Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 08/04/2025

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 2 de abril de 2025, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo del Ayuntamiento de Zújar (Granada).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada ley. A tal efecto, el Ayuntamiento de Zújar (Granada) ha realizado los trámites tendentes a la adopción del escudo municipal del Ayuntamiento de Zújar de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II de la mencionada ley.

Con fecha 10 de mayo de 2024, el Pleno del Ayuntamiento de Zújar acordó, con el quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la adopción definitiva del escudo municipal del Ayuntamiento de Zújar, con la siguiente descripción:

Escudo: «Escudo semicircular cuyo campo está dividido en dos partes por una banda negra con estrellas doradas que las divide. Esta banda representa la figura del Luzbel, un personaje literario de la obra de teatro de Moros y Cristianos que se representa en Zújar en las Fiestas Patronales. En el lado izquierdo se mantienen la torre con el moro y cristiano cuyo fondo es de color rojo representando este color la sangre derramada en la batalla del año 1489. En el lado derecho superior se sitúa el olivo cuyo fondo es de color verde, representando la población de agricultores de la Villa y el cerro Jabalcón, esmaltando el cielo de color azul celeste, representando así las vistas panorámicas de la comarca donde se sitúa Zújar.

En la parte superior lleva por timbre una corona real guarnecida por ocho florones con pedrería, dentro de un bonete rojo».

Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 11 de marzo de 2025, se solicitó por esa Entidad Local la inscripción del escudo municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 17 y 18 ambos de la expresada ley, en base a los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

Examinada la solicitud y habiéndose subsanado la misma, se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la referida ley y en la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales.

Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la mencionada Orden de 17 de septiembre de 2010, y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo municipal del Ayuntamiento de Zújar (Granada), con la descripción indicada y con la imagen que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 2 de abril de 2025.- La Secretaria General, María Luisa Ceballos Casas.

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