Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 194 de 06/10/2026

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Empresas Públicas y Asimiladas

Anuncio de 13 de agosto de 2026, del Consorcio Administrativo Fundación Zenobia Juan Ramón Jiménez, por el que se somete a información pública la modificación de los Estatutos aprobada inicialmente por el Consejo Plenario del Consorcio (modificación del artículo 14 y adición de una disposición transitoria). (PP. 1667/2026).

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Aprobado inicialmente, en la Sesión Ordinaria del Consejo Plenario celebrada el 9 de julio de 2026, la propuesta de modificación de los Estatutos del Consorcio Administrativo Fundación Zenobia Juan Ramón Jiménez, que afecta al artículo 13 y que añade una Disposición Transitoria única, se expone al público el expediente por plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con el fin de que cualquier interesado pueda presentar alegaciones o reclamaciones, de conformidad el artículo 74.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, por remisión del artículo 82 de la misma ley.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en la sede el Consorcio, sita la calle Juan Ramón Jiménez, número 10, C.P. 21800, Moguer (Huelva), sin perjuicio de que pueda ser solicitado el acceso al expediente por medios electrónicos.

El trámite de información pública que se inicia con la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se realiza sin perjuicio de que la modificación de los Estatutos sea aprobada por los órganos competentes de todas las entidades consorciadas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 74.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, por remisión del artículo 82 de la misma ley, y de acuerdo con la Sentencia del Tribunal Constitucional núm. 19/2022, de 9 de febrero.

De conformidad con los acuerdos adoptados por el Consejo Plenario y con los preceptos legales citados, el expediente de modificación de los Estatutos se considerará definitivamente aprobado si, durante el plazo de información pública, no se presentaran alegaciones ni reclamaciones; si la modificación de los Estatutos es aprobada por todas las entidades consorciadas y si el informe que debe emitir la Diputación Provincial de Huelva de acuerdo con el artículo 74.2 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, es favorable. Todo ello sin necesidad de adoptar un acuerdo por el Consejo Plenario.

Moguer, 13 de agosto de 2026.- El Presidente, Gustavo Cuéllar Cruz.

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