Acuerdo de 12 de enero de 2026, del Consejo de Gobierno, por el que se declara el apoyo a la candidatura de la ciudad de Granada, mediante la emisión del informe que se acompaña como anexo de este acuerdo sobre la idoneidad de dicha ciudad para su nominación como sede de la Agencia Estatal de Salud Pública, de acuerdo con los criterios establecidos en la Orden TMD/1467/2025, de 16 de diciembre, por la que se publica el informe de la Comisión Consultiva para la determinación de la sede de la Agencia Estatal de Salud Pública.
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El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud y establece que los poderes públicos organizarán y tutelarán la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 22, garantiza el derecho constitucional previsto en el artículo 43 de la Constitución Española a la protección de la salud. Por otra parte, el artículo 55.2, establece que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en materia de sanidad interior y, en particular y sin perjuicio de la competencia exclusiva que le atribuye el artículo 61, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias, sociosanitarias y de salud mental de carácter público en todos los niveles y para toda la población.
El Decreto 168/2025, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, establece que corresponde a la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias las competencias en materia de ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo, atención temprana, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios, y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente.
La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, sienta las bases para dar una respuesta completa al requerimiento de protección de la salud contenido en el artículo 43 de la Constitución Española y tratar de alcanzar y mantener el máximo nivel de salud posible en la población a través de la salud pública, definida como el conjunto de actividades organizadas por las Administraciones Públicas, con la participación de la sociedad, para prevenir la enfermedad, así como para proteger, promover y recuperar la salud de las personas, tanto en el ámbito individual como en el colectivo, mediante acciones sanitarias, sectoriales y transversales. Entre otras, considera como «Actuaciones de salud pública» la vigilancia en salud pública, la prevención de la enfermedad, la promoción de la salud, la coordinación de la promoción de la salud y la prevención de enfermedades y lesiones en el Sistema Nacional de Salud, la gestión sanitaria como una acción de salud pública, la protección de la salud de la población y la evaluación del impacto en salud de otras políticas. Esta ley desarrolla más extensamente las competencias del Ministerio de Sanidad y de las comunidades autónomas en materia de salud pública, de conformidad con lo establecido en la Constitución Española y en los Estatutos de Autonomía.
La Ley 7/2025, de 28 de julio, por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, creó dicha Agencia, que se adscribe al Ministerio de Sanidad, teniendo por objetivo reforzar las capacidades del Estado para mejorar la salud de la población, la equidad en salud y su bienestar y proteger a la población frente a riesgos y amenazas sanitarias, con un enfoque salutogénico que potencie las capacidades y el empoderamiento de las personas y las comunidades.
El Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, por el que se establece el procedimiento para la determinación de las sedes físicas de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal y se crea la Comisión Consultiva para la determinación de las sedes, establece un procedimiento racionalizado en la selección de las sedes de las entidades públicas estatales.
El Consejo de Ministros, en su reunión celebrada el 18 de noviembre de 2025, acordó iniciar el procedimiento para la determinación de la sede física de la Agencia Estatal de Salud Pública (AESAP).
El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, mediante la Orden TMD/1467/2025, de 16 de diciembre, por la que se publica el informe de la Comisión consultiva para la determinación de la sede de la Agencia Estatal de Salud Pública, hace público dicho informe y acuerda la apertura del plazo de presentación de candidaturas. Esta Orden Ministerial viene a significar el inicio de este proceso selectivo que culminará con la determinación de la sede de esta importante entidad pública.
En el citado Informe, concretamente en su apartado 3, vienen a establecerse los criterios que permitan, de una manera objetiva, transparente y competitiva, resolver el procedimiento de selección de la sede de la Agencia Estatal de Salud Pública. La letra c) del citado apartado, al establecer las características de la localidad aspirante a ser sede, valora una serie de circunstancias que harían aconsejable su nominación; y la letra d) del mismo apartado establece la valoración positiva de aquellas candidaturas que vengan acompañadas de un informe emitido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente apoyando la idoneidad de la misma.
