del Santuario de Nuestra Señora de la Consolación de Tices, en Ohanes (Almería), siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.
La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Almería emitió informe favorable a la inscripción del referido bien en su sesión de 30 de enero de 2024, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la citada ley.
De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública, mediante Resolución de 18 de agosto de de 2023 de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Almería (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 161, de 23 de agosto de 2023), por la que quedó incoado el procedimiento, y de audiencia al Ayuntamiento de Ohanes, organismos y particulares interesados, habiéndose recibido escrito de alegaciones durante el trámite de audiencia que fueron contestadas por la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Almería, como consta en el expediente.
Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el Santuario de Nuestra Señora de la Consolación de Tices, en Ohanes (Almería), que se describe en el anexo al presente decreto.
En relación a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, procede instar el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero. Así mismo, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede el asiento gratuito de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.
En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte, a propuesta de la Consejera de Cultura y Deporte y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de febrero de 2025,
ACUERDA
Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el Santuario de Nuestra Señora de la Consolación de Tices, en Ohanes (Almería), cuya descripción figura en el anexo al presente decreto.
Segundo. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz el entorno del bien, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre. Dicho entorno abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el anexo y, gráficamente, en el plano de delimitación del bien y su entorno.
Tercero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bienes de Interés Cultural, por constituir parte esencial de su historia, los bienes muebles y la actividad que se relacionan y describen en el anexo al presente decreto.
Cuarto. Instar la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente y en el Registro Autonómico de Instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, a través de su inclusión en el catálogo urbanístico del municipio afectado.
Quinto. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores de los bienes que tienen el deber de conservarlos, mantenerlos y custodiarlos, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma.
Sexto. Dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el registro correspondiente.
Séptimo. Ordenar que el presente decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su publicación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.a), 14.1. regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 4 de febrero de 2025
JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
Presidente de la Junta de Andalucía | |
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ | |
Consejera de Cultura y Deporte |
ANEXO
I. Denominación.
Santuario de Nuestra Señora de la Consolación de Tices.
II. Localización.
Provincia: Almería.
Municipio: Ohanes.
III. Descripción.
El Santuario de Nuestra Señora de la Consolación se localiza en una loma situada a 1089 metros sobre el nivel del mar, entre la Rambla de Tices y el Barranco de la Florida. Para acceder al lugar hay que seguir la carretera AL-3404 que une Canjáyar con Abla por el puerto de Santillana, a cinco kilómetros del centro de Ohanes en dirección norte.
Consta el edificio de dos partes claramente diferenciadas, zonas que se conectan con sendas lonjas porticadas que dotan de unidad a la planta: en la parte meridional se encuentra la Iglesia de planta centralizada, con dos torres plegadas con respecto a la línea de fachada. Y en la parte norte, la denominada «vivienda del Ermitaño» y «vivienda del Capellán», un almacén y una cuadra, articulados en torno a un patio. Alrededor del complejo arquitectónico principal se desarrolla, hacia el oeste, un espacio ajardinado con parterres y una fuente circular, con una escultura de un Sagrado Corazón; y al este y al norte una explanada cuyo uso tiene que ver con la romería de la Virgen que se celebra actualmente en el mes de agosto y otras celebraciones.
Frente a la fachada principal de la iglesia existe un pilar, actualmente en desuso, con dos cabezas encastradas de las que salen sendos caños de agua. Así mismo en el entorno inmediato al santuario existen una serie de construcciones de poca entidad y espacios de usos agrícolas.
La iglesia consta de una sola entrada en su fachada sur. Tiene planta centralizada, característica del neoclasicismo, que se forma mediante la combinación de dos figuras geométricas: la cruz latina que configura el perímetro exterior del edificio, y un octógono inscrito en el crucero que se desarrolla en altura, sirviendo de apoyo a una bóveda de media naranja. La centralización del espacio se refuerza mediante la colocación de las torres en diagonal con respecto a la planta, a ambos lados del coro, y conectadas a la fachada principal. Se consigue así combinar el gran espacio central que articula el edificio, con dos espacios individualizados, presbiterio y entrada con coro, que marcan un eje direccional hacia el altar mayor. El presbiterio ocupa la cabecera del templo. Su planta es rectangular cubierta con bóveda de medio cañón sobre arcos torales. En la cabecera, bajo el arco toral se localiza el retablo mayor y a ambos lados de éste se localizan las puertas de acceso a distintos espacios: hacia la izquierda el salón y vestíbulo que da acceso al camarín de la Virgen, y a la derecha la sacristía y el despacho.
