Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 197 de 09/10/2026

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 5 de octubre de 2026, del Rectorado de la Universidad de Jaén, por la que se establece el orden de suplencia, en caso de vacante, ausencia o enfermedad del Rector y Vicerrectorados de esta Universidad.

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Aprobada por Resolución del Rector de la Universidad de Jaén de fecha de 24 de septiembre de 2026 (BOJA núm. 190, de 30 de septiembre de 2026), por la que se modifica la delegación de competencias en Vicerrectoras, Vicerrectores, Gerencia y Secretaria General de esta Universidad, aprobada por Resolución de 16 de junio de 2023, de la Universidad de Jaén (BOJA núm. 121, de 27 de junio), se hace preciso actualizar el mecanismo de suplencia en caso de vacante, o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación, de forma que las funciones ejercidas por ellos queden debidamente atendidas, al tiempo que se evite una innecesaria avocación temporal de las funciones por parte del Rector.

Por todo ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1  de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con el artículo 53.3 de los Estatutos de la Universidad de Jaén, aprobados por Decreto de la Junta de Andalucía 230/2003, de 29 de julio (BOJA núm. 152, de 8 de agosto 2003), modificados por Decreto 235/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio 2011),

HE RESUELTO

1. En caso de ausencia, enfermedad o cese del Rector, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación, ejercerá temporalmente sus funciones la primera persona disponible de la siguiente relación, siguiendo estrictamente el orden en que figura:

- Vicerrectora de Enseñanzas Oficiales.

- Vicerrectora de Investigación y Transferencia del Conocimiento.

- Vicerrectora de Igualdad, Diversidad y Responsabilidad Social.

- Vicerrector de Transformación Digital e Inteligencia Artificial.

- Vicerrector de Internacionalización.

- Vicerrector de Universidad Sostenible y Saludable.

- Vicerrectora de Personal Docente e Investigador.

- Vicerrector de Desarrollo Territorial y Formación Permanente.

- Vicerrectora de Cultura.

- Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad.

- Delegada del Rector para la Estrategia y la Calidad Institucional con rango de Vicerrectora.

2. En caso de vacante en un Vicerrectorado, ausencia o enfermedad de su titular, o declaración de su abstención o recusación, ejercerá temporalmente sus funciones la primera persona disponible que le siga en esta relación:

- Vicerrectora de Enseñanzas Oficiales.

- Vicerrector de Desarrollo Territorial y Formación Permanente.

- Vicerrector de Transformación Digital e Inteligencia Artificial.

- Vicerrectora de Investigación y Transferencia del Conocimiento.

- Vicerrectora de Personal Docente e Investigador.

- Vicerrector de Internacionalización.

- Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad.

- Vicerrectora de Igualdad, Diversidad y Responsabilidad Social.

- Vicerrectora de Cultura.

- Vicerrector de Universidad Sostenible y Saludable.

- Vicerrectora de Enseñanzas Oficiales.

3. Siempre que por el órgano suplente se haga uso del contenido de esta resolución, se hará constar expresamente tal circunstancia en el acto administrativo, se especificará el titular del órgano en cuya suplencia se adopta y quién efectivamente está ejerciendo esta suplencia.

4. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente de su firma y será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Universidad de Jaén.

5. Queda derogada la Resolución de 21 de junio de 2023, del Rector de la Universidad de Jaén, por la que se establece el orden de suplencia, en caso de vacante, ausencia o enfermedad del Rector de esta Universidad (BOJA núm. 121, de 27 de junio de 2023).

Jaén, 5 de octubre de 2026.- El Rector, Nicolás Ruiz Reyes.

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