El Gobierno Andaluz, conocida la aspiración de la ciudad de Granada a ser nominada como sede de la Agencia Estatal de Salud Pública, y contando con datos objetivos suficientes para entender que cumple con las características necesarias contempladas en el citado Informe para culminar tal aspiración, entiende como un deber inexcusable manifestar públicamente su apoyo a dicha candidatura y posibilitar su valoración positiva mediante la emisión del informe establecido por la Comisión consultiva.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad, Presidencia y Emergencia, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 27.1 y 22, de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 12 de enero de 2026, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Declarar el apoyo a la candidatura de la ciudad de Granada, mediante la emisión del informe que se acompaña como anexo de este acuerdo sobre la idoneidad de la misma para su nominación como sede de la Agencia Estatal de Salud Pública, de acuerdo con los criterios establecidos en la Orden TMD/1467/2025, de 16 de diciembre, por la que se publica el informe de la Comisión consultiva para la determinación de la sede de la Agencia Estatal de Salud Pública.
Segundo. Aprobar y emitir el informe previsto en la citada Orden TMD/1467/2025 apoyando la idoneidad de la misma, anexo a este acuerdo.
Tercera. El presente acuerdo y el informe emitido se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de enero de 2026
| JUAN MANUEL MORENO BONILLA | |
| Presidente de la Junta de Andalucía | |
| ANTONIO SANZ CABELLO | |
| Consejero de Sanidad, Presidencia y Emergencias |
ANEXO
Informe del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía sobre la idoneidad de la ciudad de Granada para su nominación como sede de la Agencia Estatal de Salud Pública, de acuerdo con los criterios establecidos en la Orden TMD/1467/2025, de 16 de diciembre.
Conocidos los criterios que se tendrán en cuenta para la determinación de la localidad que ubicará la sede física de la futura Agencia Estatal de Salud Pública, de acuerdo al informe de la Comisión consultiva correspondiente publicado mediante Orden TMD/1467/2025, de 16 de diciembre, el presente informe se centra en el análisis de las potencialidades con que cuenta la candidatura de la ciudad de Granada a efectos de su selección conforme a los criterios establecidos desde la Administración General del Estado.
Y ello, considerando que la referida Orden TMD/1467/2025, de 16 de diciembre, incorpora el siguiente tenor:
«Se valorará positivamente que la candidatura venga acompañada de un informe emitido por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente apoyando la idoneidad de la misma. En el caso de que en el ámbito territorial de una comunidad autónoma se hubiese postulado más de una candidatura, este informe deberá indicar el orden de preferencia de cada una de las localidades en cuestión».
En Andalucía solo se conoce a la fecha una candidatura postulada, la candidatura de la ciudad de Granada, y se emite este informe mostrando tanto la idoneidad de la candidatura como en su caso su prioridad en caso de que se postulase alguna otra.
Esta idoneidad se basa en el cumplimiento de los criterios para tener en cuenta por la citada Orden TMD/1467/2025, tal y como se detalla a continuación:
1. Elementos generales.
a) En lo relativo a la vertebración del territorio, la ciudad de Granada es el núcleo central de Andalucía Oriental que da equilibrio territorial a la provincia y a comarcas cercanas de las provincias limítrofes.
b) En cuanto a la adecuación al sector de actividad:
i. Granada es la única ciudad que cuenta con un Parque Tecnológico dedicado a las Ciencias de la Vida y la Salud, un ecosistema innovador donde convergen empresas, centros de investigación, universidad y centros sanitarios con más de 8.000 profesionales y más de 500 millones de euros de facturación.
ii. Granada cuenta con una destacada red de centros de investigación como el Instituto de Investigación Biosanitaria ibs.GRANADA, acreditado por el Instituto de Salud Carlos III, con un área específica de Epidemiología y Salud Pública con 17 grupos y 260 investigadores; el Centro de Investigación Biomédica; el Centro Pfizer-Universidad de Granada-Junta de Andalucía de Genómica e Investigación Oncológica (GENYO); el Instituto de Parasitología y Biomedicina «López - Neyra»; el Instituto Mixto Universitario Deporte y Salud y el Centro de Excelencia en Investigación de Medicamentos Innovadores en Andalucía.
