Anuncio de 24 de marzo de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por el que se hace pública la resolución por la que se resuelve el concurso encaminado al aprovechamiento de aguas minerales en la provincia de Málaga, publicado en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 154, de fecha 8 de agosto de 2024.
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El Delegado Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía en Málaga hace saber que, por Resolución de 18 de marzo de 2025, ha sido resuelto el concurso encaminado al aprovechamiento de aguas minerales en la provincia de Málaga, publicado en el BOJA núm. 154, de 8 de agosto de 2024.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 13.6.2024, de la Dirección General de Minas, se convocó el concurso público en la provincia de Málaga para el aprovechamiento de los recursos de la sección B), agua mineral natural, relacionados a continuación:
NÚM. | NOMBRE | RECURSO | TÉRMINOS MUNICIPALES |
---|---|---|---|
2 | CORTIJO DE LA YEDRA | Agua mineral natural | Antequera |
6 | CORTIJO DE LEIVA | Agua mineral natural | Mollina |
36 | AGUA MINERAL SIERRA AGUA | Agua mineral natural | Casarabonela |
La resolución fue publicada en el BOE núm. 167, de 11.7.2024, y en el BOJA núm. 154, de 8.8.2024.
Segundo. Con fecha 9.9.2024, doña María del Carmen Gutiérrez Labrador interpone recurso de alzada contra la resolución referida en el antecedente anterior.
Dicho recurso fue inadmitido por falta de legitimación por Resolución de la Consejería de Industria, Energía y Minas de fecha 17.10.2024.
Tercero. Con fecha 17.10.2024 se convocó a los miembros de la Mesa para la apertura de solicitudes del concurso, no pudiéndose constituir la misma al no estar la titular de la Intervención ni persona sustituta, por lo que se convocó nuevamente el día 22.10.2024.
Cuarto. En la citada fecha, 22.10.2024, se constituyó la Mesa para el Concurso Público, presidida por el Secretario General Provincial de Industria, Energía y Minas.
Se constató la entrada a través del Sistema de Información de Relaciones Electrónicas en materia de contratación SIREC-Portal de licitación, dentro del plazo establecido, de una única solicitud, correspondiente a la entidad Manantial de la Yedra, S.L., y se procedió a la apertura del sobre número 1.
El derecho minero afectado por la solicitud, corresponde al aprovechamiento de los recursos de la sección B), Cortijo de la Yedra núm. 2.
Analizada la documentación presentada, se detectó que no reunía alguno de los requisitos exigidos en las bases, por lo que se acordó requerir a la entidad concursante para que subsanara la falta en el plazo de 3 días hábiles.
Quinto. El día 29.10.2024 se reunió la Mesa para comprobar la documentación presentada por la empresa, acordando la admisión de la solicitud y procediendo a la apertura del sobre número 2.
Comprobada la documentación aportada por la licitadora, la Mesa consideró necesario pedir una serie de subsanaciones a la entidad Manantial de la Yedra, S.L., de conformidad con el apartado 3, de la base undécima, del Anexo II, en el plazo de 3 días hábiles.
Sexto. Reunida la Mesa el 24.1.2025 y examinada la documentación aportada por la empresa en respuesta al requerimiento de subsanación referido al segundo sobre, ésta propone que se acepte la solicitud presentada por la empresa Manantial de la Yedra, S.L., que afecta al aprovechamiento de los recursos de la sección B), «Cortijo de la Yedra núm. 2», como solicitud ganadora del concurso encaminado al aprovechamiento de aguas minerales en la provincia de Málaga.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para resolver este procedimiento según lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas; en los artículos 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto de 13/2022 y por el Decreto de 4/2023, de 11 de abril; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, modificado por el Decreto 116/2023, de 23 de mayo, y por el Decreto 171/2024, de 26 de agosto.
Segundo. El concurso de aprovechamientos de recursos de la sección B) viene previsto en el artículo 27 de la Ley 22/1973, de Minas, y 42 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, donde se indica que se realizará según lo establecido en el artículo 53 de la Ley de Minas y su correlativo 72 del Reglamento de desarrollo.
Tercero. Las bases que rigen el concurso público, son las especificadas en el Anexo II de la Resolución de 13.6.2024, de la Dirección General de Minas, por la que se convocó el concurso público en la provincia de Málaga, para el aprovechamiento de los recursos de la sección B), agua mineral natural.
Cuarto. Según se establece en el apartado décimo del Anexo II de la resolución de convocatoria del concurso, en el supuesto de que no se hubieran presentado solicitudes al procedimiento, el órgano competente declarará desierto el concurso de derechos mineros, publicándose la pertinente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, quedando los terrenos objeto de concurso expeditos para solicitudes de cualquier derecho minero según la normativa vigente.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, esta Delegación Territorial
RESUELVE
Primero. Declarar como solicitud ganadora del concurso público, para el derecho minero Cortijo de la Yedra núm. 2, la solicitud presentada por Manantial de la Yedra, S.L.
Se procederá a su inscripción en el libro registro de derechos mineros y se iniciará la instrucción del correspondiente expediente de autorización de aprovechamiento de recursos de la sección B), aguas minerales.
Segundo. Declarar desierto el concurso para los siguientes derechos mineros, quedando los terrenos objeto de concurso expeditos para solicitudes de cualquier derecho minero según la normativa vigente:
NÚM. | NOMBRE | RECURSO | TÉRMINOS MUNICIPALES |
---|---|---|---|
6 | CORTIJO DE LEIVA | Agua mineral natural | Mollina |
36 | AGUA MINERAL SIERRA AGUA | Agua mineral natural | Casarabonela |
Tercero. Ordenar la publicación e inserción de esta resolución en el el Boletín Oficial, correspondiente, así como su notificación a todas las personas interesadas en la convocatoria de acuerdo con la base octava, apartado 3, del concurso.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de recepción de esta comunicación, de conformidad con los arts. 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el art. 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Málaga, 24 de marzo de 2025.- El Delegado, Antonio Jesús García Acedo.
Descargar PDFBOJA nº 60 de 28/03/2025