El retablo mayor está realizado en piedra jaspeada de color rojo combinada con piedra gris en los capiteles, cornisas y entablamento. Tiene una concepción simple, a modo de fachada, con un solo cuerpo sobre banco, ático y tres calles.
La zona central del templo se cubre mediante bóveda de media naranja sobre tambor octogonal y pechinas. Tiene una luz de 10,50 metros y se remata en su clave con una linterna con cupulilla. El intradós de la bóveda está ornamentado con decoración pictórica marcando los casquetes de la esfera y con elementos florales a modo de guirnaldas que se repiten en las pechinas con escudos con la leyenda que compone: «Ave/María/». En el trasdós de la bóveda la sección octogonal se prolonga en altura y sirve de asiento a una estructura de madera que forma la cubierta.
La ornamentación del templo es simple, con predominio del lenguaje que el neoclasicismo de finales del siglo XVIII y comienzos del XX aplica a la arquitectura religiosa periférica. Predomina la funcionalidad del edificio, la simplicidad y la austeridad constructiva en sus formas, sobre cualquier otro tipo de consideración decorativa. En sus fachadas desaparece casi por completo cualquier referencia que haga alusión a su carácter religioso, exceptuando la pequeña escultura en piedra de la Virgen en su fachada principal. En el interior los elementos ornamentales se reducen a la triple moldura de ladrillo enlucida con yeso policromado imitando mármol jaspeado, que marcan la línea de impostas de los arcos torales y recorren el templo a modo de cornisa, y la decoración pictórica de tipo floral en las pechinas, bóveda, retablos y camarín. Toda la iconografía se concentra en el retablo mayor del templo y en los dos altares laterales.
La fachada sur es la única con portada de todo el edificio. Está realizada con piedra rojiza jaspeada, reproduciendo un esquema muy básico: dos pilastras a ambos lados de la entrada enmarcan un pequeño dintel. Sobre él se desarrolla la cornisa, y encima un nicho en el centro coronado por un frontón triangular con un óculo en el centro, que ilumina el trasdós de las bóvedas y sirve de ventilación al sistema de cubiertas. Cómo únicos elementos decorativos destacan un óvalo con el anagrama del Ave María, triglifos a ambos lados del dintel y la escultura en piedra de la Virgen de la Consolación en la pequeña hornacina. A ambos lados dos molduras curvas flanquean el nicho y caen sobre la cornisa. En la parte superior de la fachada una faja recorre el edificio. En su parte central se interrumpe por un gran vano semicircular de tipo termal.
IV. Delimitación del bien.
La delimitación del bien se ciñe a la parcela catastral identificada con la referencia catastral 000400100WG20A0001UL, cuya delimitación gráfica sobre la cartografía catastral se muestra en el plano anexo.
V. Delimitación del entorno.
De acuerdo a lo previsto en el artículo 28 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, se establece un entorno de protección para el bien, incluyendo un área que se compone de las parcelas que limitan directamente con la que ocupa el Monumento, en las que cualquier intervención podría afectarle, además de los espacios públicos que lo rodean y las parcelas colindantes, que constituyen el entorno visual y ambiental inmediato, todas ellas completas, cuya delimitación gráfica sobre la cartografía catastral se muestra en el plano anexo.
Polígono Parcela Referencia Catastral
2 335 04067A002003350000BM
2 133 04067A002001330000BB
2 135 04067A002001350000BG
DS BARRIO DE TICES 000900300WG20A0001RL
2 138 04067A002001380000BL
2 328 04067A002003280000BP
VI. Bienes Muebles y elementos inmuebles vinculados.
1. Escultura de Nuestra Señora de la Consolación: imagen titular del Santuario. Es una talla en madera policromada sobre peana que representa la iconografía característica de la Virgen madre, sosteniendo en el brazo izquierdo al Niño y en su derecho la Cruz. El Niño porta el mundo en su manita izquierda y con la derecha bendice. Es obra del imaginero granadino Eduardo Espinosas Cuadros, realizada en 1939 a semejanza de la original que fue quemada durante la Guerra Civil.
Materia: Madera. Técnica: Talla policromada. Estilo: Neobarroco. Cronología: 1939. Localización: Interior del camarín, retablo mayor del Santuario.
