Anuncio de 9 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Córdoba, según proyecto que se cita en el mismo. (PP. 800/2025).
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Expte. AT 3/2025.
De conformidad con lo establecido en:
1. Los artículos 53, 54, 55, y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
2. Artículos 115 al 127 y 143 al 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio.
3. Artículos 9 al 20 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
4. Artículos 10 al 19 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957.
5. Artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6. Artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
Se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción, así como la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública del «Proyecto de nuevo centro de seccionamiento partidora, propiedad de hidroeléctrica El Cerrajón, S.L., en la localidad de Zamoranos, t.m. de Priego de Córdoba (Córdoba)» cuyas características principales se señalan a continuación:
a) Peticionario: Hidroeléctrica El Cerrajón, S.L., con domicilio a efectos de notificaciones en calle Profesor Pedro Pareja Morales, 14, 14814 de Zamoranos, t.m. Priego de Córdoba (Córdoba).
b) Emplazamiento: Paraje Esparragales, en la localidad Zamoranos del término municipal de Priego de Córdoba (Córdoba).
c) Finalidad de la instalación: Instalación de un nuevo centro de seccionamiento para mejora de suministro eléctrico.
d) Características principales de la instalación:
Tensión (kV): 25.
- Centro de seccionamiento en edificio prefabricado de superficie con una celda de linea y cuatro celdas de protección modulares con aislamiento y corte en SF6.
- Cinco tramos de líneas subterráneas de alta tensión, tres líneas con trazados modificados de 4, 20 y 20 m respectivamente, con conductor RHZ1 18/30 kV Al 3(1x150) y dos nuevas lineas con 15 m de longitud y conductor RHZ1 18/30 kV Al 3(1x240).
La declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013 llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 56 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha ley.
La relación de bienes y derechos afectado por la instalación están detallados en la tabla que se adjunta (ver Anexo I).
La imposición de la servidumbre de paso subterránea para la línea de evacuación implicará:
- La ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.
- Establecimiento de los dispositivos necesarios para el apoyo o fijación de los conductores.
- Derecho de paso o acceso del personal y equipos necesarios para atender al establecimiento, vigilancia, conservación y reparación de la línea eléctrica.
- Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto, a una distancia inferior a dos metros, a contar desde el eje de la canalización de las infraestructuras de evacuación.
- Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación, así como de realizar las obras superficia-les o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.
-La ocupación temporal de terrenos u otros bienes para realizar obras necesarias.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados cuya relación se inserta al final de este anuncio.
El trámite de información pública se llevará a cabo durante un plazo de 30 días hábiles a partir del día siguiente del de publicación de este anuncio, plazo durante el cual los interesados podrán formular las alegaciones que estimen oportunas, conforme a lo establecido en los arts. 125 y 144 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre.
Durante el periodo de información pública, la documentación estará disponible para su consulta en la página web de la Transparencia:
https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html
Con independencia de lo anterior, la documentación también estará disponible para su consulta en las dependencias administrativas de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de Córdoba, sitas en C/ Tomás de Aquino, s/n, Edificio Servicios Múltiples (1.ª planta) y C/ Gondomar 10 (2.ª planta), mediante cita previa en el teléfono 955 041 111.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 56.2 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados una vez publicada la relación de los bienes afectados por la expropiación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, podrán formular por escrito alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.
Las alegaciones, dirigidas a la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas de Córdoba, deberán presentarse a través de medios electrónicos para aquellas personas obligadas en consonancia con lo indicado en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería correspondiente, o en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Córdoba, 9 de abril de 2025.- El Delegado, Agustín López Ortiz.
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BOJA nº 77 de 24/04/2025