Extracto de la Resolución de 20 de marzo de 2025, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a las familias para fomentar la escolarización de menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al programa de ayudas para el curso 2025-2026.
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BDNS 821574.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y Ayudas Públicas (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
Se efectúa la convocatoria para la concesión de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil adheridos al programa de ayuda para el curso escolar 2025-2026, mediante la bonificación del precio de los servicios determinados en el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El precio y la bonificación de esos servicios serán los establecidos en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de marzo de 2025 por el que se fijan la cuantía y las bonificaciones de los precios públicos aplicables a los centros de titularidad de la Junta de Andalucía.
Segundo. Persona beneficiaria.
La persona beneficiaria de la ayuda será el padre, madre o persona que ejerza la tutela o guarda del niño o de la niña que solicite la plaza escolar o la reserva de la misma en los Centros adheridos al Programa de ayudas, con los requisitos establecidos en la base tercera del Anexo I del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.
Tercero. Objeto.
Fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos exclusivos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda mediante la bonificación del precio de los servicios determinados en el Decreto 76/2025, de 5 de marzo.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al «Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía», aprobadas mediante Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.
Quinto. Importe.
La cuantía de la ayuda será el importe equivalente a una bonificación sobre el precio de los servicios que tiene que abonar la familia al centro adherido al Programa de ayuda en el que esté matriculado el alumno o alumna. Esta bonificación se determinará en función de la renta y del número de miembros de la unidad familiar, salvo los supuestos de gratuidad regulados en el Acuerdo de 12 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan la cuantía y las bonificaciones de los precios públicos aplicables a los centros de titularidad de la Junta de Andalucía, correspondientes a los servicios establecidos en el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las bonificaciones inferiores al 100% del precio a abonar serán las que resulten por aplicación de lo dispuesto en el citado Acuerdo de 12 de marzo de 2025, del Consejo de Gobierno.
Las ayudas se financiarán con cargo al presupuesto de la Agencia Pública Andaluza de Educación (sección presupuestaria 1151) y se harán efectivas con cargo a las siguientes partidas presupuestarias, por las cuantías máximas y con los compromisos de gasto de carácter plurianual, conforme a la distribución siguiente:
ANUALIDAD | PARTIDA PRESUPUESTARIA | CUANTÍA MÁXIMA |
---|---|---|
2025 | G/42I/48000/00 | 73.245.223,00 € |
2026 | G/42I/48000/00 | 103.751.427,00 € |
TOTAL | 176.996.650,00 € |
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
La convocatoria se realizará con carácter anual y abarcará todo el curso escolar a través de seis procedimientos de selección sucesivos cada uno de los cuales tendrá un plazo de presentación de solicitudes. El primer procedimiento de selección estará dirigido al alumnado que participe en el procedimiento de reserva de plaza escolar o en el procedimiento ordinario de admisión de plazas. Los cinco procedimientos de selección posteriores estarán dirigidos al alumnado que no haya formalizado matrícula en un centro adherido en el primer procedimiento.
El plazo de presentación de solicitudes, para cada uno de los procedimientos de selección que incluye la presente convocatoria son los siguientes:
1.er Procedimiento de selección: Desde el día 1 al 30 de abril.
2.º Procedimiento de selección: Desde el día 1 de septiembre hasta el 31 de octubre.
3.er Procedimiento de selección: Desde el día 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre.
4.º Procedimiento de selección: Desde el día 1 de enero hasta el 28 de febrero.
5.º Procedimiento de selección: Desde el día 1 de marzo hasta el 30 de abril.
6.º Procedimiento de selección: Desde el día 1 de mayo hasta el 30 de junio.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria, pudiéndose acceder a ellos a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Camas, 20 de marzo de 2025.- La Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, Manuel Cortés Romero.
Descargar PDFBOJA nº 58 de 26/03/2025