Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 13/02/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Consumo

Corrección de errores de la Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a, Cocinero/a, Técnico/a Especialista en Electromedicina, Técnico/a Especialista en Informática, Técnico/a Especialista en Mantenimiento de Edificios e Instalaciones Industriales, Técnico/a Intermedio/a en Prevención de Riesgos Laborales y Técnico/a Superior de Alojamiento, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024 (BOJA núm. 26, de 7.2.2025).

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Advertido error material en el Anexo IV «Criterios de prelación y orden alfabético» de la Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 26, de 7 de febrero de 2025), por la que se convoca concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a, Cocinero/a, Técnico/a Especialista en Electromedicina, Técnico/a Especialista en Informática, Técnico/a Especialista en Mantenimiento de Edificios e Instalaciones Industriales, Técnico/a Intermedio/a en Prevención de Riesgos Laborales y Técnico/a Superior de Alojamiento, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024, de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos, procede su rectificación y publicación.

En uso de las facultades conferidas en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y en el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre (BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General

RESUELVE

Único. Rectificar el Anexo IV «Criterios de prelación y orden alfabético» de la Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 26 de 7 de febrero de 2025), por la que se convoca concurso-oposición, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a, Cocinero/a, Técnico/a Especialista en Electromedicina, Técnico/a Especialista en Informática, Técnico/a Especialista en Mantenimiento de Edificios e Instalaciones Industriales, Técnico/a Intermedio/a en Prevención de Riesgos Laborales y Técnico/a Superior de Alojamiento, dependientes del Servicio Andaluz de Salud, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2022, 2023 y 2024:

Página 1505/10.

Donde dice:

«ANEXO IV

CRITERIOS DE PRELACIÓN Y ORDEN ALFABÉTICO

1. En caso de que se requiera una actuación individualizada de prelación de las personas aspirantes en la pruebas selectivas convocadas, y solo a estos efectos, el orden de actuación será el determinado por la Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la presente resolución y que se celebren durante el año 2024: será por orden alfabético a partir de la persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «G». En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «G», el orden de actuación se iniciará por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «H» y así sucesivamente.

(…)»

Debe decir:

«ANEXO IV

CRITERIOS DE PRELACIÓN Y ORDEN ALFABÉTICO

1. En caso de que se requiera una actuación individualizada de prelación de las personas aspirantes en la pruebas selectivas convocadas, y solo a estos efectos, el orden de actuación será el determinado por la Resolución de 31 de enero de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determina el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la presente resolución y que se celebren durante el año 2025: será por orden alfabético a partir de la persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «H». En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «H», el orden de actuación se iniciará por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «I» y así sucesivamente.

(…)»

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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