Anuncio de 14 de noviembre de 2024, del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, relativo a la aprobación inicial del Plan de Ordenación Urbana y su Evaluación Ambiental Estratégica. (PP. 10223/2024).
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Expediente: 001/2024-POU.
Servicio gestor: Planeamiento y Gestión.
La Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de octubre de 2024 acordó la aprobación inicial del documento completo del Plan de Ordenación Urbana de Chiclana de la Frontera y su Evaluación Ambiental Estratégica y demás documentación anexa que lo integra, así como la documentación independiente relativa a las propuestas de delimitación de Actuaciones de Transformación Urbanística y de las modificaciones incluidas en el punto tercero del citado acuerdo, y someter a información pública dicho documento y el expediente administrativo que se tramita para su aprobación.
Asimismo, se acordó suspender las aprobaciones, autorizaciones y licencias en los ámbitos de planeamiento que se detallan a continuación de conformidad con lo previsto en el artículo 78.2 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, y con el artículo 103 del Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, en virtud de las consideraciones expuestas en los informes emitidos.
- Actuaciones de Transformación Urbanística de Reforma Interior:
ATU-RI-06 San Juan Bautista.
- Propuestas de Delimitación de Actuaciones Urbanísticas:
PD/ATU-RI-12 La Capilla 2.
Por lo que se acuerda someter el expediente administrativo a información pública por plazo de 45 días hábiles, publicándose el anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la Sede Electrónica y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, y en el artículo 25 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana, así como los documentos objeto de información pública, todo ello en los términos exigidos en los artículos 9.4, 10.3 y 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
La información pública lo será también a los efectos de la Evaluación Ambiental Estratégica, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Durante dicho período, las personas interesadas podrán formular las alegaciones que estimen oportunas, pudiendo presentarlas en el Registro General del Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, sito en calle Constitución, núm. 1, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento o en las formas contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El citado expediente podrá ser consultado en los Servicios Administrativos de la Delegación Municipal de Urbanismo, Planeamiento y Desarrollo Urbano, sitos en la calle Constitución, núm. 4, 1.ª planta, en días y horas hábiles, así como en el portal web del Ayuntamiento
https://www.chiclana.es/areas-municipales/urbanismo-obra-y-vivienda/delegacion-de-urbanismo/tablon-de-anuncios
Contra el acuerdo de aprobación inicial y sometimiento de información pública, por ser un trámite no cualificado, no cabe la posibilidad de interponer recurso alguno.
Contra el acuerdo de suspensión de aprobaciones, autorizaciones y licencias, de conformidad con lo previsto en el artículo 78.2 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, y con el artículo 103 del Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, cabrá recurso de reposición en el plazo de un mes de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme al artículo 46 de de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a contar desde su publicación en los boletines oficiales correspondientes.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Chiclana de la Frontera, 14 de noviembre de 2024.- El Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Planeamiento y Desarrollo Urbano, Rodolfo Pérez Neira.
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