Anuncio de 18 de diciembre de 2024, del Ayuntamiento de Padul, Oferta de Empleo Público 2024, Oferta de Empleo Público Ordinaria 2024 para las plazas de Funcionarios del Grupo C Subgrupo C1 para 1 plaza de Oficial de Policía Local y otra plaza de Agente Policía Local (PP. 10323/2024).
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Mediante Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Padul de fecha 5 de diciembre de 2024 se aprobó la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2024, correspondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñan:
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO ORDINARIA 2024
TIPO DE EMPLEADO PÚBLICO | GRUPO | SUBGRUPO | CLASIFICACIÓN | N.º VACANTES |
DENOMINACIÓN |
---|---|---|---|---|---|
Funcionario | C | C1 | Administración Especial. Servicios Especiales. Policía Local | 1 | Oficial Policía Local |
Funcionario | C | C1 | Administración General. Administrativo |
1 | Agente Policía Local |
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 70 y 70.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la Oferta de Empleo Público Ordinaria para 2024 del Ayuntamiento de Padul, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Padul, 18 de diciembre de 2024.- La Alcaldesa-Presidenta, Celia Villena de Francisco.
Descargar PDFBOJA nº 4 de 08/01/2025