Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 24/02/2025

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 19 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Telefonista, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declaran decaídas a las personas que se citan, y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino.

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En la base general 10.1.4 y 10.1.5 del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2023, BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, y BOJA núm. 80, de 28 de abril, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, aprobadas mediante el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, la persona titular de la Dirección General competente en materia de personal requerirá al Tribunal Calificador una relación complementaria de las plazas convocadas, con las personas aspirantes propuestas para su posible nombramiento como personal estatutario, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Que se produzca la renuncia de alguno de las personas aspirantes seleccionados, tanto tácita como expresa, o que tenga lugar el fallecimiento de algunos de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión. b) Que alguna de las personas propuestas no acredite los requisitos señalados en la base 4, en forma y plazo establecidos en la base 12.3, o que del examen de dicha documentación se deduzca que el aspirante carezca de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, en cuyo caso se le dará audiencia; por la persona titular de la Dirección General competente en materia de Personal se dictará resolución por la que se acordará publicar la relación complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento como Personal Estatutario fijo, las cuales deberán presentar la solicitud de petición de centro de destino en la forma y términos establecidos en la base 11.

Por su parte, mediante Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 22, de 3 de febrero), se modifica la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 209, de 25 de octubre), por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Telefonista, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, y por la que se declaran decaídas a las personas aspirantes que se citan y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino, y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan.

Dicha resolución, en su resuelve tercero, concede, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles, a partir del día hábil siguiente al de publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a las personas candidatas que se citan en el Anexo III de esta resolución para subsanar la falta de presentación de declaración responsable. Asimismo, establece que, aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud, de conformidad con lo establecido en la base 11.6.

Por su parte, la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 209, de 25 de octubre), en su resuelve quinto establece que, en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que en el caso de existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación los aspirantes que no hubieran obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por la que se publica la relación complementaria de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución de esta Dirección General de Personal.

Por otro lado, de acuerdo a los límites temporales fijados con carácter básico, los procesos de estabilización coincidentes en cuanto a la categoría/cuerpos convocados, no pueden más que ser coordinados por la Administración competente, determinando las convocatorias la regulación de los mismos con base en lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y en Decreto-ley 12/2022, permitiendo, a su vez, alcanzar los objetivos marcados por la mencionada Ley 20/2021 en los plazos establecidos en la misma. En la presente convocatoria para cubrir plazas básicas vacantes de la categoría de Telefonista, por el sistema de concurso, mediante Resolución de 26 de junio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (publicada en la página web del Servicio Andaluz de Salud con fecha 28 de junio de 2024), se aprobaron las listas definitivas de personas que superan las pruebas selectivas de concurso, modificadas por Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (publicada en la página web del Servicio Andaluz de Salud con fecha 16 de octubre de 2024). Posteriormente se dictaron las Resoluciones de 21 de octubre de 2024 (BOJA núm. 209, de 25 de octubre) y de 29 de enero de 2025 (BOJA núm. 22, de 3 de febrero), todas ellas de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por las que de conformidad con las bases reguladoras se iniciaron los trámites para proceder al acuerdo del nombramiento de las personas aspirantes seleccionadas.

A día de hoy, y pese al dictado de las resoluciones citadas en el punto anterior, no se ha conseguido concluir la fase de nombramiento del presente proceso selectivo de concurso, siendo esta situación determinante para que pueda producirse los siguiente acuerdos de nombramiento de las personas que han superado el proceso selectivo de concurso oposición de la misma categoría de Personal de Telefonista, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022.

Ante tales circunstancias singulares, esta Administración tiene el deber de hacer efectivo la aplicación del acuerdo a los límites temporales fijados con carácter básico en la mencionada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. A tal fin, dada la existencia de la posible consideración como personas que cuenten con una puntuación total consecutiva e ininterrumpida a las inicialmente propuestas y, en consecuencia, suficiente para formar la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría de conformidad con las bases de la convocatoria, es por lo que resulta procedente en este momento la realización de requerimiento de presentación de solicitudes de petición de destino a favor del conjunto de los aspirantes del proceso y que constan en el Anexo III de la presente resolución, ello en previsión de tales circunstancias y con objeto de preparar y resolver de manera ágil el presente proceso selectivo de concurso, con sujeción a las bases de la convocatoria, a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y al Decreto-ley 12/2022, de 29 de noviembre, por el que se regulan los procesos selectivos derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se establecen medidas de utilización de dichos procedimientos y se adoptan, con carácter temporal, medidas en materia de selección de personal funcionario interino en la Administración General de la Junta de Andalucía.

Así, existiendo personas que no han subsanado la falta de presentación de declaración responsable requerida por la citada Resolución de 29 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 22, de 3 de febrero), habiendo personas que siendo requeridas para presentación de solicitudes de petición de centro de destino en la citada resolución, han desistido de su participación en el presente proceso selectivo, y existiendo personas que han sido nombradas en el proceso selectivo de estabilización de empleo temporal de concurso, conforme establece la D.A. 37.ª de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, no podrán ser propuestas para adquirir la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo o de personal estatutario fijo en más de un cuerpo, especialidad o categoría profesional, debiendo en estos casos comunicar a esta Dirección General de Personal, como órgano convocante, su opción y serán excluidas de cualquier otro proceso de estabilización de empleo temporal en el que hayan participado, procede declararlas decaídas en sus derechos derivados del concurso convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), por la que se convoca concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías y especialidades dependientes del Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias de la Junta de Andalucía, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, procede acudir a la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal estatutario fijo, requiriéndoles presentación de solicitudes de petición de destino.

