Acuerdo de 13 de marzo de 2025, de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se declara desierto el concurso de méritos para la cobertura de un puesto de trabajo en la Cámara de Cuentas de Andalucía
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Mediante Acuerdo de 18 de diciembre de 2024, de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, se aprobó la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de un puesto de trabajo en la Institución (BOJA núm. 251, de 30 de diciembre).
De conformidad con lo establecido en la base décima del Acuerdo de 26 de julio de 2024, del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por el que se regulan las especificidades del procedimiento de provisión de puestos de trabajo mediante el concurso de méritos en la Cámara de Cuentas de Andalucía (BOJA núm. 152, de 6 de agosto), siendo de aplicación supletoria lo regulado en el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y una vez finalizados los trabajos de valoración conforme a las bases de la convocatoria, la Comisión de Valoración ha formulado la correspondiente propuesta de resolución definitiva del concurso con la declaración de haber quedado desierto.
De conformidad con la propuesta de Resolución de 19 de febrero de 2025, efectuada por la Comisión de Valoración, y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 20.a) de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y en el artículo 19.a) del ROFCCA, y de lo previsto en la base sexta, apartado 3, de la convocatoria del concurso, esta Comisión de Gobierno, en sesión celebrada el día 13 de marzo de 2025,
ACUERDA
Primero. Declarar desierto el concurso de méritos para la cobertura del puesto de trabajo vacante denominado «Responsable del Registro de Personal», convocado mediante Acuerdo de 18 de diciembre de 2024, de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas de Andalucía (BOJA núm. 251, de 30 de diciembre).
Segundo. Resolver las alegaciones formuladas contra la lista provisional publicada en la web de la institución con fecha 31 de enero de 2025, asumiendo la propuesta elevada por la Comisión de Valoración el 19 de febrero de 2025, en los términos que constan en el acta de la sesión correspondiente.
Contra el presente acuerdo, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sevilla, 13 de marzo de 2025.- El Presidente, Manuel Alejandro Cardenete Flores.
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