Resolución de 27 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada, por la que se actualiza el catálogo de productos ópticos a personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco.
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La Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, hoy Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, de 31 de julio de 2001, regula el procedimiento para la concesión de bonificaciones en la adquisición de productos ópticos para las personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco, estableciendo en su anexo el Catálogo de productos ópticos objeto de bonificación.
Por otra parte, el artículo 6 de dicha orden establece que la actualización de productos ópticos, cantidades y bonificaciones se realizará mediante resolución de la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto andaluz de Servicios Sociales, organismo extinguido según la disposición adicional única del Decreto 220/2003, de 22 de julio, por la que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Asuntos Sociales.
El contexto actual del incremento generalizado de precios en todos los sectores, así como la actualización de los productos hace necesaria la actualización del catálogo de productos ópticos, con objeto de garantizar que las personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco puedan beneficiarse de la bonificación de productos ópticos adecuándose a la situación actual.
En virtud, de las facultades conferidas la Orden de 31 de julio de 2001, de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, el Decreto 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y el artículo 12 del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, a la persona titular de la Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada le corresponden, entre otras, las siguientes atribuciones:
Artículo 12. Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada.
A la persona titular de la Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada, le corresponden, además de las atribuciones previstas en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre , las siguientes funciones:
a) El desarrollo, impulso y seguimiento de la Ley 6/1999, de 7 de julio, de Atención y Protección a las Personas Mayores.
b) El diseño, desarrollo, coordinación y promoción de las políticas de envejecimiento activo, así como de las políticas relativas a la soledad no deseada.
Es por ello que esta Dirección General de Personas Mayores, Participación Activa y Soledad no deseada, en virtud de las facultades conferidas en el párrafo anterior,
RESUELVO
Primero. Aprobar la actualización del catálogo de productos ópticos objeto de bonificación que figura en el anexo a la presente resolución.
Segundo. La actualización tendrá efectos a partir del día 1 de febrero de 2025.
Sevilla, 27 de diciembre de 2024.- La Directora General, Rocío Barragán Barragán.
ANEXO I
CATÁLOGO DE PRODUCTOS ÓPTICOS OBJETO DE BONIFICACIÓN
Producto óptico: Gafas monofocales.
Precio máximo del producto objeto de bonificación:
- Lentes de graduación igual o superior a 6 dioptrías: 85 €.
- Lentes de graduación superior a 6 dioptrías: 95 €.
- Filtros patología ocular: 90 €.
Bonificación para las personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco: 30%.
Bonificación para las personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco oro: 55%.
Producto óptico: Gafas progresivas.
Precio máximo del producto objeto de bonificación:
- Lentes de graduación igual o superior a 6 dioptrías: 220 €.
- Lentes de graduación superior a 6 dioptrías: 240 €.
- Filtros patología ocular: 90 €.
Bonificación para las personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco: 30%.
Bonificación para las personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco oro: 55%.
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