Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 30/09/2026

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 24 de septiembre de 2026, del Rectorado de la Universidad de Jaén, por la que se modifica la delegación de competencias en Vicerrectoras, Vicerrectores, Gerencia y Secretaria General de esta Universidad, aprobada por Resolución de 16 de junio de 2025, de la Universidad de Jaén (BOJA núm. 121, de 27 de junio).

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Este Rectorado, al amparo de las competencias que tiene atribuidas, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, el artículo 90 de la Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía, en relación con los artículos 53 a 55 de los Estatutos de la Universidad de Jaén, aprobados por Decreto de la Junta de Andalucía 230/2003, de 29 de julio, y modificados por Decreto 235/2011, de 12 de julio, y teniendo en cuenta las previsiones establecidas en los artículos 9, 10 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo concerniente a delegación de competencias, avocación y delegación de firma,

DISPONE

Primero. Queda sustituida, en la Resolución de 16 de junio de 2023, toda referencia al Vicerrectorado de Estrategia y Universidad Digital y a la persona titular del Vicerrectorado de Estrategia y Universidad Digital, entendiéndose realizada, desde la entrada en vigor de la presente resolución, al Vicerrectorado de Transformación Digital e Inteligencia Artificial y a su persona titular, que asumirá el ejercicio, por delegación del Rector, de las competencias que en la Resolución de 2023 se atribuían al órgano sustituido en materia de tecnologías digitales y administración de recursos informáticos y de las comunicaciones.

Segundo. Queda constituido, a efectos de la delegación de competencias del Rectorado, el Vicerrectorado de Desarrollo Territorial y Formación Permanente como órgano delegado para el ejercicio de las competencias que, en la Resolución de 16 de junio de 2023 y en la de 14 de noviembre de 2024, venían atribuidas al Vicerrectorado competente en desarrollo territorial y relaciones institucionales y al Vicerrectorado de Formación Permanente, Tecnologías Educativas e Innovación Docente, entendiéndose acumuladas e integradas en el citado Vicerrectorado de Desarrollo Territorial y Formación Permanente. Asumiendo el nuevo Vicerrectorado las relaciones con las instituciones locales del territorio, entidades y agentes sociales y representativos y actividades y convenios con entidades públicas o privadas en lo concerniente al desarrollo territorial junto a las materias de formación permanente, innovación docente, tecnologías educativas.

Tercero. Se crea la Delegación del Rector para la Estrategia y la Calidad Institucional con rango de Vicerrectorado, a la que se delega el ejercicio de funciones de impulso, coordinación y seguimiento en materia de estrategia y calidad institucional. En concreto se delegan las competencias conferidas al Rector en materia de planificación y dirección estratégica y de los sistemas integrados de calidad, compliance y evaluación institucional. Se atribuyen igualmente las competencias en el ámbito del sistema de información institucional y de los sistemas de indicadores, y la coordinación de los contratos programa suscritos por la Universidad tanto externa como internamente y el seguimiento e impulso del posicionamiento de la Universidad de Jaén en los rankings nacionales e internacionales más relevantes.

Cuarto. El Rector podrá avocar para sí, en cualquier momento, el conocimiento y resolución de cualesquiera asuntos comprendidos en el ámbito de las competencias delegadas, cuando resulte procedente conforme al régimen jurídico general de la avocación.

Quinto. Las resoluciones y actos administrativos que se dicten en ejercicio de competencias delegadas deberán indicar expresamente esta circunstancia, siendo exigible la constancia formal de la actuación por delegación en la antefirma del acto.

Sexto. En todo lo no expresamente modificado por la presente resolución, permanecerán vigentes y plenamente eficaces las delegaciones de competencias, previsiones, reglas de funcionamiento y disposiciones de la Resolución de 16 de junio de 2023, así como las modificaciones parciales operadas con posterioridad en la Resolución de 14 de noviembre de 2024, y la Resolución de 2 de julio de 2025.

Séptimo. De conformidad con el artículo 9.3 de la citada Ley 40/2015, la presente resolución se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», surtiendo plenos efectos a partir del día siguiente a dicha publicación.

Jaén, 24 de septiembre de 2026.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.

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