Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 16/04/2025

2. Autoridades y personal

2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Resolución de 10 de abril de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas seleccionadas y aquellas que integran la relación complementaria realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en las categorías profesionales del Grupo V para personas con discapacidad intelectual, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público ordinarias en la Administración General de la Junta de Andalucía para los años 2020 y 2021, convocadas por Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00319049.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Por Resolución de 20 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), se convocó por el sistema de concurso, proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales del Grupos V para personas con discapacidad intelectual, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público 2020 y 2021 (carácter ordinario).

Hechas públicas por la comisión de selección las relaciones de personas seleccionadas y aquellas que integran las relaciones complementarias en plazas vinculadas a la ejecución de Ofertas de Empleo Público de carácter ordinario 2020 y 2021, y elevadas propuestas para su tramitación, esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de conformidad con la base séptima.8 de la citada resolución, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 12.1.c) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, modificado por el Decreto 211/2024, de 24 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,

Resuelve

Primero. Ofertar plazas vacantes para que las personas seleccionadas y aquellas que integran las relaciones complementarias, en el proceso selectivo indicado en las categorías profesionales de Personal Asistente en Restauración, Personal de Limpieza y Alojamiento y Personal de Oficios, en un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, realicen de forma exclusivamente telemática petición de destino y presenten la documentación preceptiva señalada en el apartado siguiente.

Segundo. 1. En los términos expresados en el apartado primero, las personas aspirantes seleccionadas y, en su caso, aquellas que integran la relación complementaria cumplimentarán a través de la Web de Emplead@

(https://ws45.juntadeandalucia.es/empleadopublico)

formulario de petición de destinos en el que se consignarán todas las plazas vacantes ofertadas relacionadas por orden de preferencia, con independencia del orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.

Según exigencia de la resolución de convocatoria, conforme al apartado 6 del citado formulario se habrá de formular declaración expresa a los efectos referenciados en la letra a) del apartado 9 de la base séptima. Asimismo, al mencionado formulario según requerimiento de la citada base se incorporará la siguiente documentación:

a) Certificado de los órganos competentes de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad u organismos similares de otras Administraciones Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar las funciones de la plaza que solicite. En los casos en el que el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad corresponda a órgano competente de la Junta de Andalucía, la persona solicitante podrá prestar su consentimiento expreso para que dicho certificado sea recabado de la Consejería competente en materia de discapacidad de la Junta de Andalucía (apartado 7 del formulario de petición de destino).

b) En el caso de optar por puestos que en la Relación de Puestos de Trabajo tengan asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de aportarse certificación negativa emitida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales de inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante deberá prestar su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el citado Registro, así como presentar declaración responsable de no haber sido condenada por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el Título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal, a los efectos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia (se adjunta formulario).

2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:

a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.

b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.

Una vez realizada la presentación telemática, ésta no podrá ser modificada en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.

Tercero. Los destinos se adjudicarán de acuerdo con el orden de puntuación obtenido y conforme al orden de preferencia establecido en el formulario de petición de destino que figura anexo a la presente resolución, sin perjuicio de que éste pueda verse alterado como consecuencia del cumplimiento de una resolución administrativa o judicial derivada del proceso selectivo.

En cualquier caso, si la persona seleccionada o la integrante de la relación complementaria no presentase la documentación a que se refiere el apartado segundo de la presente resolución, o no pidiese puestos en número suficiente, se entenderá que desiste de su derecho a ser seleccionada en el presente proceso selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones; igualmente serán anuladas las actuaciones si incorporase documentación que no resultara acreditativa de los requisitos exigidos.

Sevilla, 10 de abril de 2025.- El Director General, Antonio Parralo Vegazo.

Descargar PDF