De acuerdo con lo anterior y de conformidad con lo establecido en las bases 12 y 13 del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2023, BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, y BOJA núm. 80, de 28 de abril, en el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en virtud de las atribuciones que se le asignan en el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre (BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General

RESUELVE

Primero. Nombrar personal estatutario fijo a las personas aspirantes que han superado el concurso, por el sistema de acceso libre, en la categoría de Telefonista, que se relacionan en el Anexo I de esta resolución con expresión del centro de destino adjudicado. De conformidad con lo establecido en la base 12.1 del anexo de las bases generales, las plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino solicitados por las personas aspirantes que han superado el concurso y al orden determinado por la puntuación obtenida en el mismo, y conforme a lo establecido en la base 12.2 para quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de lo establecido en la base 11.4 del anexo de las bases generales respecto a las personas aspirantes que participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.

Segundo. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases generales, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir del primer día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.

Tercero. Declarar decaídas en su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo como consecuencia de este concreto proceso selectivo a las personas que se relacionan en el Anexo II de esta resolución, al no haber sido subsanada la falta de presentación de la documentación requerida en el plazo otorgado al efecto, en la señalada Resolución de 29 de enero de 2025, de Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 22, de 3 de febrero), por la que se modifica la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 209, de 25 de octubre), por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Telefonista, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, y por la que se declaran decaídas a las personas aspirantes que se citan y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino, y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan, que habiendo sido requeridas para presentación de peticiones de centro de destino, en la citada resolución, han desistido de su participación en el presente proceso selectivo, o que han sido nombradas en el proceso selectivo de estabilización de empleo temporal de concurso.

Cuarto. Publicar como Anexo III de esta resolución relación complementaria de personas aspirantes a las que se acude en esta resolución, y que, siguiendo a las que superan el concurso de Telefonista, por el sistema de acceso libre, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino, para su posible nombramiento como personal estatutario fijo.

Quinto. Las personas aspirantes que figuran en el Anexo III de esta resolución deberá presentar, en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, inclusive, la solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la Ventanilla Electrónica de la persona candidata (VEC) disponible en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).

En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas aspirantes incluidas en la relación complementaria del Anexo III de esta resolución, con independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destino ofertados especificando para ello los códigos de centros indicados en el anexo de la Resolución de 26 de septiembre de 2024 (publicada en la web del Servicio Andaluz de Salud el día 1 de octubre de 2024), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino en el concurso de Telefonista, por el sistema de acceso libre, convocadas mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, en desarrollo de la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.

En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará bajo su responsabilidad que:

a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.

b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.

c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad, que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.

La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en la presente resolución deberá ser presentadas de forma electrónica a través de la VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.

Sexto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el apartado quinto, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de febrero de 2025.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.

ANEXO I

ASPIRANTES NOMBRADOS PERSONAL ESTATUTARIO FIJO

APELLIDOS, NOMBRE DNI PTOS. TOTAL CÓD. DESTINO DESTINO
ALMAGRO MARISCAL, GRACIA YOLANDA ***2421** 97,694 8921 HOSPITAL VIRGEN MACARENA
CABANILLAS LÓPEZ, LUCÍA ***6873** 86,564 8925 HOSPITAL DE VALME
HERNÁNDEZ COBOS, MARCELINA ***9112** 93,000 8920 HOSP. UNIV. VIRGEN DEL ROCÍO
SOLARI RAMOS, AMALIA ***2749** 88,314 2921 HOSPITAL UNIV. PUERTO REAL

ANEXO II

PERSONAS ASPIRANTES DECAÍDAS EN SU DERECHO

APELLIDOS, NOMBRE DNI
AGUILERA TERRONES, ENCARNACIÓN ***1714**
FUENTES JUAN, ANDRÉS ***3269**
LUQUE MARÍN, ANTONIA ***9023**
MEDINA BLANDÓN, ABEL ***6442**
RAEZ HUERTAS, JONATAN ***5836**

ANEXO III

PERSONAS ASPIRANTES A LA QUE SE LES REQUIERE PARA QUE PRESENTEN SOLICITUD DE CENTRO DE DESTINO

APELLIDOS, NOMBRE DNI
DEL VALLE GÓMEZ, INMACULADA CONCEPCIÓN ***5272**
GARCÍA IZQUIERDO TERENTI, ANA ***5056**
MOYO MARTÍN, MARÍA ISABEL ***8351**
SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, MARÍA DEL CARMEN ***1732**
SÁNCHEZ RUIZ, ANA ISABEL ***7347**
SUÁREZ GARCÍA, MARÍA LUISA ***7954**

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