Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 01/04/2025

2. Autoridades y personal

2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud y Consumo

Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Dirección General de Cuidados y Atención Sociosanitaria, por la que se dispone el nombramiento de la Coordinación del Plan Andaluz de Atención a la Cronicidad 2025-2028.

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La Consejería de Salud y Consumo, en virtud de lo establecido en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, tiene la competencia de definir las políticas sanitarias, asignar los recursos y garantizar el derecho a la salud de la ciudadanía en la Comunidad Autónoma de Andalucía, todo ello bajo los principios, entre otros, de coordinación de las actuaciones y de los recursos, equidad, eficacia, participación de los ciudadanos y de los profesionales, mejora de la calidad de los servicios y de utilización eficaz y eficiente de los recursos sanitarios que sean necesarios para la consecución de sus objetivos.

La citada Ley 2/1998, de 15 de junio, establece en el artículo 33 que, de conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud. Dichos planes serán aprobados por la Consejería de Salud.

En atención a esta regulación autonómica y a sus principios, los diferentes Planes de Salud y de Calidad de la Consejería de Salud y Consumo han incorporado la atención integral a personas con enfermedades crónicas como uno de los ámbitos claves para la consecución de la excelencia por parte de su organización sanitaria, con el objetivo final de mejorar la salud y la calidad de vida de las personas con enfermedades crónicas que viven en Andalucía.

Este marco legal y estratégico motivó que la Consejería competente en materia de salud procediera en 2012 a la publicación del Andaluz de Atención Integrada a Pacientes con Enfermedades Crónicas 2012-2016.

Partiendo del desarrollo y la experiencia acumulada en dicho Plan, la Consejería de Salud y Consumo ha realizado una actualización de esta planificación tras la identificación de los principales problemas relacionados con las enfermedades crónicas que presenta la sociedad y a los que se debe hacer frente, para dar respuesta a los proyectos y retos que se deben abordar para la mejora de la salud y la calidad de vida de las personas afectadas por patologías crónicas en Andalucía.

El Decreto 198/2024, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, atribuye a la Viceconsejería, en el artículo 4.2.f), el establecimiento de las políticas en las Estrategias, planes integrales y sectoriales. Asimismo, el artículo 6.h) del referido decreto dispone que corresponde a la Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo el diseño, seguimiento y evaluación de las Estrategias, planes integrales y sectoriales, así como el impulso de estrategias dirigidas a pacientes crónicos complejos y colectivos vulnerables, garantizando una atención integral que contemple sus necesidades específicas, según se contempla en su artículo 6.j). Por su parte, el artículo 9.e) establece que le corresponde a la Dirección General de Cuidados y Atención Sociosanitaria el desarrollo y ejecución del Plan de Cronicidad.

En atención a la finalización de la formulación y avance del nuevo Plan Andaluz de Atención a la Cronicidad 2025-2028, se estima conveniente nombrar a unas nuevas personas que coordinen su implementación, agrupen todos los proyectos e impulsen su desarrollo.

El carácter de transversal del Plan Andaluz de Atención a la Cronicidad conlleva la necesidad de articulación y coordinación de este Plan con el resto de Estrategias, Planes de atención integral, Programas y proyectos de la Consejería de Salud y Consumo e igualmente para su desarrollo e implantación deberá contar con las estructuras y profesionales de todos los ámbitos asistenciales en salud, tanto de Atención Primaria, como de Atención Hospitalaria, además de la coordinación con otros organismos o servicios del ámbito sociosanitarios y apoyos de carácter social y comunitarios para dar soporte a la mejora de resultados.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y en el artículo 6.e) del Decreto 198/2024, de 3 de septiembre,

DISPONGO

Primero. Cesar a don Antonio Joaquín Fajardo Arenas como Coordinador del Plan Andaluz de Atención Integral a Personas con Enfermedades Crónicas, agradeciéndole los servicios prestados.

Segundo. Nombrar a don Alejandro Pérez Milena, Nieves Lafuente Robles y Antonio Fernández Moyano como Coordinadores del Plan Andaluz de Atención a la Cronicidad 2025-2028.

Cuarto. La designación como Coordinadores del Plan Andaluz de Atención a la Cronicidad no comportará retribuciones específicas, siendo estas las correspondientes a su puesto de origen. Estas personas conservarán la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia.

Quinto. Las indemnizaciones que procedan por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio se liquidarán por su institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.

Sexto. La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de marzo de 2025.- La Directora General, Ana María Reales Arroyo.

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