Corrección de errores de la corrección de errores de la Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 25 de noviembre de 2024, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público complementaria del Personal Docente e Investigador para el año 2024 (BOJA núm. 251, de 30.12.2024).
Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00317491.
Advertido error en la Resolución de fecha 4 de diciembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 25 de noviembre de 2024, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público complementaria del Personal Docente e Investigador para el año 2024, se procede a efectuar su oportuna modificación en los términos que se indican a continuación:
Donde dice:
Tercero. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, del total de las 38 plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público complementaria de PDI se reserva un mínimo del 10%, y dentro de éste, de la reserva de plazas para personas con discapacidad intelectual (2%) y con enfermedad mental (1%). Por tanto, el cupo de reserva global para personas con discapacidad es de 4 plazas (10% de 38).
ANEXO
Cuerpo | Subgrupo | Plazas*** |
---|---|---|
Catedráticas/os de Universidad (*) | A1 | 15 |
Profesoras y Profesores Titular de Universidad (**) | A1 | 20 |
Profesoras y Profesores Permanentes Laborales (**) | I | 3 |
* Plazas que se convocan para su provisión mediante procesos de promoción interna.
** En aplicación de la tasa de reposición. Por turno libre.
*** En virtud del art. 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía al personal con discapacidad, se reserva el cupo legalmente establecido.
Debe decir:
Tercero. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, del total de las 39 plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público complementaria de PDI se reserva un mínimo del 10%, y dentro de éste, de la reserva de plazas para personas con discapacidad intelectual (2%) y con enfermedad mental (1%). Por tanto, el cupo de reserva global para personas con discapacidad es de 4 plazas (10% de 39).
ANEXO
Cuerpo | Subgrupo | Plazas*** |
---|---|---|
Catedráticas/os de Universidad (*) | A1 | 15 |
Profesoras y Profesores Titular de Universidad (**) | A1 | 21 |
Profesoras y Profesores Permanentes Laborales (**) | I | 3 |
* Plazas que se convocan para su provisión mediante procesos de promoción interna.
** En aplicación de la tasa de reposición. Por turno libre.
*** En virtud del art. 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía al personal con discapacidad, se reserva el cupo legalmente establecido.
Descargar PDFBOJA nº 55 de 21/03/2025