Resolución de 7 de marzo de 2025, del Director Gerente de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, por la que se amplía el plazo de solicitudes para el perfil de Teleoperador/a, correspondiente a la convocatoria de pruebas selectivas para la ejecución de la oferta de empleo público, adicional a la ordinaria, del ejercicio 2022.
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ANTECEDENTES
Primero. Mediante Resolución de fecha 1 de octubre de 2024, la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, convocó el proceso selectivo de ingreso en el Servicio Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para los puestos incluidos en la Oferta de Empleo Público Adicional a la ordinaria del ejercicio 2022.
En la citada convocatoria se incluían la selección para puestos de Bombero Forestal Especialista de Prevención y Extinción, Bombero Forestal Conductor/a VCI, Bombero Forestal Conductor/a UMMT/UNASIF, Bombero Forestal Vigilante y Teleoperador/a.
En la base número dos, en el punto a), se indicaba como requisito común a todos los puestos «tener cumplidos los 18 años edad y no superar los 55 años» para el acceso a los puestos incluidos en esta oferta.
Segundo. En el procedimiento selectivo se han llevado a cabo hasta la fecha los trámites de análisis de las solicitudes recibidas, así como de publicación del listado provisional de solicitudes admitidas y excluidas. Con fecha 23 de diciembre de 2024, se abrió un plazo para subsanación de las admitidas y alegaciones en relación con las excluidas. Entre las alegaciones recibidas se encuentran las de personas excluidas para el puesto de teleoperador/a, por razón de superar el límite de edad de 55 años.
A tenor de las alegaciones de exclusiones elaboradas por el Comité de Selección, se han tramitado como recurso de alzada ante esta Dirección Gerencia, resolviéndose que tal limitación no era ajustada a Derecho para el perfil de Teleoperador/a, al no existir justificación objetiva para esta restricción por razones de desempeño del puesto de trabajo, como sí ocurre en el resto de los puestos ofertados en este proceso selectivo.
Por tal razón, esta Dirección Gerencia ha resuelto estimar los recursos formulados contra la inadmisión de las solicitudes y ordenar la apertura de un plazo adicional al contenido en la Resolución de 1 de octubre de 2024, exclusivamente para que las personas interesadas, mayores de 55 años, que no hayan cumplido la edad de jubilación, puedan optar al puesto de Teleoperador/a, quedando así subsanado el límite de edad incorrectamente extendido a dicho puesto.
Tercero. Para el puesto indicado de Teleoperador/a rige lo dispuesto en el artículo 56.1.c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por lo que el límite de edad es la de jubilación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El Director Gerente de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía, es competente para la publicación del presente acto administrativo conforme lo previsto en la disposición transitoria primera y al artículo 17 del Decreto 270/2024, de 16 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía.
Así pues, no estando los procedimientos de selección de personal de nuevo ingreso excluidos de la regla general del apartado 1 de la citada disposición transitoria primera, corresponde a esta Agencia la continuación del procedimiento convocado por la Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de los Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de las Emergencias en Andalucía.
En su virtud, a propuesta del Comité de Selección y conforme a las competencias conferidas en el Decreto 270/2024, de 16 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía,
HE RESUELTO
Primero. Dejar sin efecto la limitación de edad a 55 años, para la admisibilidad de solicitudes referidas al puesto de Teleoperador/a.
Segundo. Ordenar la apertura de un plazo adicional de la recepción de candidaturas al puesto de teleoperador/a, exclusivo para personas mayores de 55 años, que no hayan cumplido la edad de jubilación.
Dicho plazo será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOJA incorporándose al proceso selectivo.
Se publicará igualmente esta resolución en la web de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, demanda ante la jurisdicción social, conforme a lo establecido en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Director Gerente de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, de conformidad con los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 7 de marzo de 2025.- El Director Gerente, David Gil Sánchez.
Descargar PDFBOJA nº 49 de 13/03/2025