Extracto de la Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, para la dotación de espacios de ocio seguros para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, y para incentivar la responsabilidad social de las empresas en materia de uso seguro y responsable de internet por la infancia, la adolescencia y la juventud, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) –financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU–, y se efectúa su convocatoria para el año 2025.
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00316665.
BDNS (Identif.): Línea 1: 816413, Línea 2: 816424, Línea 3: 816426.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria de la línea de subvenciones que más abajo se describe, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index), y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan en el ejercicio 2025, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, las siguientes líneas de subvención reguladas en la orden de referencia de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en la cuantía máxima que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea:
Denominación de la línea | Partida presupuestaria | Cuantía máxima |
---|---|---|
Línea 1. Proyectos de ocio seguro para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía. | 1800180000-G/31E/48000/00-MR08220201 | 1.875.000,00 € |
1800180000-G/31E/46000/00-MR08220201 | 625.000,00 € | |
TOTAL | 2.500.000,00 € | |
Línea 2. Equipamiento de espacios de ocio seguro para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía. | 1800180000-G/31E/78000/00-MR08220201-2024001362 | 1.500.000,00 € |
1800180000-G/31E/76000/00-MR08220201-2024001379 | 500.000,00 € | |
TOTAL | 2.000.000,00 € | |
Línea 3. Responsabilidad social de las empresas en materia de uso seguro y responsable de internet por la infancia, adolescencia y juventud. | 1800180000-G/31E/47000/00-MR08220201 | 637.000,00 € |
Segundo. Población beneficiaria.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades públicas o privadas descritas para cada una de las líneas en los términos del Anexo I que se acompaña.
Tercero. Objeto.
El objeto de cada una de las líneas convocadas se describe en el Anexo I que se acompaña.
Cuarto. Bases reguladoras.
Según lo establecido en el art 61. 1 del Real Decreto -ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos podrán incorporar la convocatoria de las mismas. Consecuentemente, dicha orden establece las condiciones para la concesión de las mismas.
Quinto. Dotación.
La dotación máxima de cada una de las líneas se refleja en el cuadro recogido en el punto primero del presente extracto y la forma de determinación de la cuantía de las subvenciones a conceder se describe en el Anexo I que se acompaña.
En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.
Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Asimismo, se deja constancia de que la dotación presupuestaria a la que se circunscriben las actuaciones subvencionables se produce con cargo a los recursos de la Junta de Andalucía consignados en los presupuestos para el ejercicio de 2024, con cargo a los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Sexto. Solicitudes y lugar de presentación.
1. Las solicitudes irán dirigidas a las personas indicadas en el apartado 10.b) del cuadro resumen de cada línea aprobado mediante esta orden.
2. Las solicitudes anteriores podrán presentarse en los lugares indicados en el apartado 10.c) del cuadro resumen. Las solicitudes indicadas se presentarán en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/.
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, en el caso de las líneas 1 y 3, y 6 meses, en el caso de la línea 2, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente extracto.
Octavo. Otros datos.
Tanto la solicitud (Anexo I) como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos (Anexo II) a los que se refiere esta orden anteriormente referenciada, se podrán obtener en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en las siguientes URL:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25712.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25725.html
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25726.html,
en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía. De conformidad con el artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, esta publicación es únicamente a efectos informativos.
Sevilla, 27 de febrero de 2025
MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO | |
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad |
ANEXO I
Denominación de la Línea 1. Proyectos de ocio seguro para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) –financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU–. | |
PERSONAS BENEFICIARIAS |
- Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales y los organismos o entidades de derecho público adscritos o vinculados a ellas. - Entidades sin ánimo de lucro. |
OBJETO | La realización por parte de entidades locales y entidades privadas sin ánimo de lucro de proyectos de ocio seguro para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, mediante el desarrollo de actuaciones encaminadas a favorecer el pleno desarrollo de las personas destinatarias de las mismas, mediante la dotación de entornos adecuados en el ámbito del ocio y el tiempo libre. |
IMPORTE | 2.500.000,00 € |
Denominación de la Línea 2. Equipamiento de espacios de ocio seguro para la infancia, la adolescencia y la juventud en Andalucía, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) –financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU–. | |
PERSONAS BENEFICIARIAS |
- Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales y los organismos o entidades de derecho público adscritos o vinculados a ellas. - Entidades sin ánimo de lucro. |
OBJETO | La adquisición de equipamientos para locales, establecimientos, centros y zonas al aire libre que constituyan espacios para el ocio seguro de niños, niñas, adolescentes y jóvenes en Andalucía. Para solicitar esta línea es preciso que la actividad solo tenga gastos de equipamiento. |
IMPORTE | 2.000.000,00 € |
Denominación de la Línea 3. Responsabilidad social de las empresas en materia de uso seguro y responsable de internet por la infancia, adolescencia y juventud, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) –financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU–. | |
PERSONAS BENEFICIARIAS |
Empresas privadas con sede social en Andalucía, o fuera de la Comunidad Autónoma, siempre que las actividades a subvencionar repercutan en centros de trabajo radicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se entenderá por empresa cualquier modalidad organizativa que realice la contratación de su personal según la normativa vigente. |
OBJETO | Fomentar una cultura de responsabilidad social entre las empresas, involucrándolas activamente en la protección de la infancia, la adolescencia y la juventud frente a los riesgos que se pueden encontrar en internet |
IMPORTE | 637.000,00 € |
BOJA nº 44 de 06/03/2025