Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda publicar la propuesta de estructura de costes y fórmula de revisión de las tarifas para la explotación de los aparcamientos que formarán parte del contrato mixto de contratación de las obras del Nuevo Hospital de Málaga y concesión de obras de los aparcamientos.
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ANTECEDENTES
Primero. El Servicio Andaluz de Salud está preparando la licitación de un contrato mixto de obras y concesión de obras, al objeto de dotar a la ciudad de Málaga de un nuevo hospital. La parte del objeto contractual consistente en la concesión de obras implica la construcción por el contratista de un edificio destinado fundamentalmente a aparcamientos, y su explotación. A esta explotación se suma la zona del edificio del hospital, objeto de la parte del objeto del contrato de obras, destinada igualmente a dicho uso.
Segundo. Con fecha 25 de noviembre de 2024 se ha publicado el estudio de viabilidad de la mencionada concesión.
Tercero. Con fecha 11 de febrero de 2025 se ha solicitado a siete operadores económicos la estructura de costes de su actividad empresarial en el ámbito de la explotación de aparcamientos públicos.
Cuarto. Con la información suministrada por los operadores económicos consultados y que han atendido la solicitud, se ha confeccionado la propuesta de estructura de costes y fórmula de revisión de las tarifas que en su momento se aprueben para la explotación de los citados aparcamientos, la cual se adjunta en anexo de esta resolución.
Considerando los siguientes
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. El Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, regula en su artículo 9 la revisión periódica y predeterminada de precios en los contratos del sector público distintos a los contratos de obras y a los contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas, disponiendo en su apartado 1 que los precios contenidos en los contratos del sector público distintos a los contratos de obras y a los contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas, sólo podrán ser objeto de revisión periódica y predeterminada.
Segundo. En el apartado 2 del citado artículo, el R.D. 55/2017 establece que procederá la revisión periódica y predeterminada de dichos precios, transcurridos dos años desde la formalización del contrato y ejecutado al menos el 20 por ciento de su importe, cuando concurran acumulativamente las siguientes circunstancias:
a) Que el período de recuperación de la inversión del contrato sea igual o superior a cinco años, justificado conforme al criterio establecido en el artículo 10.
b) Que así esté previsto en los pliegos, que deberán detallar la fórmula de revisión aplicable.
Tercero. En el apartado 7 del citado artículo se dispone que, para los contratos con un precio igual o superior a cinco millones de euros, el órgano de contratación incluirá en el expediente de contratación un informe preceptivo valorativo de la estructura de costes, emitido por el Comité Superior de Precios de Contratos del Estado. No obstante, este informe podrá ser recabado del órgano autonómico consultivo en materia de contratación pública que, en el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía, es la Comisión Consultiva de Contratación Pública.
Cuarto. Dado que, en el contrato mixto de obras y concesión de obras para la construcción de un hospital en Málaga, concurren los requisitos mencionados, resulta de aplicación el procedimiento regulado en esta norma, por lo que procede:
a) Solicitar a cinco operadores económicos del sector la remisión de su estructura de costes.
b) Elaborar una propuesta de estructura de costes de la actividad. Para ello utilizará, siempre que sea posible, la información de las respuestas que reciba de los operadores económicos mencionados en la letra anterior.
c) Someter su propuesta de estructura de costes a un trámite de información pública por un plazo de 20 días. En caso de que se presenten alegaciones en dicho trámite, el órgano de contratación deberá valorar su aceptación o rechazo de forma motivada en la memoria.
d) Remitir la propuesta de estructura de costes a la Comisión Consultiva de Contratación Pública de Andalucía.
Quinto. La Instrucción 1/2023, de 4 de julio de 2023, de la Comisión Consultiva de Contratación Pública sobre la información necesaria para la emisión del informe preceptivo de la estructura de coste de los contratos del sector público, desarrolla el procedimiento a seguir a los efectos de lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española.
Por lo expuesto, en uso de las competencias que este órgano de contratación tiene atribuidas por los artículos 69.1 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, 323 de la Ley de Contratos del Sector Público y 12 del Decreto 198/2024, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo,
RESUELVE
Primero. Disponer la publicación de la propuesta de estructura de costes y fórmula de revisión de las tarifas que en su momento se aprueben, para la explotación del aparcamiento que formará parte del contrato mixto de obras y concesión de obras, para la construcción de un hospital en Málaga.
Segundo. El plazo para formular alegaciones será 20 días desde la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, computado conforme al artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Durante el referido plazo y en cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la propuesta de estructura de costes y fórmula de revisión de las tarifas estará disponible para su consulta a través de la dirección web siguiente:
https://consigna.juntadeandalucia.es/30db661c3f78021f9cd275374b17b44e
Las alegaciones u observaciones que deseen realizarse deben ser dirigidas a la Dirección General de Gestión Económica y Servicios del Servicio Andaluz de Salud. Podrán presentarse en el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General disponible en el siguiente enlace:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
O bien en formato papel por cualquiera de los medios admitidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 24 de febrero de 2025.- La Directora Gerente, María del Valle García Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 39 de 26/02/2025