iii. Granada cuenta con una Universidad Pública que está situada en el ranking de Shanghái en la posición 5 a 7 en salud pública en España, y cuenta con Facultades de Medicina y de Ciencias de la Salud.
iv. Granada es la única ciudad de España que cuenta con una Escuela Andaluza de Salud Pública, con más de 40 años de trayectoria, con más de 130 profesionales y reconocida a nivel internacional, siendo centro colaborador de la Organización Mundial de la Salud y miembro de las principales asociaciones internacionales de escuelas de salud pública y de gestión sanitaria, tanto en Europa como en Latinoamérica: EHMA (European Health Management Association), ASPHER (Association of School of Public Health in the European Region) y ALAESP (Asociación Latinoamericana de Escuelas de Salud Pública).
La Escuela es además un referente en la formación en materia de salud pública de lo que se beneficiarían los empleados de la agencia, destacando el Máster EuroPubHealth, coorganizado con la Universidad de Granada, y que es reconocido por su excelencia por la Comisión Europea desde 2006, y que se realiza en colaboración con ocho Universidades europeas, y en él se han formado ya más de 435 profesionales de 86 países diferentes.
Además, la Escuela es sede del Registro de Cáncer de Granada y tiene grupos de investigación de excelencia en el CIBER de Epidemiología y Salud Pública (CIBERESP).
v. Por otra parte, el Sistema Sanitario Público de Andalucía es el mayor de España, y cuenta con la mayor plantilla de salud pública de España, concretamente 1.495 trabajadores de salud pública que representan el 18% del total nacional (Informe profesionales de salud pública de las Comunidades Autónomas, presentado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del SNS, en su reunión del 13 de diciembre de 2024).
c) En cuanto a la cohesión social y territorial, la asignación de la sede contribuirá de forma significativa a la dinamización socioeconómica del territorio y a la reducción de desequilibrios territoriales.
Es destacable además el respaldo institucional manifestado, tanto por el Ayuntamiento de Granada y la Diputación de Granada, como por el Parlamento de Andalucía a esta candidatura, que, sumado a este informe del Gobierno de Andalucía, evidencia una plena alineación y compromiso de las instituciones en todos los niveles territoriales.
En virtud de ello se aprobó la Proposición no de ley 12-24/PNLP-000025 relativa al apoyo a la candidatura de la ciudad de Granada para ser sede de la futura Agencia Estatal de Salud Pública, en la que se manifiesta la necesidad de continuar trabajando con lealtad institucional y unidad política y social para conseguir que la futura sede de la Agencia sea una realidad en la ciudad de Granada, mostrando así el apoyo del Parlamento de Andalucía a esta candidatura.
2. Adecuación a las necesidades de la Agencia.
La candidatura incluye una sede física adecuada a las previsiones funcionales de la Agencia con una superficie total, aproximada, de 6.000 m², en tres plantas de un edificio integrado en el Hospital Doctor Oloriz, vinculado al Hospital Universitario Virgen de las Nieves y dotado con magnificas conexiones y accesibilidad, con acceso rápido a metro, red de autobuses urbanos y tren de alta velocidad. Adicionalmente, y con carácter transitorio hasta la adecuación de la sede definitiva a los requisitos que establezca la Agencia se pone a disposición la sede actual de la Escuela Andaluza de Salud Pública, S.A. (EASP), que cumple con todos los requisitos necesarios para el funcionamiento de la Agencia durante su primer año de actividad
3. Características de la localidad.
a) Granada cuenta con una excelente red de medios de transporte público y conexiones interurbanas, tanto aéreo, ferroviario y por carretera, entre los que destacan estación de ferrocarril de alta velocidad con conexión con Madrid, aeropuerto con conexión con Madrid y otros destinos principales (Zaragoza, Barcelona,…) comunicado con la ciudad mediante líneas de autobús urbano con paradas en puntos estratégicos, conexión directa por autovía al eje Motril-Madrid y el eje Levante-Sevilla y una infraestructura de transporte público de autobuses de media y larga distancia con servicios frecuentes a otras ciudades españolas.
