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Resolución de 12 de junio de 2026, de la Universidad de Cádiz, sobre rectificación de error material en la Resolución de 8 de junio de 2026, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de traslado entre el personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo de la Universidad de Cádiz (BOJA núm. 111, de 11 de junio de 2026).
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 11 de junio de 2026, se publica en el BOJA número 111 la Resolución del Rector de la Universidad de Cádiz UCA/REC128GER/2026, de 11 de junio de 2026, por la que se convoca concurso de traslado entre el entre el personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo de la Universidad de Cádiz.
Segundo. Se advierte error en el Anexo I relación de puestos a cubrir consistente en omisión de plaza.
Tercero. Se incluye en el Anexo I la plaza L40162/Subunidad Área de Deportes/Denominación del puesto Técnico Especialista.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala que, «Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos».
Vistos los hechos y fundamentos expresados y demás normas de general aplicación, este Rectorado
RESUELVE
Primero. Rectificar en el Anexo I relación de puestos con la modificación indicada y publicación del anexo íntegro correcto.
Segundo. Dado que las bases generales del concurso, los requisitos de participación y los criterios de valoración de méritos permanecen idéntidos, y en aras de no demorar de forma desproporcionada la resolución del procedimiento en perjuicio de los actuales aspirantes, se procede a la ampliación de los puestos ofertados sin que ello suponga una alteración sustancial del proceso ni la apertura de un nuevo plazo de presentación de instancias.
Tercero. Contra la presente resolución, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse demanda ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Cádiz que corresponda, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1, 2, 6 y 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
Cádiz, 12 de junio de 2026.- El Rector, por delegación de firma, la Gerente, María Vicenta Martínez Sancho.
Notas y observaciones de plazas:
OBS. 24: De acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y 7 del art. 19 del IV Convenio Colectivo, será necesaria experiencia y/o formación específica en las funciones propias de la unidad, tanto para ocupar el puesto por concurso de traslado como para que el ocupante del puesto pueda concursar a otras unidades.
OBS.50: La localidad de ubicación estará en función de la ubicación de la Unidad de Igualdad, salvo que la misma suponga un desplazamiento de más de 70 kilómetros desde Cádiz.
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