Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 07/03/2025

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción

Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se acuerda la provisión, mediante concurso específico de méritos, de un puesto de trabajo en la institución, en ejecución de resolución administrativa parcialmente estimatoria de recurso potestativo de reposición.

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ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 23 de enero de 2025, don José Joaquín Torres Luque interpuso recurso potestativo de reposición contra la Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se resuelve el concurso de méritos específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la institución convocado por la resolución que se cita, y en la publicada en el BOJA núm. 250, de 27.12.2024.

El recurrente consideraba que la Comisión de Valoración había cometido un error en la valoración del apartado «antigüedad» de una de las personas adjudicatarias de concurso; y que dicho error le había supuesto quedar fuera de la lista definitiva de adjudicatarios publicada. Junto con lo anterior, alegaba disconformidad con la valoración de la Comisión en los apartados propios de «experiencia», «formación» y «titulación».

Segundo. Como consecuencia de lo anterior, según consta expresamente en la Resolución de 24 de febrero de 2025, por la que se estima parcialmente el citado recurso, la Comisión de Selección, con objeto de la interposición del mismo, emitió informe en el que, tras una exhaustiva revisión de la documentación obrante en el expediente, por una parte, y en relación al primer motivo de impugnación, relativo al cómputo de la antigüedad de una de las personas adjudicatarias, advirtió de la existencia de un error material en la valoración de la antigüedad de ésta. En efecto, se constató que, en su hoja de acreditación de datos, existía un período de tiempo que no podía ser computado como antigüedad al no corresponder a un período de desempeño efectivo de puesto de trabajo alguno. En consecuencia, procedió a rectificar el cómputo de la antigüedad de esta aspirante, estableciéndose en 17 años y 8 meses, implicando una reducción en la puntuación asignada a esta candidata, que pasaba de 7 puntos a 5,67 puntos, lo que conducía a la parcial estimación del recurso en estos términos.

Por otra parte, se procedió, por la Comisión, a la revisión de la puntuación de los cursos de formación reclamados, procediendo a efectuar una leve corrección al alza de la puntuación otorgada al recurrente, de modo que la puntuación total en el apartado se fijó definitivamente en 9,50 puntos en lugar de los 9,10 inicialmente otorgados. Finalmente, se desestimaron el resto de las alegaciones del recurrente.

Tercero. De este modo, con fecha 24 de febrero de 2025, se dictó, por la Dirección de la Oficina, resolución por la que se acordaba:

«Primero. Estimar parcialmente el recurso de reposición interpuesto por don José Joaquín Torres Luque contra la Resolución de 18 de diciembre de 2024, publicada en el BOJA núm. 250, de 27.12.2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, en los siguientes términos:

1. Rectificar la puntuación otorgada a la Sra. (...) en el apartado «antigüedad», fijándola en 5,67 puntos en lugar de 7, siendo por tanto su puntuación final en el proceso de 106,060 puntos.

2. Rectificar la puntuación otorgada al Sr. Torres en el apartado «formación específica» para el puesto de Unidad de Tramitación, fijándola en 9,50 puntos en lugar de 9,10.

3. Modificar el listado definitivo de adjudicatarios de destino en el concurso específico de méritos, pasando el Sr. Torres Luque a figurar en dicho listado para uno de los puestos de Unidad de Tramitación, con una puntuación final de 107,125 puntos, desplazando a la Sra. (…). Y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. Adjudicar al recurrente el puesto de Unidad de Tramitación, con todos los efectos administrativos y económicos inherentes, atendiendo al momento en que debió ser inicialmente nombrado.

Segundo. Desestimar las restantes pretensiones planteadas por el recurrente.»

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 26 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, atribuye a la persona titular de la Dirección de la Oficina la función de representación legal de la misma, así como el desempeño de la jefatura superior de todo su personal. Por su parte, el art. 14 del Reglamento de Régimen Interior y Funcionamiento de la Oficina, aprobado por Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Andalucía, de 20 abril de 2022, atribuye a la Dirección la competencia para acordar los nombramientos, ceses y todos aquellos actos relativos a la vida administrativa del personal al servicio de la institución.

Segundo. Tanto la base novena de la convocatoria, aprobada por Resolución de 25 de junio de 2024, como el artículo 127 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, establecen que la resolución que resuelve el concurso se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, vistos los citados antecedentes, fundamentos de derecho y demás disposiciones de general y pertinente aplicación, y en virtud de las competencias atribuidas, esta Dirección de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción

RESUELVE

Primero. Dictar resolución por la que se procede a la adjudicación del puesto de «Unidad de Tramitación Administrativa» a don José Joaquín Torres Luque, con  DNI núm. ***8557**, y con una puntuación definitiva de 107,125 puntos; en ejecución de lo dispuesto por la resolución parcialmente estimatoria del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se resuelve el concurso de méritos específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la institución.

Segundo. Que la toma de posesión deberá formalizarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Dentro de dicho plazo, la persona adjudicataria deberá resolver su situación administrativa respecto de su administración de origen para incorporarse en esta institución, de acuerdo con la legislación vigente de función pública que le sea de aplicación.

Sevilla, 3 de marzo de 2025.- La persona titular de la Dirección, P.S. (ex arts. 28.5 Ley 2/2021 y 16 RRIF), la Directora Adjunta, Marta Blázquez Expósito.

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