Dentro de la ciudad, existe una infraestructura consolidada de autobuses urbanos que cubren gran parte del área metropolitana, y el metro ligero de Granada (Línea 1), un sistema de transporte rápido que dispone de numerosas paradas desde Albolote hasta Armilla, integrándose con otros modos de transporte público.
b) Granada cuenta con vuelos diarios a Madrid y Barcelona y la posibilidad de conexión con Estocolmo, Ginebra, Bruselas, Copenhague, Helsinki y Estambul.
c) Granada es una ciudad con una gran proyección turística y con una excelente oferta de servicios hoteleros y de hostelería capaz de atender tanto la demanda habitual como la derivada de la celebración de reuniones, eventos y actividades institucionales de ámbito nacional e internacional, garantizando estándares de calidad adecuados para el funcionamiento de la Agencia y la acogida de personal, visitantes y delegaciones.
d) Granada cuenta con una oferta inmobiliaria suficiente y competitiva con precios de compra de 1.389,2 €/m² (Observatorio de Vivienda y Suelo, 2024) y de alquiler de 6,4 €/m² en la capital (Sistema Estatal de Referencia de precios de alquiler de vivienda).
e) Granada cuenta con un sector empresarial pujante y creciente.
f) Granada es sede administrativa de relevantes instituciones públicas de ámbito autonómico y estatal.
Alberga las Delegaciones Territoriales y órganos de gobierno de la Junta de Andalucía, la Subdelegación del Gobierno del Estado, así como instituciones de alta relevancia como el Consejo Consultivo de Andalucía y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Esta concentración de sedes administrativas y órganos de decisión refuerza la capacidad de Granada para acoger instituciones estatales, facilitando la coordinación interadministrativa, la interlocución institucional y el adecuado desempeño de funciones de carácter estratégico.
g) Granada cuenta con una Universidad de reconocido prestigio, institución con casi 500 años de existencia y una comunidad académica de más de 60.000 estudiantes, que oferta una variada gama de titulaciones, con más de 90 títulos de Grado, más de 140 Másteres Oficiales, 28 Programas de Doctorado y una extensa oferta de títulos propios, constituyendo un pilar fundamental para la generación y atracción de talento, la investigación y la formación avanzada de profesionales en todos los ámbitos del conocimiento, incluida la salud pública.
4. Propuestas de las entidades que postulan la candidatura.
La candidatura contempla un conjunto de medidas de apoyo a la integración profesional, la reagrupación familiar del personal que se tenga que desplazar a la nueva sede de la Agencia, el acceso a servicios educativos, sanitarios y sociales, así como medidas de acompañamiento para la incorporación al entorno laboral y residencial.
Asimismo, se incorporan medidas de sostenibilidad y eficiencia energética de las instalaciones, en línea con los objetivos de transición ecológica y descarbonización, junto con actuaciones específicas de movilidad sostenible, fomentando el uso del transporte público y modos de desplazamiento de baja huella ambiental.
La candidatura prevé igualmente medidas de apoyo financiero y logístico, destinadas a facilitar el traslado, la instalación y el adecuado desempeño del personal en la nueva sede.
La implantación de la sede de la Agencia en Granada tendría un impacto muy positivo a nivel económico, social e industrial, potenciando las sinergias con los ecosistemas ya consolidados de emprendimiento, innovación e investigación.
La presencia de la Agencia generaría empleos de alta cualificación e impulsaría la economía del conocimiento, atrayendo talento y fomentando la inversión en sectores estratégicos como la biotecnología, la salud digital y la formación avanzada.
Asimismo, Granada se posicionaría como un referente internacional en el ámbito de la salud pública, reforzando la proyección exterior y la marca país de España, destacando su compromiso con los grandes desafíos sanitarios globales.
La proyección internacional de la AESAP desde Granada fortalecería la capacidad de liderazgo de España en salud pública, contribuyendo a la excelencia científica, la cooperación internacional y el desarrollo sostenible.
En virtud de todo ello, a la vista de los criterios establecidos y del análisis realizado, así como de la capacidad acreditada y del firme compromiso institucional con la ciudad de Granada en esta candidatura, este Consejo de Gobierno considera idónea a la Ciudad de Granada para albergar la sede de la Agencia Estatal de Salud Pública.
Descargar PDFBOJA nº 10 de 16/01/2026