2. Ecce Homo: Busto corto de terracota policromada, representando a Cristo coronado de espinas y vestido con el manto púrpura. En escorzo y de exquisito modelado, estamos ante una escultura barroca de notable calidad artística, datable en torno a finales del siglo XVII o principios del siglo XVIII, y que por sus características estilísticas podría provenir de los talleres barrocos granadinos muy cercanos a la obra de los hermanos García –Jerónimo Francisco y Miguel Jerónimo–, clérigos de la colegiata de El Salvador de Granada y autores de numerosas imágenes de este tipo en los primeros años del siglo XVII. Restaurado entre 2007 y 2008, ha recuperado su policromía original.
Materia: terracota. Técnica: talla policromada. Estilo: barroco. Cronología: finales siglo XVII-principios siglo XVIII. Localización: interior del Santuario.
3. Grabado de don Juan Manuel de Moscoso y Peralta: el grabado, con marco dorado, representa al Arzobispo don Juan Manuel Moscoso, promotor de la construcción del Santuario de Tices, y está fechado en 1795, según consta en ángulo inferior derecho, dos años antes de su visita pastoral a la Alpujarra Almeriense en otoño de 1797. Iconográficamente la imagen tiene interés por la composición pues representa un cuadro ovalado dentro de un cuadro rectangular al que se añade debajo el escudo del Arzobispo y la inscripción, respondiendo a lo que se conoce como «el cuadro dentro del cuadro», en este caso por partida doble. A ambos lados del escudo, una inscripción relata nombre, procedencia, méritos y condecoración del Arzobispo. En los ángulos inferiores aparecen los nombres de los autores, lugar y fecha del grabado.
Materia: Papel y tinta. Técnica: Grabado. Estilo: barroco. Cronología: 1795. Localización: interior del Santuario.
4. Pilar de Tices: Fuente de vaso rectangular, con sencillo frontón en su parte superior, situada frente a la fachada principal del templo. Se encuentra actualmente en desuso. El elemento fundamental lo constituyen dos cabezas antropomorfas con rasgos felinos esculpidas en piedra, de donde salen los caños. Su origen es anterior a la construcción del actual Santuario.
VII. Actividad.
Del ritual en torno a la imagen de la Virgen de Nuestra Señora de la Consolación se tiene constancia desde 1744. El origen de la devoción se remonta, según la tradición popular, a los hechos protagonizados por un soldado de Beires quien, regresando de la Guerra de Nápoles, portaba la citada imagen en su mochila. Al llegar al lugar que hoy ocupa el santuario le fue imposible continuar su camino por causas sobrenaturales. El suceso se atribuye a la intervención de la Virgen para señalar el futuro lugar donde debía producirse el culto, junto a la antigua Ermita de San Antón, espacio singular y con valores simbólicos asociados.
La Hermandad de la Virgen de la Consolación y el pueblo de Ohanes y la comarca son la comunidad que sustenta y protagoniza la celebración. La tarde-noche del día 14 de agosto las personas asistentes se dirigen al santuario de Tices. Allí pasarán la noche tanto en el Santuario rezando a la Virgen, como en la explanada a la luz de las hogueras, entre cánticos, comida y bebida. La gente ocupa los porches, cañaverales, paratas e incluso el arroyo hasta el amanecer. En la tarde del día 15 de agosto se traslada la imagen a Ohanes. En el lugar llamado «El Puerto», cuando se da vista a la localidad, se da la bienvenida por aquellas personas que no han asistido a la romería, se entona la Salve y se pasea por las calles del pueblo. La Virgen permanecerá en la iglesia hasta su posterior traslado en noviembre. En torno al día 8 de septiembre se celebran en Ohanes, en honor de la patrona del municipio, Nuestra Señora de la Consolación de Tices, actos y una procesión. El ciclo ritual anual termina con la «Octava». Se trata de una fiesta cuya finalidad es la de despedir a la Virgen con motivo de su traslado de vuelta al Santuario de Tices. Dicha despedida comienza con una misa y procesión de la imagen acompañada de personas con velas; finalizando con una traca de cohetes. Al domingo siguiente, ocho días después, se hace la romería de vuelta desde Ohanes hasta Tices. Durante el recorrido se canta varias veces la famosa «Salve» en sus dos vertientes: «Salve Lenta» en el «Puerto» y en el Santuario de Tices y durante el recorrido, se entona la «Salve Rápida» en varias ocasiones.
VIII. Cartografía.
La cartografía base utilizada es la Cartografía Catastral de la Dirección General de Catastro 2024 y Ortofotografía PNOA del Instituto Geográfico Nacional 2022. Servicio WMS.
Descargar PDF
BOJA nº 26 de 07/02/2025