Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Viceconsejería, por la que se somete al trámite de información pública el proyecto de decreto por el que se modifican los Estatutos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, aprobados mediante Decreto 501/2019, de 26 de junio.
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El Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en su versión dada por el Decreto 167/2024, de 26 de agosto, concretamente en su artículo 1.b) dispone que le corresponde a esta Consejería la competencia en materia de puertos. La Agencia Pública de Puertos de Andalucía está adscrita a dicha Consejería, concretamente a la Viceconsejería, de conformidad con lo previsto en sus artículos 2.3.c) y 5.8.
Esta Consejería considera necesario y oportuno modificar el Decreto 501/2019, de 26 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, a fin de adaptarlos a los cambios normativos producidos desde su aprobación. Así, las modificaciones introducidas por la disposición final primera de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, especialmente en su artículo 6, implican que el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico de titularidad de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía pase a ser parte integrante de la Hacienda de la Junta de Andalucía, circunstancia que supone una alteración de su régimen presupuestario y contable que hace necesaria la adecuación de los Estatutos de la Agencia al régimen que le es legalmente aplicable tras la citada modificación. Por este motivo se suprimen las referencias que, hasta ahora, se contenían a los Programas de Actuación, Inversión y Financiación de la Agencia.
Asimismo, se recoge en el artículo 29 la especialidad del personal de este organismo portuario prevista en la disposición adicional séptima de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, introducida por el artículo 64.19 del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
Por último, se procede a modificar la denominación de tres de los puestos directivos para una planificación más ajustada a las necesidades de la Agencia.
Dada la naturaleza de la disposición, teniendo en consideración su ámbito de incidencia y considerando que el contenido del citado proyecto afecta a los derechos y deberes legítimos de la ciudadanía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVO
Primero. Someter a información pública el proyecto de decreto por el que se modifican los Estatutos de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, aprobados mediante Decreto 501/2019, de 26 de junio, por un plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. El texto del proyecto de decreto quedará expuesto, durante dicho plazo, para general conocimiento:
a) En formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía mediante el punto de acceso identificado con la expresión «Participación pública en proyectos normativos» en el enlace https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/normativa/audiencia-informacion.html
b) En formato papel, en la sede de la Viceconsejería de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, sita en la calle Pablo Picasso, 6, 41018 Sevilla, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Tercero. Las alegaciones al proyecto de decreto que se deseen formular deberán dirigirse a la Viceconsejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda y se presentarán por alguno de los siguientes medios:
a) En formato digital en la dirección de correo electrónico.
b) En el Registro Electrónico de la Junta de Andalucía, a través de la Presentación Electrónica General, disponible en la reseñada página web de esta Consejería, sin perjuicio de la posibilidad de hacerlo mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Cuarto. En cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la documentación correspondiente a este proyecto normativo estará disponible en el Portal de Transparencia, al que se podrá acceder a través del siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/normativa/audiencia-informacion.html
Sevilla, 25 de febrero de 2025.- El Viceconsejero, Mario Muñoz-Atanet Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 45 de 07/03/2025