Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión de Intervención del Ayuntamiento de Mijas (Málaga), reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de libre designación.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00316287.
Expediente núm.: 0125/2025.
1. Entidad Local convocante.
Mijas (Málaga).
2. Denominación y características del Puesto de trabajo que se convoca.
Denominación: Intervención de clase 1.ª-01669.
Adscripción: Grupo A. Subgrupo A1.
Nivel de complemento de destino: 30.
Complemento específico: 107.392,74 euros anuales.
Sistema de provisión del puesto: PLD.
3. Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.
Lugar: Registro General del Ayuntamiento de Mijas.
Plazo: 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4. Resolución.
Próximo a quedar vacante el puesto de trabajo cuya denominación y características se especifican en el punto 2, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por la Entidad Local referenciada en el punto 1 se han aprobado las bases de la convocatoria y se ha acordado asimismo su convocatoria mediante el sistema de libre designación.
Se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se acuerda el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y el artículo 7.1.h) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
RESUELVO
Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo cuyos datos se consignan en el punto 2, que se adjuntan como anexo a la presente resolución.
Segundo. Resuelto el concurso conforme a lo establecido en el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, se dará traslado de dicha resolución a esta Secretaría General y al Ministerio competente, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
La formalización, en su caso, de la toma de posesión deberá ser comunicada a esta Secretaría General en la forma y plazo previstos en el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de febrero de 2025.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.
ANEXO
BASES PARA LA PROVISIÓN A TRAVÉS DEL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL INTERVENTOR/A GENERAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MIJAS
Primera. Objeto de las bases.
Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria para proveer, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo denominado Interventor/a General del Excmo. Ayuntamiento de Mijas (Málaga), existente en la plantilla y relación de puestos de trabajo de esta corporación, reservada a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, de conformidad en el artículo 46 y disposición adicional 4.ª del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Segunda. Características del puesto.
El puesto que se provee a través de la presente convocatoria de libre designación reúne las siguientes característica, estando el complemento específico calculado a 14 mensualidades:
- Corporación: Excmo. Ayuntamiento de Mijas (Málaga).
- Denominación: Interventor/a General.
- Nivel complemento destino: 30.
- Complemento específico: 107.392,74 €.
- Forma de provisión: Libre designación.
- Subgrupo: A1.
- Escala: Habilitación de carácter nacional.
- Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Superior.
Tercera. Requisitos para participar en la convocatoria.
Podría participar en la convocatoria a los funcionarios con habilitación de carácter estatal pertenecientes a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría Superior que no se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 36.2 apartados a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
El cumplimiento de los requisitos señalados deberá reunirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Cuarta. Publicidad de la convocatoria y presentación de solicitudes.
La convocatoria y sus bases, una vez aprobadas, se remitirán al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el diario oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Transformación Digital y Función Pública, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada, a efectos de publicación de extracto de dicha convocatoria en el BOE.
Las solicitudes para formar parte en la convocatoria se han de presentar dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Podrán presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en la forma que determina el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Excma. Sra. Alcaldesa Presidenta del Excmo Ayuntamiento de Mijas, acompañando a las mismas el currículum vitae, en el que constarán los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios y cursos realizados, así como cualesquiera también la situación administrativa en la que se encuentren el solicitante y su destino actual y carácter de ocupación del mismo.
Asimismo, con la solicitud se aportará la documentación justificativa de los requisitos de participación, la acreditación de los méritos alegados, así como una declaración de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impidan su participación en la convocatoria, recogidas en la bases tercera de la presente convocatoria.
Quinta. Desarrollo del procedimiento.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, por la Concejalía Delegada de Recursos Humanos se dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as que se expondrá en el tablón de anuncios de la Corporación, quedando abierto los plazos de diez días para la subsanación de posibles defectos o presentación de reclamaciones. Igualmente, se dará conocimiento de la misma a través de la página web del Ayuntamiento de Mijas (www.mijas.es).
La lista de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones o subsanaciones. Si hubiera reclamaciones, serán estimadas o desestimadas, si procede, en una nueva resolución por la que se aprobará la lista definitiva, que se publicará también en la forma antes señalada.
Cualquiera de los/as aspirantes podrá ser convocado para la realización de una entrervista de carácter personal. A estos efectos, el Excmo. Ayuntamiento de Mijas comunicará con tres días de antelación como mínimo, la fecha y hora de celebración de la misma. Los gastos de desplazamientos serán de cuenta y cargo de/la aspirante convocado. Para esa fase, la Junta de Gobierno Local podrá asistirse de los cargos y personal que considere oportunos, a efectos del análisis de las distintas solicitudes o realización de entrevista.
Sexta. Resolución del procedimiento.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes y cumplimentadas las actuaciones señaladas en la base quinta, la Junta de Gobierno Local, procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los/as aspirantes, a dictar la resolución correspondiente de nombramiento en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Junta de Andalucía y del Ministerio de Transformación Digital y Función Pública, para su publicación en el Boletín oficial del Estado. Dicha resolución de nombramiento se motivará con referencia al cumplimiento por parte del/la candidato/a elegido/a de los requisitos y especificaciones exigidos para participar en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso, deberá quedar acreditado en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, las observaciones del procedimiento debido.
Séptima. Protección de datos de carácter personal.
Los/as aspirantes, mediante la presentación de la solicitud prestarán su consentimiento expreso para que sus datos personales, todos ellos aportados voluntariamente a través de la misma y de la documentación presentada, sean tratadas por la Concejalía de Recursos Humanos del Ayuntamiento como responsable del tratamiento para gestionar su participación en la convocatoria para proveer el puesto convocado y, en su caso, proceder al nombramiento. Sus datos de nombre, apellidos y/o DNI, en su caso, el municipal, conforme a la convocatoria y en la forma establecida para este tipo de procedimiento en la normativa aplicable.
Los datos serán reservados durante los plazos necesarios para cumplir con la finalidad intencionada y los establecidos legalmente. Del mismo modo, se declarará haber sido informado sobre la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (derecho al olvido), limitación del tratamiento y solicitar la portabilidad de sus datos, así como revocar el consentimiento prestado, a través del Registro Municipal.
Octava. Toma de posesión.
El régimen y plazos de tomas de posesión será el establecido con carácter general en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por remisión del artículo 46.4 del mismo texto normativo.
Novena. Recursos.
La presente resolución agotará la vía administrativa. Contra la misma cabe la interposición de recurso potestativo de reposición en el plazo máximo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación o directamente, recurso contencioso-adminitrativo ante el Juzgado de lo contencioso competente, dentro del plazo de dos meses contado a partir de la misma fecha antes señalada, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y artículos 14 y 46 de la Ley 39/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de que podrá formulares cualquier recurso que se estime procedente.
Descargar PDFBOJA nº 41 de 03/03/2025