Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 27/03/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Resolución de 21 de marzo de 2025, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se aprueba la apertura de un nuevo plazo para la autobaremación de méritos en la convocatoria externa definitiva de un puesto de Monitora Sociosanitaria o Monitor Sociosanitario para la Comunidad Terapéutica de La Línea (Cádiz) en la Jefatura de Atención Social y Sanitaria de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

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ANTECEDENTES

Primero. Mediante Resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía de fecha 31 de julio de 2024, se anunció la convocatoria para la provisión externa definitiva de un puesto de Monitora Sociosanitaria o Monitor Sociosanitario para la Comunidad Terapéutica de La Línea (Cádiz) (CE2430MSLL).

Segundo. Por Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, se aprobó la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, correspondiente a la convocatoria externa definitiva de un puesto de Monitora Sociosanitaria o Monitor Sociosanitario para la Comunidad Terapéutica de La Línea (Cádiz) en la Jefatura de Atención Social y Sanitaria de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

En el apartado tercero de esta resolución se establecía que «Desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas se iniciará el periodo de autobaremación de méritos. El plazo para presentar el citado autobaremo será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación. Sólo podrán presentar la autobaremación las personas que hayan sido admitidas en el proceso selectivo.»

Tercero. Una vez finalizado el plazo referido en el párrafo anterior, se han detectado de oficio diferencias entre los baremos de méritos publicados en la convocatoria y la parametrización de los mismos realizada en la plataforma habilitada a tal efecto.

En su virtud, conforme a las competencias conferidas en el artículo 15.2.k) de los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, aprobados por el referido Decreto 101/2011, modificado por el Decreto 44/2022, esta Dirección Gerencia

RESUELVE

Primero. Aprobar la apertura de un nuevo plazo para la autobaremación de méritos en la convocatoria externa definitiva de un puesto de Monitora Sociosanitaria o Monitor Sociosanitario para la Comunidad Terapéutica de La Línea (Cádiz) en la Jefatura de Atención Social y Sanitaria de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

Segundo. Publicar la aprobación de apertura del nuevo plazo.

Tercero. Desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente resolución se iniciará el periodo de autobaremación de méritos. El plazo para presentar el citado autobaremo será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación. Sólo podrán presentar la autobaremación las personas que hayan sido admitidas en el proceso selectivo.

Aquellas personas aspirantes que dentro del plazo de diez días hábiles establecido en esta resolución no presenten su autobaremo serán excluidas definitivamente de la participación en el proceso selectivo.

La presentación del autobaremo se realizará únicamente de forma electrónica, a través de la plataforma desarrollada para tal fin, integrada con el Registro Único de la Junta de Andalucía, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente al sistema de alegaciones al listado provisional de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo.

El enlace de acceso a la plataforma para realizar las alegaciones en la presente convocatoria es el siguiente:

https://www.juntadeandalucia.es/agenciadeserviciossocialesydependencia/seppa

Quedan anuladas todas las actuaciones anteriores del apartado cuarto, relativas a autobaremación, de la Resolución de 5 de diciembre de 2024 de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

Cuarto. Contra la presente resolución, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de marzo de 2025.- El Director Gerente, José Luis Prieto Rivera.

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