Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 187 de 25/09/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Modificación del Extracto de la Resolución de 20 de marzo de 2026, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convoca, para el año 2026, la concesión de subvenciones de las Líneas 1 y 2 reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T.

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BDNS (Identificación): 894130, 894131, 894132, 894133, 894134, 894135.

En virtud de la Resolución de la Dirección General de Incentivos para el Empleo, de 21 de septiembre de 2026, mediante la que se modifica la Resolución de 20 de marzo de 2026, por la que se convoca, para el año 2026, la concesión de subvenciones de las Líneas 1 y 2 reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T, y de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica la siguiente modificación del extracto de la convocatoria publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 53, de 18 de marzo de 2026. El texto completo de la convocatoria, así como sus modificaciones, puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía:

Primero. Se modifica el punto 2 del apartado séptimo del extracto de la Resolución de 20 de marzo de 2026, relativo a la financiación y disponibilidad presupuestaria, que queda redactado en los siguientes términos:

Octavo. Financiación y disponibilidad presupuestaria.

2. Las subvenciones correspondientes a las Líneas 1 y 2, serán financiadas en un 85 % con cargo a fondos del Programa Fondo Social Europeo Plus (en adelante FSE+) para Andalucía 2021-2027, en desarrollo de la «Prioridad 1, Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social», sin perjuicio del origen que proceda para la financiación de los eventuales aumentos sobrevenidos del crédito disponible que puedan posibilitar una nueva resolución de concesión, de acuerdo a lo previsto en el artículo 6.5 de las bases reguladoras.

Respecto al FSE+, el objetivo se encuadra dentro del Reglamento (UE) 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados, y por el que se deroga el Reglamento (UE) núm. 1296/2013, se dispone que este debe promover el empleo mediante intervenciones activas que permitan la integración y reintegración en el mercado de trabajo, en particular de las personas jóvenes, de las personas desempleadas de larga duración, de los colectivos desfavorecidos en el mercado laboral y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social.

La certificación de los gastos realizados con cargo a esta convocatoria de las Líneas 1 y 2, con objeto de solicitar a la Comisión el reembolso de las cantidades que correspondan, se realizarán conforme a una metodología de costes simplificados, mediante un método justo, equitativo y verificable basado en información objetiva, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 53 y siguientes del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, respetando lo dispuesto en la Orden TES/106/2024, de 8 de febrero, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo Plus durante el periodo de programación 2021-2027.

Asimismo, aquellas subvenciones que no resulten financiadas con cargo a los fondos del FSE+ señalados en el párrafo anterior, serán financiadas con las dotaciones que el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el ejercicio 2026, destina a las actuaciones en materia de políticas activas de empleo en el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, con cargo al programa 32K «Políticas Activas de Empleo», financiado con transferencias finalistas del Estado (Servicio 18), sin perjuicio del origen que proceda para la financiación de los eventuales aumentos sobrevenidos del crédito disponible que puedan posibilitar una nueva resolución de concesión, de acuerdo a lo previsto en el artículo 6.5 de las bases reguladoras.

Segundo. Se modifica el punto 4 del apartado séptimo del extracto de la Resolución de 20 de marzo de 2026, relativo a la financiación y disponibilidad presupuestaria, que queda redactado en los siguientes términos:

4. Las subvenciones se concederán con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

ANDALUCÍA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027 TOTAL
LÍNEA 1 1400160000 G/32K/47001/00 D441AFD4E2 7.297.908 7.297.908 14.595.816
LÍNEA 2 1400160000 G/32K/47002/00 D441AFD4E2 18.702.092 26.702.092 53.404.184
1400180000 G/32K/47002/00 S0714 8.000.000
TOTAL 34.000.000 34.000.000 68.000.000

ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027 TOTAL
ALMERÍA
LÍNEA 1 739.258 739.258 1.478.516
LÍNEA 2 2.553.795 2.553.795 5.107.590
TOTAL 3.293.053 3.293.053 6.586.106
CÁDIZ
LÍNEA 1 902.447 902.447 1.804.894
LÍNEA 2 3.101.442 3.101.442 6.202.884
TOTAL 4.003.889 4.003.889 8.007.778
CÓRDOBA
LÍNEA 1 630.860 630.860 1.261.720
LÍNEA 2 2.284.679 2.284.679 4.569.358
TOTAL 2.915.539 2.915.539 5.831.078
GRANADA
LÍNEA 1 829.411 829.411 1.658.822
LÍNEA 2 2.727.314 2.727.314 5.454.628
TOTAL 3.556.725 3.556.725 7.113.450
HUELVA
LÍNEA 1 399.278 399.278 798.556
LÍNEA 2 1.372.705 1.372.705 2.745.410
TOTAL 1.771.983 1.771.983 3.543.966
JAÉN
LÍNEA 1 532.333 532.333 1.064.666
LÍNEA 2 1.808.635 1.808.635 3.617.270
TOTAL 2.340.968 2.340.968 4.681.936
MÁLAGA
LÍNEA 1 1.770.892 1.770.892 3.541.784
LÍNEA 2 6.684.285 6.684.285 13.368.570
TOTAL 8.455.177 8.455.177 16.910.354
SEVILLA
LÍNEA 1 1.493.429 1.493.429 2.986.858
LÍNEA 2 6.169.237 6.169.237 12.338.474
TOTAL 7.662.666 7.662.666 15.325.332

Distribución estimada por provincias para la Línea 1. Incentivo a la primera contratación indefinida ordinaria por parte de personas trabajadoras autónomas:

ALMERÍA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47001/04 D441AFD4E2 739.258 739.258
TOTAL 1.478.516

CÁDIZ:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47001/11 D441AFD4E2 902.447 902.447
TOTAL 1.804.894

CÓRDOBA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47001/14 D441AFD4E2 630.860 630.860
TOTAL 1.261.720

GRANADA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47001/18 D441AFD4E2 829.411 829.411
TOTAL 1.658.822

HUELVA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47001/21 D441AFD4E2 399.278 399.278
TOTAL 798.556

JAÉN:

PARTIDAS PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47001/23 D441AFD4E2 532.333 532.333
TOTAL 1.064.666

MÁLAGA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47001/29 D441AFD4E2 1.770.892 1.770.892
TOTAL 3.541.784

SEVILLA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47001/41 D441AFD4E2 1.493.429 1.493.429
TOTAL 2.986.858

Distribución estimada por provincias para la Línea 2. Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de pymes:

ALMERÍA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47002/04 D441AFD4E2 2.253.795 2.553.795
1400180000 G/32K/47002/04 S0714 300.000
TOTAL 5.107.590

CÁDIZ:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47002/11 D441AFD4E2 2.101.442 3.101.442
1400180000 G/32K/47002/11 S0714 1.000.000
TOTAL 6.202.884

CÓRDOBA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47002/14 D441AFD4E2 1.284.679 2.284.679
1400180000 G/32K/47002/14 S0714 1.000.000
TOTAL 4.569.358

GRANADA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47002/18 D441AFD4E2 1.727.314 2.727.314
1400180000 G/32K/47002/18 S0714 1.000.000
TOTAL 5.454.628

HUELVA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47002/21 D441AFD4E2 1.072.705 1.372.705
1400180000 G/32K/47002/21 S0714 300.000
TOTAL 2.745.410

JAÉN:

PARTIDAS PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47002/23 D441AFD4E2 1.408.635 1.808.635
1400180000 G/32K/47002/23 S0714 400.000
TOTAL 3.617.270

MÁLAGA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47002/29 D441AFD4E2 4.684.285 6.684.285
1400180000 G/32K/47002/29 S0714 2.000.000
TOTAL 13.368.570

SEVILLA:

PARTIDA PRESUPUESTARIA ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027
1400160000 G/32K/47002/41 D441AFD4E2 4.169.237 6.169.237
1400180000 G/32K/47002/41 S0714 2.000.000
TOTAL 12.338.474

Sevilla, 21 de septiembre de 2026.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 3.10.2024, de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, BOJA núm. 197, de 9.10.2024), la Directora General de Incentivos para el Empleo, Aurora Lazo Barral.

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