Orden de 2 de octubre de 2026, por la que se concede la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil «Madre Angelita» de Carmona (Sevilla). (PP. 1913/2026).
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Examinado el expediente iniciado por doña María Patrocinio Rodríguez Fernández, en representación de la Congregación Hermanas de la Compañía de la Cruz, entidad titular del centro de educación infantil «Madre Angelita», solicitando la autorización administrativa de apertura y funcionamiento del centro con 2 unidades de primer ciclo, acogiéndose a la disposición adicional segunda del Decreto 76/2025, de 5 de marzo, resulta el siguiente
ANTECEDENTE DE HECHO
Único. En el procedimiento ha recaído informe favorable del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación en Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.
Al anterior antecedente de hecho le corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para resolver este procedimiento corresponde a la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, según lo establecido en el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Segundo. Son de aplicación al procedimiento, entre otras disposiciones, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Decreto 76/2025, de 5 de marzo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
Tercero. En el presente procedimiento se han seguido los trámites previstos en la normativa de general y específica aplicación.
Vistos el antecedente de hecho y fundamentos de derecho anteriores, y en uso de las competencias que me han sido atribuidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la autorización administrativa de apertura y funcionamiento solicitada al centro de educación infantil «Madre Angelita», con código 41024021, y domicilio en C/ Hermanas de la Cruz, 2, pta. dcha., de Carmona (Sevilla), promovida por Hermanas de la Compañía de la Cruz, como su entidad titular, quedando configurado con 2 unidades de primer ciclo para 35 puestos escolares.
Segundo. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación en Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.4 del Decreto 76/2025, de 5 de marzo, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos a partir del día siguiente al de su notificación.
Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 2 de octubre de 2026
| MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA | |
| Consejera de Educación |
BOJA nº 197 de 09/10/2026